LICITACIONES INTERNACIONALES

Res. 880/88 – SICE

Establécese el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley 20.852 con relación a la ejecución del Proyecto Ampliación y Readecuación del Sistema de distribución de Agua de la Ciudad de Corrientes.

Bs. As., 19/12/88

VISTO el expediente SICE N° 523.762/88 promovido por el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la PROVINCIA DE CORRIENTES — ADMINISTRACION DE OBRAS SANITARIAS — y,

CONSIDERANDO:

Que en dichas actuaciones el mencionado Organismo presta su conformidad al procedimiento usual establecido para la aplicación de la Ley 20.852, con relación a las licitaciones internacionales que se encuentran a su cargo, para la ejecución del Proyecto "Ampliación y Readecuación del Sistema de distribución de Agua de la Ciudad de Corrientes" en la misma provincia.

Que las referidas licitaciones internacionales integran el "programa Global de Desarrollo Urbano", cuentan con financiación del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y resultan incluidas en el régimen de la Ley 20.852 según lo establecido en la Resolución del MINISTERIO DE ECONMIA número 1036 del 26 de octubre de 1987.

Que la PROVINCIA DE CORRIENTES ha efectuado mediante Ley Provincial número 4224 de fecha 30 de Agosto de 1988 la adhesión al régimen de la Ley 20.852.

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 15 del Decreto número 2099 del 17 de setiembre de 1976, corresponde a esta Secretaría establecer con acuerdo del licitante el procedimiento para que la industria nacional pueda hacer efectivos los beneficios contemplados en la Ley 20.852 antes citada.

Que para la realización de las mencionadas licitaciones internacionales se estima conveniente fijar el procedimiento regulado por las Resoluciones M. E. Números 580 del 7 de julio de 1977 y 1170 del 1° de diciembre del mismo año, ex-SEDI número 60 del 27 de enero de 1978 y ex-MIM número 154 del 26 de octubre de 1981.

Que el Servicio Jurídico Permanente de esta Secretaría ha tomado la debida intervención opinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto número 2099/76.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese que el procedimiento a observar por las empresas beneficiarias del régimen de la Ley 20.852 para la percepción de los beneficios que pudieren corresponder por aplicación de la Resolución M. E. número 1036 del 26 de octubre de 1987 con relación a las licitaciones internacionales financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO y convocadas por el MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS – ADMINISTRACION OBRAS SANITARIAS DE CORRIENTES de la misma Provincia, para la ejecución del Proyecto "Ampliación y Readecuación del Sistema de distribución de Agua de la Ciudad de Corrientes", será el fijado por las Resoluciones M. E. números 580/77 y 1170/77, ex-SEDI número 60/78 y ex-MIM número 154/81.

Art. 2° — Para las solicitudes de certificación presentadas al ente licitante por los beneficios del régimen de la Ley 20.852 en las licitaciones internacionales referidas en el artículo que antecede con anterioridad a la fecha de la presente, los plazos establecidos en los artículos 3°, 4° y 11 de la Resolución M. E. N° 580/77 se computarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H. Ciminari.