MINISTERIO DE HACIENDA

Hacienda Ministerio. – Prórroga Ley de Presupuesto No. 11.260

LEY No. 11.319

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1º. Declárase en vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1924, el presupuesto general de gastos y recursos de la ley No. 11.260.

Art. 2º. Modifícase los Items 25, 26, 43, 44, 47 y 48 del anexo D, inciso único, deuda pública del presupuesto 1924, en la siguiente forma:

Art. 4º. Hasta tanto se sancione el presupuesto general de gastos de la Administración Nacional, para el año 1925, declárase en vigencia el de la Ley número 11.260.

Art. 5º. Comuníquese al poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los 19 de Diciembre de 1924.

Leopoldo Melo – Mario M. Guido

Adolfo J. Labougle – Carlos G Bonorino