Ministerio del Interior

LEY ORGANICA – Modifícase el texto del artículo 189.

DECRETO Nº 6.510

Bs. As. 1º/8/61

VISTO el Expediente: número 14.269-P-1961, por el que la Policía Federal solicita la modificación del artículo 189 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobada por Decreto Nº 6.580/58, con el objeto de eliminar la fijación de un tiempo preciso de duración de los Cursos de Cadetes, y

CONSIDERANDO:

Que con la modificación solicitada se concreta la ventaja de que en caso de ser preciso, permita la aceleración de los cursos referidos logrando de ese modo cubrir las vacantes existentes sin que surja impedimento alguno;

Que en el momento actual se hace más notoria esa necesidad debido a la sensible falta de Oficiales Subalternos en las jerarquías de Ayudantes y Subayudantes, que resiente las funciones de las distintas dependencias;

Por ello,

El Presidente de la Nación Argentina

Decreta:

Artículo 1º – Modifícase el texto correspondiente al artículo 189 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobada por Decreto Nº 6.580/58, que quedará redactado en la siguiente forma:

"Artículo 189.- Los cursos tendrán la duración que determine la Jefatura y a su egreso los cadetes recibirán el grado de "Oficial Subayudante".

Art. 2º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General de Boletín Oficial e Imprentas y archívese.

FRONDIZI.

Justo P. Villar.