MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 876/2011

Asígnase el rango y jerarquía de Secretario al cargo de Presidente del Honorable Directorio de la Administración de Parques Nacionales.

Bs. As., 29/6/2011

VISTO la Ley Nº 22.351, el Artículo 44 de la Ley Nº 25.997 y el Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, modificatorio de la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la Ley Nº 22.351 la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, ejerce las funciones de gestión, manejo y fiscalización de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, con responsabilidad directa, además, en el control, vigilancia, prevención y lucha contra incendios forestales.

Que por el Artículo 44 de la Ley Nº 25.997 se estableció la dependencia de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES como organismo descentralizado de la entonces SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010 se sustituyeron los Artículos 1º y 20 bis de la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y modificatorias, incorporando al MINISTERIO DE TURISMO a los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir con las responsabilidades que le son propias.

Que para ello se consideró la trascendencia del turismo como sector de desarrollo alternativo de la actividad económica, donde desempeña un rol fundamental, sin descuidar el desarrollo sustentable, la conservación y el respeto por los recursos naturales y el medio ambiente y asegurando su goce para las generaciones futuras.

Que el decreto de mención incorporó el Artículo 20 quáter a la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y modificatorias, asignándole a ese Ministerio, entre otras competencias, la de "Entender en la supervisión del accionar de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES".

Que teniendo en cuenta las disposiciones de los Capítulos II al V del Título II de la Ley Nº 22.351 —que regulan las atribuciones y funciones de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, así como las de sus órganos de dirección y administración— y a la luz de las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, resulta procedente determinar cuál es el rango que corresponde atribuir al Presidente de dicho organismo descentralizado.

Que se tiene en cuenta la trascendencia y diversidad de las actividades que desarrolla el organismo, así como el incremento cualitativo y cuantitativo de las funciones que su Ley de creación encomienda a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES.

Que en atención a ello resulta oportuno y conveniente asignar al cargo de Presidente del Honorable Directorio de dicho organismo descentralizado el rango y jerarquía de Secretario.

Que ha tomado intervención el pertinente Servicio Jurídico Permanente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Asígnase al cargo de Presidente del Honorable Directorio de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, el rango y jerarquía de Secretario.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos E. Meyer.