Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 321/2011

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Empresa Emprendimientos Energéticos Binacionales Sociedad Anónima (EBISA).

Bs. As., 13/6/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0012958/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto, tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 formulado por la Empresa EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 de la Empresa EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES SOCIEDAD ANONIMA (EBISA), actuante en el área de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 12.240.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 78.093.646) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 65.853.646), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTINUEVE ($ 78.848.029) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTINUEVE ($ 78.848.029) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico Equilibrado de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 4º — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero Equilibrado, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar