INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1454/2011

Bs. As., 13/6/2011

VISTO lo dispuesto por el Artículo 3º, inciso a), y por el Artículo 24, inciso j), de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001) y,

CONSIDERANDO:

Que dentro de las medidas de fomento previstas en el Artículo 3º, inciso a), de la Ley de Cine se encuentra la de auspiciar concursos y establecer premios, en tanto el inciso j) del Artículo 24 de la misma Ley citada faculta la organización de concursos y el otorgamiento de premios destinados al fomento de libros cinematográficos.

Que durante el año en curso se llevará a cabo el "18º LABORATORIO DE ESCRITURA DE GUIONES CINEMATOGRAFICOS 2011 - 2012" a realizarse en MEXICO convocado por la Fundación Carmen Toscano —IAP— con la colaboración del Sundance Institute y el apoyo del Instituto Mexicano de Cinematografía - IMCINE y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (México).

Que el mencionado laboratorio consiste en la reescritura de guiones cinematográficos originales para largometrajes de ficción bajo la supervisión de destacados especialistas con la dirección de la Sra. Bertha NAVARRO.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES considera conducente apoyar tal evento convocando a Concurso para la preselección de hasta DIEZ (10) guiones originales, los que a su vez serán evaluados por el Comité de Selección de México para la selección final del o los guiones que crea conveniente que participen del Laboratorio de Escritura.

Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del Artículo 3º, inciso e) de la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Llámese a Concurso para la preselección de hasta DIEZ (10) guiones cinematográficos originales para las películas de largometraje de ficción y con un máximo de tiempo en pantalla de CIENTO VEINTE (120) minutos, a partir del 15 de junio de 2011, aceptándose UN (1) solo proyecto por presentante.

ARTICULO 2º — El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES nombrará un jurado de CINCO (5) miembros para la evaluación y preselección de hasta DIEZ (10) guiones, los que luego serán enviados al Comité de Selección de México, quien será el responsable de la selección final del o los guiones que participarán del 18º LABORATORIO DE ESCRITURA DE GUIONES CINEMATOGRAFICOS 2011-2012, a realizarse en MEXICO.

ARTICULO 3º — Los autores de los guiones seleccionados por el Comité de Selección de México participarán del Laboratorio de referencia que consiste en la reescritura del mismo con el asesoramiento de destacados especialistas y con la dirección de la Sra. Bertha NAVARRO.

ARTICULO 4º — Los guiones seleccionados por el Comité de Selección de México deberán ser traducidos al inglés y entregados la primera semana de enero de 2012. El costo de la traducción al inglés de los guiones que participen en el Laboratorio mencionado en el Artículo 2º, será solventado por los autores de los mismos.

ARTICULO 5º — Podrán participar en este Concurso los guionistas que acrediten TRES (3) años de residencia en la República Argentina, sean de nacionalidad argentina o extranjera.

ARTICULO 6º — El aporte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES consistirá en el pago de hasta TRES (3) pasajes aéreos en clase económica, Buenos Aires – México DF. – Oaxaca – México DF. – Buenos Aires, para los guionistas seleccionados y/o tutor argentino, los que serán nombrados por la Dirección del propio Laboratorio.

ARTICULO 7º — El Laboratorio de Escritura de México se hará cargo de los traslados internos y alojamiento mientras dure la participación en el Laboratorio, tanto de los escritores como de los tutores internacionales.

ARTICULO 8º — La recepción de los Guiones que quieran participar del mencionado Concurso se hará hasta el 1 de agosto de 2011.

ARTICULO 9º — El jurado nombrado para la preselección de hasta DIEZ (10) guiones cinematográficos para ser enviados al Comité de Selección de México, tendrá hasta el 30 de septiembre de 2011 para expedirse sobre los guiones que serán enviados, a través del acta correspondiente que establecerá un orden de mérito.

ARTICULO 10. — Apruébase lo establecido por el ANEXO I de la presente Resolución y que integra la misma, conteniendo los requisitos de presentación de los Guiones al presente Concurso.

ARTICULO 11. — No podrán intervenir en el concurso al que se llama por la presente Resolución quienes registren deudas vencidas e impagas con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 12. — La participación en el Concurso al que se llama por la presente Resolución implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en la misma.

ARTICULO 13. — Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, los restantes participantes deberán retirar los proyectos presentados al Concurso al que se llama por la presente Resolución y que no hubieran sido seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los proyectos no retirados.

ARTICULO 14. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, Archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I – RESOLUCION N° 1454

REQUISITOS DE PRESENTACION

1.- Los interesados deberán cumplimentar con los siguientes requisitos de presentación entregando la documentación en sobre cerrado, con firma cruzada, en cuyo exterior deberá hacerse constar, en forma notoria, la leyenda "CONCURSO DE GUIONES PARA EL 18° LABORATORIO DE ESCRITURA, MEXICO 2011 - 2012, título del proyecto, nombre y apellido del guionista, teléfonos, domicilio y dirección de correo electrónico del mismo. Dentro del mismo corresponderá incluir:

a) Certificado original de depósito en la Dirección Nacional de Derecho de Autor. No se aceptarán copias de ningún tipo.

b) Autorización por escrito del (de los) co-autor(es) del guión en caso que hubiere y no sean presentantes del proyecto, con firma certificada por Escribano Público o entidad bancaria.

c) Ficha con datos personales del presentante del proyecto conteniendo: Nombre y apellido, domicilio, número de documento de identidad, número de teléfono o de fax, y dirección de e-mail.

d) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

e) Documento de la que resulte la residencia de los últimos TRES (3) años en el país, tanto para argentinos como para extranjeros, pudiendo consistir la misma en título de propiedad, o en caso de ser pagos de impuestos o servicios públicos deberá presentarse UNO (1) por cada año, no siendo suficiente el domicilio que surja del DNI o pasaporte ni certificados de domicilio extendidos por Autoridad de aplicación.

f) Currículum del Guionista presentante.

g) CINCO (5) copias del Guión y Síntesis del mismo debidamente anillados.

h) Formulario de Declaración Jurada, anexo I de la Resolución N° 2583/09/INCAA, completado con los datos solicitados y firmado. Este formulario puede descargarse de la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, www.incaa.gov.ar, estando asimismo a disposición de los concursantes en la mesa de entradas del Organismo.

2.- Los sobres deberán ingresarse por la Mesa de Entradas del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, cito en la calle Lima 319, 1° Piso (C.P. 1073) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 17:00 hs. Aclaramos que en la ficha de inscripción de Mesa de Entradas deberán figurar los datos del guionista presentante. En caso de que la entrega se haga mediante correo postal se tomará como válida, solamente, la fecha del sello que imprime el propio correo en el sobre de presentación.

3.- Los proyectos permanecerán cerrados hasta su apertura por el Jurado interviniente.

4.- El incumplimiento de alguno de los requisitos o formas de presentación dispuestos en este Anexo producirá la automática eliminación de la participación en el Concurso.

e. 17/06/2011 Nº 73305/11 v. 17/06/2011