Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 186/2011

Adjudícanse cupos de financiamiento en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Bs. As., 13/7/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0259609/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes

Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000, 871 de fecha

6 de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005, 919 de fecha 28 de junio de

2010, 964 y 967 ambos de fecha 1 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que con el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, fue sustituida la denominación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por las de MINISTERIO DE INDUSTRIA y MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias respectivas, allí asignadas.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.

Que mediante la Resolución Nº 163 de fecha 24 de junio de 2011, modificada por la Resolución Nº 174 de fecha 30 de junio de 2011, ambas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se procedió a convocar a una licitación de cupos de crédito con tasa bonificada por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS MILLONES ($ 400.000.000.-), los cuales fueron para aplicar en operaciones de financiamiento para los destinos previstos en los incisos a), b), c), d) y g) del Artículo 8º del Decreto Nº 871/03, por un monto máximo de hasta PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-), sin superar el OCHENTA POR CIENTO (80%) del precio de compra del bien de capital o proyecto de inversión, según sea el caso, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, ni superar el plazo máximo de CUARENTA Y OCHO (48) meses, admitiéndose, cuando el retorno de la inversión lo justifique, hasta SEIS (6) meses de gracia para capital y/o intereses.

Que para el caso de capital de trabajo, se establece un monto de hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), sin superar el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las ventas anuales, hasta un plazo máximo de TREINTA Y SEIS (36) meses.

Que ante la convocatoria efectuada, diversas Entidades Financieras presentaron distintas ofertas de cupos de financiamiento por un total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.943.500.000.-).

Que atento que dicho monto superó el cupo licitado, la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas procedió a adjudicar los cupos de crédito de manera proporcional al monto ofrecido, conforme lo establecido en el Artículo 7º de la Resolución Nº 163/11 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que corresponde entonces, proceder a la emisión del Acto Administrativo mediante el cual se adjudiquen los cupos de financiamiento sometidos a licitación, con el objeto de posibilitar la ejecución efectiva del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00, 871/03, 159/05, 919/10, 964/10 y 967 de fecha 1 de julio de 2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Adjudícanse en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, los cupos de financiamiento para Entidades Financieras, cuya convocatoria a licitación se efectuó mediante la Resolución Nº 163 de fecha 24 de junio de 2011, modificada por la Resolución Nº 174 de fecha 30 de junio de 2011, ambas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA según se detalla en el Anexo que con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO

Entidad Financiera

Monto Adjudicado

% De Adjudicación

1

BANCO DE LA NACION ARGENTINA

$ 40.000.000

10,00%

2

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

$ 40.000.000

10,00%

3

BANCO DE LA PAMPA S.E.M.

$ 582.241

0,15%

4

BANCO HIPOTECARIO S.A.

$ 3.493.450

0,87%

5

BANCO DE SANTA CRUZ S.A.

$ 8.151.383

2,04%

6

NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.

$ 11.644.833

2,91%

7

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

$ 6.986.900

1,75%

8

BANCO PATAGONIA S.A.

$ 40.000.000

10,00%

9

HSBC BANK ARGENTINA S.A.

$ 4.657.933

1,16%

10

NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.

$ 40.000.000

10,00%

11

BANCO CREDICOOP COOP. LTDO.

$ 40.000.000

10,00%

12

BANCO DE FORMOSA S.A.

$ 3.493.450

0,87%

13

BANCO SUPERVIELLE S.A.

$ 582.241

0,15%

14

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.

$ 40.000.000

10,00%

15

CITIBANK S.A.

$ 40.000.000

10,00%

16

BANCO MACRO S.A.

$ 40.000.000

10,00%

17

BANCO SANTANDER RIO S.A.

$ 40.000.000

10,00%

18

BANCO DE SANTIAGO DEL ESTERO S.A.

$ 58.224

0,01%

19

BANCO MERIDIAN S.A.

$ 349.345

0,09%

 

TOTALES

$ 400.000.000

100,00%