MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 134/2011

Registro Nº 308/2011

Bs. As., 4/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.159.968/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acta acuerdo suscripto entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.418.892/10 agregado como fojas 267 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado acta acuerdo las partes convienen modificaciones salariales para los trabajadores de la empresa, conforme surge de los términos y contenido del texto pactado.

Que teniendo en cuenta las vigencias pactadas para las escalas salariales contenidas en el acuerdo de marras, es necesario dejar expresamente establecido que las partes deberán eventualmente ajustar los valores salariales acordados a los efectos de que la remuneración a percibir por los trabajadores en ningún caso sea inferior al monto fijado para el salario mínimo vital y móvil, por el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL mediante Resolución Nº 2/10.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acta acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acta acuerdo suscripto entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES y la empresa SERVICIOS DE AGUAS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.418.892/10 agregado como fojas 267 al Expediente Nº 1.159.968/06, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acta acuerdo, obrante a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.418.892/10 agregado como fojas 267 al Expediente Nº 1.159.968/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acta acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.159.968/06

Buenos Aires, 10 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 134/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/6 del expediente Nº 1.418.892/10, agregado como fojas 267 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 308/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO SALARIAL

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes octubre de 2010, se reúnen, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS - Personería Gremial Nº 580, con domicilio en la calle Pasco Nº 582, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Rubén Héctor PEREYRA y el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS MISIONES (S.P.O.S.M.), con Inscripción Gremial Nº 1472, con domicilio en la Av. Tambor de Tacuari Nº 151 de la ciudad de Posadas, Misiones, representado en este acto por los Sres. Adrián Ricardo BERNAL en su carácter de Secretario General, Juan Eduardo ZANIVAN, Secretario Adjunto y/u Otros y por la Dra. Sara ELHELOU, en adelante denominadas PARTE SINDICAL, por una parte, y Servicio de Aguas de Misiones (Samsa), en adelante LA EMPRESA, con domicilio en la Av. López y Planes 2577 de la Ciudad de Posadas Provincia de Misiones, representada en este acto por los Sres. Ing. Christian Leonardo HILBERT, en su carácter de Gerente General, e Ing. Carlos Adán CHOCANO en su carácter de Presidente y el Dr. Gustavo Gallo, en su carácter de Asesor Jurídico, convienen en formalizar el presente Acuerdo Salarial en los siguiente términos.

ANTECEDENTES:

a) En el Expediente Nº 1.159.968/06, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, se tramita la Negociación Paritaria que tiene por objeto arribar a un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo.

b) En dicho marco, se celebra el presente Acta Acuerdo Salarial, que se regirá por las siguientes cláusulas:

CLAUSULA PRIMERA: Las partes acuerdan una nueva Escala Salarial a regir a partir del 1 de octubre de 2010, con un incremento del 8% (ocho por ciento), estableciendo un Sueldo Básico Mensual Nivel Inicial Z de $ 1.620.- (pesos un mil seiscientos veinte), según consta en el Anexo I, que forma parte del presente Acuerdo.

CLAUSULA SEGUNDA: Las partes acuerdan una Nueva Escala Salarial con un incremento que lleva a $ 1.700.- (pesos un mil setecientos), el Sueldo Básico Mensual Nivel Inicial que regirá a partir de los haberes del mes de enero de 2011 según consta en el Anexo II, que forma parte del presente Acuerdo.

CLAUSULA TERCERA: Las partes acuerdan una Nueva Escala Salarial con un incremento que lleva a $ 1.840.- (pesos un mil ochocientos cuarenta), el Sueldo Básico Mensual Nivel Inicial que regirá a partir de los haberes del mes de mayo de 2011 según consta en el Anexo III, que forma parte del presente Acuerdo.

CLAUSULA CUARTA: Las partes acuerdan que el presente Acuerdo Salarial será parte integrante del Convenio Colectivo de Trabajo próximo a firmarse.

En el lugar y fecha ut supra mencionados se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.

ANEXO I

REMUNERACIONES PARA LOS DISTINTOS NIVELES

ESCALA SALARIAL A REGIR A PARTIR DEL 01-10-2010

NIVE

INDICE

SBM DESDE OCTUBRE-10

INICIAL Z

1

$ 1.620,00

A

1,05

$ 1.701,00

A1

1,1

$ 1.782,00

A2

1,15

$ 1.863,00

A3

1,2

$ 1.944,00

A4

1,25

$ 2.025,00

B

1,3

$ 2.106,00

B1

1,35

$ 2.187,00

B2

1,4

$ 2.268,00

B3

1,45

$ 2.349,00

B4

1,57

$ 2.543,40

C

1,69

$ 2.737,80

C1

1,81

$ 2.932,20

C2

1,93

$ 3.126,60

C3

2,05

$ 3.321,00

C4

2,25

$ 3.645,00

D

2,45

$ 3.969,00

D1

2,65

$ 4.293,00

D2

2,85

$ 4.617,00

D3

3,05

$ 4.941,00

D4

3,3

$ 5.346,00

E

3,85

$ 6.237,00

E1

4,45

$ 7.209,00

E2

5,25

$ 8.505,00

ANEXO II

REMUNERACIONES PARA LOS DISTINTOS NIVELES

ESCALA SALARIAL A REGIR A PARTIR DEL 01-01-2011

NIVEL

INDICE

SBM DESDE ENERO-11

INICIAL Z

1

$ 1.700,00

A

1,05

$ 1.785,00

A1

1,1

$ 1.870,00

A2

1,15

$ 1.955,00

A3

1,2

$ 2.040,00

A4

1,25

$ 2.125,00

B

1,3

$ 2.210,00

B1

1,35

$ 2.295,00

B2

1,4

$ 2.380,00

B3

1,45

$ 2.465,00

B4

1,57

$ 2.669,00

C

1,69

$ 2.873,00

C1

1,81

$ 3.077,00

C2

1,93

$ 3.281,00

C3

2,05

$ 3.485,00

C4

2,25

$ 3.825,00

D

2,45

$ 4.165,00

D1

2,65

$ 4.505,00

D2

2,85

$ 4.845,00

D3

3,05

$ 5.185,00

D4

3,3

$ 5.610,00

E

3,85

$ 6.545,00

E1

4,45

$ 7.565,00

E2

5,25

$ 8.925,00

ANEXO III

REMUNERACIONES PARA LOS DISTINTOS NIVELES

ESCALA SALARIAL A REGIR A PARTIR DEL 01-05-2011

NIVEL

INDICE

SBM DESDE MAYO 2011

INICIAL Z

1

$ 1.840,00

A

1,05

$ 1.932,00

A1

1,1

$ 2.024,00

A2

1,15

$ 2.116,00

A3

1,2

$ 2.208,00

A4

1,25

$ 2.300,00

B

1,3

$ 2.392,00

B1

1,35

$ 2.484,00

B2

1,4

$ 2.576,00

B3

1,45

$ 2.668,00

B4

1,57

$ 2.888,80

C

1,69

$ 3.109 60

C1

1,81

$ 3.330,40

C2

1,93

$ 3.551,20

C3

2,05

$ 3.772,00

C4

2,25

$ 4.140,00

D

2,45

$ 4.508,00

D1

2,65

$ 4.876,00

D2

2,85

$ 5.244,00

D3

3,05

$ 5.612,00

D4

3,3

$ 6.072,00

E

3,85

$ 7.084,00

E1

4,45

$ 8.188,00

E2

5,25

$ 9.660,00