MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 6/2011

Tope N° 23/2011

Bs. As., 12/1/2011

VISTO el Expediente Nº 1.389.156/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 130 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 567/03 "E", Nº 822/06 "E", Nº 820/06 "E", Nº 917/07 "E", Nº 821/06 "E" y Nº 728/05 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1393/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 133 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 576/03 "E" y Nº 724/05 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1394/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 138 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 201/92, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1395/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 141 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 538/03 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1396/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 146 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 538/03 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1397/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 150 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra la escala salarial pactada entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 497/02 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1398/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 153/159 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra el acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1399/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.398.058/10, agregado como foja 188 al Expediente Nº 1.389.156/10 obran las escalas salariales correspondientes a dicho acuerdo, presentadas por las partes.

Que a fojas 160/167 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1400/10, conforme surge de fajas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.398.057/10, agregado como foja 187 al Expediente Nº 1.389.156/10 obran las escalas salariales correspondientes a dicho acuerdo, presentadas por las partes.

Que a fojas 168/174 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1401/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.400.414/10, agregado como foja 192 al Expediente Nº 1.389.156/10 obran las escalas salariales correspondientes a dicho acuerdo, presentadas por las partes.

Que a fojas 175/182 del Expediente Nº 1.389.156/10 obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 201/92, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho Acuerdo fue homologado por la Resolución S.T. Nº 1394/10 y registrado bajo el Nº 1402/10, conforme surge de fojas 232/238 y 241, respectivamente.

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.398.059/10, agregado como foja 189 al Expediente Nº 1.389.156/10 obran las escalas salariales presentadas por las partes, correspondientes al Acuerdo Nº 1402/10.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1798 del 17 de diciembre de 2009 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 1382/0, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 567/03 "E", homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1623 del 20 de noviembre de 2009.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 244 del 2 de marzo de 2010 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 51/10, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 728/05 E, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 23 del 12 de enero de 2010.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1232 del 25 de agosto de 2010 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 844/10, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 821/06 E, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 757 del 24 de junio de 2010.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1393/10 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al 1º de julio 2010, deviene necesario actualizar los montos de las bases promedio y de los topes indemnizatorios anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan respectivamente en el Anexo I de la presente.

Que, cabe destacar que las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1798 del 17 de diciembre de 2009, Nº 244 del 2 de marzo de 2010 y Nº 1232 del 25 de agosto de 2010 conservan su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1720 del 2 de diciembre de 2009 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 1145/09 homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1319 del 7 de octubre de 2009.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1398/10 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al 1º de julio 2010, deviene necesario actualizar los montos de las bases promedio y de los topes indemnizatorios anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan respectivamente en el Anexo VI de la presente.

Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1720 del 2 de diciembre de 2009 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1870 del 30 de diciembre de 2009 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, correspondiente al Acuerdo Nº 1133/09 homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1322 del 7 de octubre de 2009.

Que atento a que las partes en el Acuerdo Nº 1399/10 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes al 1º de julio 2010, deviene necesario actualizar los montos (de las bases promedio y de los topes indemnizatorios anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan respectivamente en el Anexo VII de la presente.

Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1870 del 30 de diciembre de 2009 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente, se determinaron triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 294/389, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de las bases promedio mensuales y de los topes indemnizatorios objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar Nº 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1798 del 17 de diciembre de 2009 correspondiente al Acuerdo Nº 1382/09.

ARTICULO 2° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 244 del 2 de marzo de 2010 correspondiente al Acuerdo Nº 51/10.

ARTICULO 3° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1232 del 25 de agosto de 2010 correspondiente al Acuerdo Nº 844/10.

ARTICULO 4° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1393/10 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 5° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1394/10 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 6° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1395/10 suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 7° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1396/10 suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO IV, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 8° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1397/10 suscripto entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO V, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 9° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1720 del 2 de diciembre de 2009 correspondiente al Acuerdo Nº 1145/09.

ARTICULO 10. — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1398/10 suscripto entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO VI, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 11. — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2010, fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1870 del 30 de diciembre de 2009 correspondiente al Acuerdo Nº 1133/09.

ARTICULO 12. — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1399/10 suscripto entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO VII, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 13. — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1400/10 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO VIII, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 14. — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1401/10 suscripto entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO IX, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 15. — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1394 del 20 de septiembre de 2010 y registrado bajo el Nº 1402/10 suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO X, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 16. — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.

ARTICULO 17. — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 18. — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 19. — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 20. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO I

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES

C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1393/10

CCT Nº 822/06 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4.028,49

$ 4.165,49

$ 4.368,99

$ 4.377,80

$ 12.085,47

$ 12.496,47

$ 13.106,97

$ 13.133,40

CCT Nº 917/07 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4.028,49

$ 4.165,49

$ 4.368,99

$ 4.377,80

$ 12.085,47

$ 12.496,47

$ 13.106,97

$ 13.133,40

CCT Nº 821/06 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4.028,49

$ 4.165,49

$ 4.368,99

$ 4.377,80

$ 12.085,47

$ 12.496,47

$ 13.106,97

$ 13.133,40

CCT Nº 728/05 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4.028,49

$ 4.165,49

$ 4.368,99

$ 4.377,80

$ 12.085,47

$ 12.496,47

$ 13.106,97

$ 13.133,40

CCT Nº 567/03 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4.649,76

$ 4.810,10

$ 5.039,99

$ 5.045,86

$ 13.949,28

$ 14.430,30

$ 15.119,97

$ 15.137,58

Tope General

 

 

 

Tope Pto. Bermejo y R. S. Peña

 

CCT Nº 820/06 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

$ 4. 028,49

$ 4.165,49

$ 4.368,99

$ 4.377,80

$ 4.735,33

$ 4.872,33

$ 5.075,83

$ 5.111,05

$ 12.085,47

$ 12.496,47

$ 13.106,97

$ 13.133,40

$ 14.205,99

$ 14.616,99

$ 15.227,49

$ 15.333,15

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1025/2012 de la Secretaría de Trabajo B.O. 4/9/2012 se dejan sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1º de julio de 2011, fijados por la presente Resolución, celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.A.T.E.L.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresas Nº 567/03 “E”, Nº 728/05 “E”, Nº 820/06 “E”, Nº 917/07 “E”, Nº 821/06 “E” y Nº 822/06 “E”)

ANEXO II

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES

C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1394/10

 

CCT Nº 724/05 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

$ 3.133,23

$ 3.295,72

$ 3.512,38

$ 9.399,69

$ 9.887,16

$ 10.537,14

 

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

CCT Nº 576/03 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

$ 3.287,25

$ 3.449,74

$ 3.666,40

$ 9.861,75

$ 10.349,22

$ 10.999,20

ANEXO III

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 96/2012 de la Secretaría de Trabajo B.O. 7/3/2012 se dejan sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio general y por zonas desfavorables vigentes desde el 1º de julio de 2011, detallados en el presente Anexo)


Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1395/10

Tope General

 

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55, inc. "A"

 

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55, inc. "B" y "C"

 

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55, inc. "D"

CCT Nº 201/92

 

 

 

 

 

 

 

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/07/2011

 

 

 

 

 

 

 

$ 4.650,82

$ 4.811,04

$ 5.040,93

$ 5.046,80

$ 9.302,08

$ 9.622,08

$ 10.011,41

$ 10.093,59

$ 6.976,56

$ 7.216,56

$ 7.526,17

$ 7.570,20

$ 5.813,80

$ 6.013,80

$ 6.283,55

$ 6.308,50

 

 

 

 

 

 

 

$ 13.952,46

$ 14.433,12

$ 15.122,79

$ 15.140,40

$ 27.906,24

$ 28.866,24

$ 30.034,23

$ 30.280,77

$ 20.929,68

$ 21.649,68

$ 22.578,51

$ 22.710,60

$ 17.441,40

$ 18.041,40

$ 18.850,65

$ 18.925,50

ANEXO IV

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1396/10

CCT Nº 538/03 E

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

$ 3.133,01

$ 3.295,51

$ 3.512,17

$ 9.399,03

$ 9.886,53

$ 10.536,51

 

 

ANEXO V

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1397/10

 

 

 

 

CCT Nº 497/02 E

01/07/2010

01/11/2010

01/01/2011

01/02/2011

$ 5.684,20

$ 5.877,53

$ 5.963,53

$ 6.267,87

$ 17.052,60

$ 17.632,59

$ 17.890,59

$ 18.803,61

 

ANEXO VI

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

C/

TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1398/10

 

CCT Nº 497/02 E

01/07/2010

01/11/2010

01/01/2011

01/02/2011

$ 7.642,54

$ 8.029,14

$ 8.114,14

$ 8.533,54

$ 22.927,62

$ 24.087,42

$ 24.342,42

$ 25.600,62

ANEXO VII

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES

C/

TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1399/10

 

 

 

 

CCT Nº 257/97 E

01/07/2010

01/11/2010

01/01/2011

01/02/2011

 

$ 8.022,00

$ 8.284,50

$ 8.355,33

$ 8.809,33

 

$ 24.066,00

$ 24.853,50

$ 25.065,99

$ 26.427,99

 

 

 

ANEXO VIII

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES

C/

TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1400/10

01/07/2010

01/11/2010

01/02/2011

01/04/2011

$ 4.767,76

$ 4.945,98

$ 5.197,69

$ 5.228,81

$ 14.303,28

$ 14.837,94

$ 15.593,07

$ 15.686,43

ANEXO IX

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS

C/

TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1401/10

 

 

CCT Nº 257/97 E

01/07/2010

01/11/2010

01/01/2011

01/02/2011

$ 5.621,50

$ 5.810,75

$ 5.895,75

$ 6.188,00

$ 16.864,50

$ 17.432,25

$ 17.687,25

$ 18.564,00

 

ANEXO X

Expediente Nº 1.389.156/10

PARTES SIGNATARIAS

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA

BASE PROMEDIO

TOPE INDEMNIZATORIO

FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

C/

TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Acuerdo Nº 1402/10

Tope General

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55 inc. "A"

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55 inc. "B" y "C"

 

Tope Zona Desfavorable Art. 55 inc. "D"

 

CCT Nº 201/92

01/11/2010

01/02/2011

01/04/2011

01/11/2010

01/02/2011

01/04/2011

01/11/2010

01/02/2011

01/04/2011

01/11/2010

01/02/2011

01/04/2011

$ 4.945,98

$ 5.197,69

$ 5.228,81

$ 9.891,95

$ 10.395,38

$ 10.457,62

$ 7.418,97

$ 7.796,54

$ 7.843,21

$ 6.182,47

$ 6.497,12

$ 6.536,01

$ 14.837,94

$ 15.593,07

$ 15.688,41

$ 29.675,85

$ 31.186,14

$ 31.372,86

$ 22.256,91

$ 23.389,62

$ 23.529,63

$ 18.547,41

$ 19.491,36

$ 19.608,03

 

Expediente Nº 1.389.156/10

Buenos Aires, 18 de enero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 6/11, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 23/11 T. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.