Ley Orgánica

Modifícase parcialmente.

DECRETO 9.118

Bs. As. 26/12/72

VISTO la Ley 20.038, por la que se modifican los artículos 40 y 50 de la Ley Orgánica de la Policía Federal –Decreto Ley Nº 333/58, ratificado por Ley 14.467–, y

CONSIDERANDO:

Que en consecuencia, resulta necesario adecuar los artículos 211 y 761 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal –Decreto Nº 6.580/58–, como así también derogar el Decreto Nº 5.591/54, por el que se creó el Curso de Cadetes de Administración de la Policía Federal y se estableció la carrera de Oficiales de la Administración;

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º – Modifícase el artículo 211 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal –Decreto número 6.580/58–, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 211. – Los grados máximos que el personal podrá alcanzar por ascensos serán los siguientes: 1) Escalafón por Seguridad, Bomberos y Comunicaciones: "Comisario General"; 2) Escalafón Técnico Profesional Policial: "Comisario Inspector Médico"; 3) Escalafón Músicos: "Comisario Jefe de Banda". Personal Subalterno: 1) Escalafón Seguridad, Bomberos y Comunicaciones: "Suboficial Principal"; 2) Escalafón Músicos: "Suboficial Principal Músico".

Art. 2º – Suprímese en el artículo 761 de Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal –Decreto número 6.580/58– la mención "Administración".

Art. 3º – Derógase el Decreto 5.591/54.

Art. 4º –Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE

Arturo Mor Roig.