Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 16/2011

Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Floricultura y Viveros.

Bs. As., 19/5/2011

VISTO, el expediente Nº 48.161/11 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra Acta Nº 322 de fecha 25 de febrero de 2011, mediante la cual la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3, eleva un acuerdo de remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de FLORICULTURA Y VIVEROS, para las Provincias de ENTRE RIOS Y CORRIENTES.

Que analizadas las actuaciones elevadas y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de los valores que establecen por primera vez las remuneraciones para esta actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario Nº 563 del 24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de FLORICULTURA Y VIVEROS, las que tendrán vigencia a partir del 1º de febrero de 2011, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3 para las Provincias de ENTRE RIOS y CORRIENTES, conforme se detallan a continuación:

 

POR MES

POR DIA CON SAC

Trabajador No calificado------------------------

$ 2.589,20.-------------

$ 123,49.-

Trabajador Semi - Calificado-------------------

$ 2.808,76.-------------

$ 136,60.-

Trabajador calificado----------------------------

$ 3.107,37.-------------

$ 144,65.-

 

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro Ruiz. — Miguel Giraudo. — Jorge Herrera. — Alejandro Senyk. — Mario Burgueño Hoesse. — Alberto Frola. — Hugo Gil.