FUERZAS DE SEGURIDAD

Apruébase la modificación de los límites jurisdiccionales de diversas Comisarías.

DECRETO Nº 1.068

Bs. As. 18/4/77

VISTO la necesidad de practicar un reordenamiento en los límites jurisdiccionales de las Comisarías Seccionales 2ª, 14ª y 26ª de la Policía Federal Argentina, y

CONSIDERANDO:

Que la Capital Federal se haya subdividida actualmente en cincuenta y dos (52) distritos donde la Policía Federal Argentina, a través de las Comisarías Seccionales que componen su estructura, ejercita su jurisdicción inmediata de su misión básica para el mantenimiento del orden público, la preservación de la seguridad pública y la prevención del delito.

Que igualmente se formaliza por intermedio de las nombradas Comisarías el cumplimiento de la función de auxiliar de la justicia, que a dicha Institución le está atribuida legalmente.

Que la transformación edilicia, la elevación del índice demográfico y las condiciones socio-económicas imperantes en esta Capital presentan nuevas modalidades que imponen reordenar la distribución geográfica de los mencionados distritos, para posibilitar una acorde distribución de la carga de trabajo y la protección ciudadana, en forma eficiente y actualizada.

Que expresiones surgidas de la criminalidad violenta, la lucha contra el extremismo subversivo que atenta contra la fisonomía de nuestro sistema económico y social y todas aquellas conformaciones distorsivas en que le corresponde actuar a la Policía Federal Argentina, demandan la obligatoria y permanente revisión de su orgánica funcional para adecuarla a la necesidad común.

Que el nuevo ordenamiento jurisdiccional impone modificar la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal Argentina, establecida por Decreto Nº 6.580/58.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º – Apruébase la modificación de los límites jurisdiccionales de las Comisarías Seccionales 2ª, 14ª y 26ª propuesta por la Policía Federal Argentina.

Art. 2º – Modifícase parcialmente el artículo 5º bis de la Reglamentación de la Ley orgánica de la Policía Federal Argentina (Decreto-Ley Nº 6.580/58), en lo pertinente a los límites territoriales de las precitadas seccionales, quedando redactada de la siguiente forma:

Comisaría 2ª – Avenida Paseo Colón, Humberto I, Piedras y Avenida Rivadavia.

Comisaría 14ª – Avenida Paseo Colón, Martín García, Irala, Wenceslao Villafañe, Avenida Montes de Oca, Ituzaingó, Piedras y Humberto I.

Comisaría 26ª – Irala, Aristóbulo del Valle, Garibaldi, Australia, Avenida Pinedo, Barracas, Caseros, Paracas, Vías del Ferrocarril General Roca, Ituzaingó, Avenida Montes de Oca y Wenceslao Villafañe.

Art. 3º – Modifícase el Anexo I de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal Argentina, conforme al plano respectivo que forma el Anexo I del presente Decreto.

Art. 4º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. --

VIDELA.

Albano E. Harguindeguy.

ANEXO I