MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 924/2011

Transfiérese la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional al ámbito de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Apruébase la estructura organizativa.

Bs. As., 30/6/2011

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y 878 de fecha 29 de mayo de 2008, la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002 y modificatorias, y la Resolución Nº 4006 de fecha 23 de diciembre de 1997 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias.

Que por el Decreto Nº 357/2002 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que por la Decisión Administrativa Nº 10/2002 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO correspondiente al primer nivel operativo de la jurisdicción.

Que por el Decreto Nº 878/2008 se modificó la conformación organizativa de los niveles políticos y operativos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, resulta necesario readecuar la estructura organizativa de algunos niveles operativos transfiriendo la actual DIRECCION DE ASISTENCIA JURIDICA INTERNACIONAL, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, al ámbito de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.

Que la Resolución Nº 4006/1997 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO aprobó la estructura organizativa de las aperturas correspondientes a los niveles de Dirección, Departamento y División y la dotación de cargos de esa Jurisdicción.

Que el Anexo II de la referida resolución define las acciones de la Dirección de Tratados, dependiente de la Consejería Legal de la entonces SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES Y ASUNTOS LATINOAMERICANOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el Anexo II de la mencionada Decisión Administrativa Nº 10/2002 estableció las Acciones de la Dirección General de Consejería Legal, dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, incluyendo aquellas que son propias de la Dirección de Tratados.

Que, no obstante lo expresado en el párrafo anterior, la Dirección de Tratados mantuvo entidad separada de la Dirección General de Consejería Legal, tal como lo estableció la Resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Nº 4006/1997.

Que con idéntico objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia, resulta necesario transferir determinadas acciones de la Dirección de Derechos Humanos, aprobadas por la Decisión Administrativa Nº 10/2002, a la Dirección General de Consejería Legal, ambas de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que para instrumentar la reasignación de acciones referida en el párrafo anterior, y lograr su encuadre más apropiado, resulta aconsejable crear la Dirección de Contencioso Internacional en materia de Derechos Humanos con dependencia de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que, consecuentemente, resulta necesario reflejar adecuadamente las acciones de la Dirección de Derechos Humanos de la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR y las acciones y estructura organizativa de la Dirección General de Consejería Legal, y sus áreas dependientes, todas del ámbito de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de las respectivas responsabilidades y competencias.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Transfiérese la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL al ámbito de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, todas ellas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con sus unidades organizativas, acciones, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Art. 2º — Sustitúyese de la planilla anexa al artículo 2º del Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008 la parte correspondiente a los Objetivos de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, todas ellas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º — Sustitúyese el Anexo I h de la planilla anexa al artículo 5º del Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008 —Organigrama de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO—, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.

Art. 4º — Sustitúyese del Anexo II de la planilla anexa al artículo 5º del Decreto Nº 878 de fecha 29 de mayo de 2008 la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, las que quedarán redactadas de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 5º — Sustitúyese del Anexo II del Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de Consejería Legal dependiente de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por las que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 6º — Sustitúyense del Anexo II del Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección de Derechos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por las que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 7º — Apruébase la estructura organizativa de la Dirección General de Consejería Legal de la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 8º — Facúltase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a aprobar la dotación de la Dirección de Contencioso Internacional en materia de Derechos Humanos, dentro de los cargos financiados previstos por el presupuesto vigente, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman.

Planilla Anexa al artículo 2º

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

OBJETIVOS:

1.- Entender desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países y los Organismos Internacionales, y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a los criterios funcionales y geográficos.

2.- Formular las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a territorios y espacios marítimos bajo disputa de la soberanía en el Atlántico Sur, las cuestiones de derecho internacional, de política migratoria y del desarrollo de zonas de frontera, en materia de cooperación jurídica y asistencia jurídica internacional, en los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme, seguridad y terrorismo internacional, operaciones de mantenimiento de paz, preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo.

3.- Entender en la determinación de la política, la elaboración de planes y programas, y en la representación del Estado Nacional ante los Organismos Internacionales en materia de derechos humanos y en aquellas relativas a la condición y situación de la mujer, dentro del ámbito de la política exterior, e intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias.

4.- Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos consulares, y elaborar las instrucciones a las representaciones consulares relativas a la aplicación de las normas administrativas.

5.- Formular y ejecutar las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a las cuestiones de política migratoria en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

6.- Entender en la promoción y difusión de la cultura argentina en el exterior coordinando, previamente, con los organismos que correspondan.

7.- Entender en la concesión del derecho de asilo y en la condición de refugiado.

SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL

OBJETIVOS:

1.- Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos, para asegurar la eficiencia y dinámica de los servicios.

2.- Entender en la política y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional y realizar el control de la instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas y las alternativas de financiación.

3.- Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios y de los demás bienes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

4.- Entender y asesorar en los asuntos en que se deban aplicar los principios y las normas del derecho internacional público y privado. Asegurar el asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

5.- Prestar apoyo a la Junta Calificadora del personal del Servicio Exterior y a los órganos del personal del Servicio Civil.

6.- Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el exterior.

7.- Entender en los procesos de planificación, evaluación del mantenimiento y administración de todos los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión o tenencia del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y delegaciones en el Extranjero.

8.- Entender y planificar las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el Exterior.

9.- Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y protección de las personas, bienes e información del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y delegaciones en el Extranjero.

10.- Elaborar, interpretar y aplicar la reglamentación del Régimen de Franquicias y Privilegios Impositivos correspondientes a los miembros, de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados en la República, así como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.

SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1.- Actuar en la planificación y en las actividades relativas a los servicios de infraestructura, de mantenimiento y servicios del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

2.- Administrar y controlar los recursos vinculados con la gestión económica, financiera y patrimonial de la jurisdicción.

3.- Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4.- Supervisar el desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de seguridad.

5.- Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional (I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema "Billing Settlement Plan (B.S.P.)".

6.- Ejecutar las acciones relativas a la gestión y administración de las tecnologías de la información y las comunicaciones asociadas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el exterior.

7.- Administrar el Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR) y el registro de nombres de dominio Web de las personas físicas y jurídicas. Coordinar el cumplimiento de lo dispuesto por la normativa que regula el acceso a la información pública, en cumplimiento del Decreto Nº 1172/2003 y sus modificatorios y complementarios.

8.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.

9.- Coordinar la aplicación de políticas de administración y gestión de recursos humanos.

10.- Coordinar la ejecución de las acciones relativas al sistema de seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República en el Exterior.

11.- Prestar asesoramiento jurídico sobre aspectos específicos y funcionales del Ministerio.

12.- Aplicar la reglamentación del Régimen de Franquicias, Privilegios e Inmunidades correspondientes a los miembros, de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados en la República, así como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.

13.- Ordenar la instrucción de los sumarios administrativos disciplinarios y otras investigaciones administrativas ordenadas en la jurisdicción.

14.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

15.- Planificar, coordinar, realizar y controlar las actividades de interpretación y traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas internas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y por la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Planilla Anexa al artículo 3º

Anexo I h

Planilla Anexa al artículo 4º

SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Actuar como servicio jurídico ministerial en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, y representar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en los asuntos de carácter jurisdiccional.

Entender en la representación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ante todo requerimiento judicial, dando respuesta a los mismos.

ACCIONES:

1.- Asesorar jurídicamente a las distintas áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en todo asunto en que sean de aplicación las normas y los principios del derecho interno.

2.- Asesorar a las autoridades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en la elaboración y análisis de proyectos de leyes, decretos, resoluciones y demás actos administrativos vinculados a los temas de política exterior, o a cuestiones relativas al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en los que sean de aplicación los principios y las normas del derecho interno.

3.- Controlar el cumplimiento de las normas jurídicas en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas de derecho interno.

4.- Proponer la modificación o el dictado de normas de derecho interno con el propósito de mejorar la legislación vigente, vinculada a los aspectos de la política exterior.

5.- Representar y ejercer el patrocinio del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en todas las instancias, ante los tribunales judiciales u organismos jurisdiccionales o administrativos nacionales, provinciales y municipales, asumiendo cuando corresponda el carácter de parte querellante conforme al régimen legal vigente de representación judicial del Estado, y comunicar las instrucciones a los Agentes Fiscales cuando sean éstos los que actúen en juicios de interés para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE DICTAMENES

ACCIONES:

1.- Efectuar el despacho de opiniones jurídicas a fin de ser sometidas a consideración de la Superioridad.

2.- Asesorar en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos y resoluciones.

3.- Supervisar el cumplimiento de las normas jurídicas y procedimientos administrativos en todo trámite que se someta a su consideración.

4.- Proponer el mejoramiento o actualización de las normas jurídicas.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE CONTENCIOSO

ACCIONES:

1.- Representar y/o patrocinar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en todo juicio en que sea parte.

2.- Efectuar en sede judicial las denuncias que correspondan como consecuencia de hechos ocurridos en jurisdicción del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO o que involucren a personal dependiente del mismo, verificar su tramitación y presentar los informes correspondientes.

3.- Realizar las acciones procesales que encomiende la Superioridad.

4.- Asesorar a la Superioridad en materias que tengan vinculación con las causas en trámite o que pudieran derivar en una contienda judicial.

Planilla Anexa al artículo 5º

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar al Ministro y a los Secretarios, Subsecretarios y Directores Generales y Nacionales del Ministerio, en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas del Derecho Internacional Público y Privado.

Entender en la representación de los particulares en los juicios de opción de ciudadanía argentina y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en materia de cooperación jurídica y asistencia judicial internacionales, centralizando todo trámite relacionado con esta materia, a cuyo fin actuará como enlace natural entre las representaciones y organismos extranjeros y nacionales, así como entre los tribunales federales, nacionales y provinciales, y los tribunales extranjeros en toda solicitud de detención preventiva, extradición, restitución de menores, transferencia de condenados, rogatorias y/u oficios, llevando los registros nacionales correspondientes.

Entender, como Autoridad Central, en la aplicación de las convenciones internacionales en materia de asistencia judicial y cooperación jurídica en las que haya sido designado como tal el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ACCIONES:

1.- Dictaminar sobre los aspectos jurídicos de las cuestiones internacionales de carácter político, diplomático, consular, económico, comercial y otros relacionados con la política exterior.

2.- Participar en la definición de las instrucciones relativas a las negociaciones a efectuarse en asambleas, conferencias, congresos o reuniones internacionales sobre los aspectos jurídicos de las materias a considerarse en ellos.

3.- Elaborar las políticas y estrategias relativas a las cuestiones jurídicas internacionales, y participar en la preparación de los digestos argentinos de derecho y política internacionales.

4.- Participar en las asambleas, conferencias, congresos y reuniones internacionales referidas a temas o materias vinculadas al derecho internacional.

5.- Asesorar, desde el punto de vista del derecho internacional en la elaboración, aplicación e interpretación de los tratados e instrumentos internacionales en todas las etapas, comprendidas la negociación, adopción, aprobación, manifestación del consentimiento en obligarse y culminación de los mismos.

6.- Intervenir en la preparación de la documentación necesaria para la negociación, celebración, modificación u otros actos jurídicos relativos a los tratados y otros instrumentos internacionales, en los que entiendan otras áreas gubernamentales con respecto a cuestiones internacionales de carácter político, económico y comercial y otros relacionados con la política exterior.

7.- Asesorar en los aspectos jurídicos internacionales de la protección y asistencia a los nacionales en el exterior, cuestiones de derechos humanos y de derecho internacional humanitario.

8.- Asesorar e intervenir en lo relativo al derecho penal internacional, las cuestiones jurídicas vinculadas al terrorismo internacional, la corrupción, el lavado de dinero y la delincuencia organizada transnacional.

9.- Entender en lo relativo a la creación, aplicación e interpretación de normas internacionales en materia de derecho del mar, marítimo, aéreo y espacial, e intervenir en lo relativo a las cuestiones fluviales internacionales y de protección del medio ambiente.

10.- Asesorar, desde el punto de vista del derecho internacional, en las cuestiones limítrofes y territoriales.

11.- Asesorar e intervenir en la elaboración y aplicación de normas relativas a la solución pacífica de controversias internacionales.

12.- Efectuar, de manera coordinada con las restantes áreas con competencia en el tema, el seguimiento de las causas que tramiten ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y tomar intervención en las tratativas con reclamantes ante ambas cuando le fuese requerido.

Planilla Anexa al artículo 6º

SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR

DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración y en el diseño de los planes, programas, proyectos y objetivos de política exterior en materia de Derechos Humanos, así como participar en la conducción de la política exterior vinculada a esos temas ante los organismos, entidades o comisiones especiales internacionales.

ACCIONES

1.- Coordinar con las áreas competentes, en lo relativo a las relaciones con los demás Estados, en cuestiones referidas a los Derechos Humanos y Derecho Humanitario y su régimen legal internacional.

2.- Elaborar proyectos de instrucciones, planes, programas operativos para los eventos internacionales de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, en que intervenga la República Argentina, en coordinación con las demás áreas correspondientes.

3.- Intervenir, con las áreas competentes, en el estudio de la normativa de derecho interno para su compatibilización a las normas de derecho internacional sobre Derechos Humanos y Derecho Humanitario.

4.- Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en la conclusión de tratados, acuerdos y convenios internacionales que en materia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario sea parte la Nación Argentina.

5.- Efectuar las acciones tendientes a obtener el retorno de los argentinos residentes en el exterior, en coordinación con otras áreas del Ministerio.

6.- Propiciar los estudios, el diseño y evaluación de los proyectos, programas y planes con otros organismos y dependencias del Estado, que sean relevantes para la política exterior de la República, en materia de Derechos Humanos y Derecho Humanitario, a fin de asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.

7.- Coordinar y efectuar las consultas necesarias con el Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en lo que se refiere a las decisiones sobre la concesión de asilo y/o refugio en la República de los extranjeros que así lo soliciten.

8. Entender, en coordinación con otras áreas competentes, en lo relacionado con minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas en el ámbito de los organismos internacionales.

9.- Entender, en coordinación con otras áreas competentes, en lo atinente a las normas internacionales relativas a los Derechos del Niño.

ANEXO I

ANEXO II

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

DIRECCION DE TRATADOS

ACCIONES:

1.- Entender en la tramitación de la ratificación, reservas, terminación y denuncia de instrumentos internacionales de los que la Nación sea parte, Estado firmante o Estado negociador.

2.- Intervenir en la redacción final de los textos de los acuerdos bilaterales en los que vaya a ser parte la República.

3.- Registrar y archivar los instrumentos internacionales, tanto los suscriptos por la República o en los que la Nación Argentina sea Estado negociador, como aquellos que resulten de interés para la misma.

4.- Entender en la publicación oficial de los instrumentos internacionales suscriptos por la República y el material cartográfico correspondiente.

5.- Entender en la preparación de los plenos poderes para la firma de instrumentos internacionales y credenciales para los representantes del Gobierno argentino ante reuniones internacionales.

6.- Contestar las consultas sobre estado de vigencia de instrumentos internacionales, extendiendo las certificaciones correspondientes.

7.- Intervenir en la tramitación de proyectos de ley aprobatorios de instrumentos internacionales y las credenciales para los Representantes del Gobierno argentino ante reuniones internacionales.

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

DIRECCION DE ASISTENCIA JURIDICA INTERNACIONAL

ACCIONES:

1.- Entender en materia de cooperación jurídica y asistencia judicial internacionales en las solicitudes de detenciones preventivas, extradiciones, restituciones de menores, transferencias de condenados y toda carta rogatoria, oficio y/o requerimiento que deba tramitarse por vía diplomática o por intermedio de la Autoridad Central, actuando como nexo obligatorio entre Tribunales Federales, Nacionales, Provinciales y demás autoridades argentinas y sus similares extranjeras, llevando los registros correspondientes.

2.- Actuar como enlace natural entre las representaciones, organismos extranjeros y nacionales en materia de cooperación jurídica.

3.- Proponer, elaborar, ejecutar y evaluar proyectos de acuerdos internacionales en la materia y su posterior instrumentación, aplicación y control.

4.- Entender en las opciones de ciudadanía argentina para particulares residentes en el exterior.

5.- Entender como autoridad central de aplicación de las convenciones internacionales en las que haya sido designado como tal el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, realizando las gestiones judiciales y/o administrativas que correspondan.

6.- Evacuar las consultas que se formulen con relación a la asistencia judicial y la cooperación jurídica internacional.

DIRECCION DE ASISTENCIA JURIDICA INTERNACIONAL

COORDINACION DE COOPERACION INTERNACIONAL EN MATERIA PENAL

ACCIONES:

1.- Tramitar las solicitudes de detenciones preventivas, extradiciones, transferencia de condenados y toda carta rogatoria, oficio y/o requerimiento que deba tramitarse por vía diplomática o por intermedio de la Autoridad Central cuando así corresponda.

2.- Instrumentar la registración de las solicitudes tramitadas.

3.- Coordinar con la Dirección la actuación como enlace entre las representaciones, organismos extranjeros y nacionales en materia de cooperación jurídica en materia penal.

4.- Asesorar en la propuesta, elaboración, ejecución y evaluación de proyectos de acuerdos internacionales en la materia y su posterior instrumentación, aplicación y control.

5.- Efectuar las gestiones judiciales y/o administrativas que correspondan en las cuales ha sido designado como Autoridad Central el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

6.- Elaborar respuestas a las consultas que se formulen con relación a los temas de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

DIRECCION DE CONTENCIOSO INTERNACIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

ACCIONES:

1.- Efectuar el seguimiento, en coordinación con otras áreas competentes, de las causas que tramiten ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

2.- Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en las tratativas con reclamantes ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuando expresamente así le sea requerido.