POLICIA FEDERAL

Reimplántase el grado de inspector mayor.

LEY Nº 16.564

Sancionada: octubre 29 de 1964.

Promulgada de hecho: noviembre 13 de 1964.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY:

ARTICULO 1º – Reimplántase el grado de inspector mayor, en los cuadros del personal superior de la Policía Federal –escalafones de seguridad, bomberos y comunicaciones–.

ARTICULO 2º – Modifícanse los anexos números 14, 15, 17 y 18 de la ley orgánica de la Policía Federal, aprobada por decreto-ley Nº 333/58, y convalidada por ley 14.467, los que quedarán redactados como se determina en los que forman parte integrante de la presente ley.

ARTICULO 3º – Como régimen de transición, y a título de única excepción, las promociones correspondientes al período siguiente a la fecha de reimplantación del grado de inspector mayor, se ajustarán a las siguientes normas:

a) Serán promovidos al grado de inspector general, los comisarios inspectores en ascenso, de acuerdo al orden de prelación que fije la Junta de Calificaciones del Personal Superior, hasta cubrir la totalidad de vacantes;

b) Serán promovidos a inspector mayor, los comisarios inspectores que sigan en el orden de prelación a los anteriores.

ARTICULO 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.

C. H. PERETTE

A. MOR ROIG

Claudio A. Maffei

Eduardo T. Oliver

CUADRO DEL PERSONAL POLICIAL

ANEXO 14

ANEXO 15

ANEXO 17

ANEXO 18