Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución 23/2011

Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para vinos Cosecha 2011.

Mendoza, 13/6/2011

VISTO la Ley Nº 14.878, la Resolución Nº C.71 de fecha 24 de enero de 1992, los datos estadísticos obtenidos durante el Control Cosecha y Elaboración 2011, referidos al tenor azucarino de las uvas elaboradas en la zona de Origen de La Rioja y Catamarca, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la legislación vigente, compete al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), el control técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícola, por lo cual se encuentra facultado para establecer los límites normales de la composición de los vinos.

Que el Punto 1º, Inciso 1.1, apartado a) de la Resolución Nº C.71 de fecha 24 de enero de 1992, establece que el INV determinará el grado alcohólico mínimo para el expendio de los productos allí definidos, en cumplimiento de la obligación impuesta por la Ley Nº 14.878.

Que la determinación del grado alcohólico real de las cosechas anuales para los vinos que se han de comercializar en el mercado interno, es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar a las tareas de fiscalización.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de esta zona, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja determinar el grado alcohólico 2011 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 2010 y anteriores.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

1º — Fíjanse los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos y Vinos Regionales, elaboración 2011 unificados con remanentes de elaboración 2010 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de Origen La Rioja y Catamarca, conforme los Anexos I y II, respectivamente, que se adjuntan como parte integrante de la presente resolución.

2º — Considérase grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores en el producto, remanentes de su fermentación.

3º — Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la fecha de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en los citados Anexos. Los análisis correspondiente a vinos regionales y vinos 2010 y anteriores, caducarán automáticamente a partir de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de la presente, sin que ello dé lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados, excepto aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en los Anexos I y II.

4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D. García.

ANEXO I A LA RESOLUCION Nº C. 23 /11

GRADO ALCOHOLICO 2011 - ZONA DE ORIGEN: LA RIOJA

VINO REGIONAL

NUMERO BODEGA

RAZON SOCIAL

BLANCO

TINTO

P-70000

MINNITI S.R.L.

12,90

13,60

P-70003

AGROPECUARIA RIOJANA S.R.L.

13,10

13,10

P-70134

BODEGAS SAN HUBERTO S.A.

12,80

12,90

P-70167

RODOLFO NASIF BERETA

-----

11,60

P-73148

LA RIOJANA COOP. VIT. DE LA RIOJA LTDA.

11,50

12,00

P-73449

B. Y V. ANGUINAN S.A.

12,90

12,80

P-73505

ING. JOSE FERREZ Y SRA.

12,20

11,70

P-73542

ELIAS HERMANOS S.A.

12,30

12,40

P-73673

JOSE GONZALEZ

12,10

12,20

P-73685

ALFREDO NICOLAS NADER

12,40

12,50

P-73697

B. Y V. TILIMUQUI S.R.L.

-----

11,50

P-73709

ROMUALDO FRANCISCO CESPEDES

12,10

12,10

P-73710

VALLE DE LA PUERTA S.A.

12,70

12,90

P-73747

SANT PANCRAS S.A.

12,20

12,10

P-73763

BODEGAS ESMERALDA S.A.

12,40

12,40

ANEXO II A LA RESOLUCION Nº C. 23 /11

GRADO ALCOHOLICO 2011 - ZONA DE ORIGEN: CATAMARCA

VINO REGIONAL

NUMERO BODEGA

RAZON SOCIAL

BLANCO

TINTO

P-70002

MUNICIPALIDAD DE HUALFIN

14,30

14,30

P-72103

B. Y V. VITTORIO LONGO S.A.

12,40

12,70

P-72127

NANINI Y CIA. S.R.L.

13,60

10,70

P-72152

ELIAS J. SALEME S.A.

-----

12,50

P-72232

BGA. CUELLO ROCA

13,90

13,70

P-72244

CABERNET DE LOS ANDES

13,40

13,90

P-72277

BGA. MICHANGO DE O. ANDREATTA

13,60

13,80

P-72281

ALTA ESPERANZA S.R.L.

-----

13,70

P-72300

BODEGA SALDAÑO

12,50

13,00

P-72312

FRUTOS DE FIAMBALA S.A.

-----

14,10

P-72324

RODRIGUEZ ROBERTO Y SILVIA S.R.L.

-----

14,00

R-72348

BGAS. Y VDOS. DON JUAN S.R.L.

-----

12,70

VINO

NUMERO BODEGA

RAZON SOCIAL

BLANCO

TINTO

P-72348

BGAS. Y VDOS. DON JUAN S.R.L.

-----

12,70