JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 694/2011

Dase por aprobada la Licitación Pública N° 1/2011 con el objeto de contratar la adquisición de vehículos de apoyo para el Plan Nacional de Manejo del Fuego, de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 28/7/2011

VISTO el Expediente CUDAP-JGM Nº 4047/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y su modificatorio Nº 666 del 20 de marzo de 2003 y el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitó la LICITACION PUBLICA 1/2011, para la adquisición de Medios Terrestres, Autobombas Forestales y Vehículos de Apoyo, para el Combate de Incendios Forestales, Rurales y de Interfase para el PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que de fojas 307 a 312, obra la Resolución JGM Nº 92 de fecha 28 de febrero de 2011 del Señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS por la que se autorizó el procedimiento de selección por LICITACION PUBLICA contemplada en el artículo 25, inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios, y el artículo 22 inciso c) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Decreto Nº 436/2000 y sus modificatorios, por la suma estimada de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON VEINTE CENTAVOS ($ 67.067.992,20.-), aprobándose el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.

Que en virtud de ello se realizó la pertinente Licitación Pública, encontrándose a fojas 319 a 321, 326/327, 333 a 336 y 351/352 las constancias de difusión y publicidad del llamado y la convocatoria, obteniéndose las propuestas que obran de fojas 421 a 1896 de las que da cuenta el Acta de Apertura Nº 33/2011 que obra de fojas 416 a 420.

Que obra a fojas 322 la solicitud de precio testigo a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, quien a fojas 1917 informa que no suministrará el informe solicitado, en virtud de lo prescripto por el artículo 3º inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 122/2010.

Que de fojas 1996 a 2016 se expidió la COORDINACION DEL PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en su calidad de Unidad Requirente, informando que las ofertas presentadas por las firmas IVECAM S.A. y CMS SUDAMERICANA S.R.L., esta última para sus ofertas básicas de los renglones cotizados y la alternativa Nº 2 del Renglón Nº 7, se ajustan a lo requerido desde el punto de vista técnico.

Que se ha solicitado a las firmas oferentes, a través de las notificaciones obrantes a fojas 2018 a 2021 una mejora de oferta con respecto a los renglones que cotizaran, habiéndose obtenido respuesta favorable ante el requerimiento indicado, según lucen de fojas 2026 a 2028.

Que de fojas 2054 a 2068 se expide la Comisión Evaluadora mediante el Acta de Evaluación de Ofertas y su Dictamen de Evaluación Nº 44 de fecha 1 de junio de 2011 aconsejando adjudicar los renglones Nº 1, 2 y 3 en sus ofertas básicas mejoradas, los renglones Nº 5 y 6 en sus ofertas básicas y el renglón Nº 7 en su oferta alternativa 2 mejorada a la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L. y los renglones Nº 4 en su oferta B mejorada y Nº 8 y 9 mejoradas a la firma IVECAM S.A., por ser ofertas admisibles, convenientes y ajustarse a lo solicitado.

Que según surge del citado Dictamen de Evaluación corresponde declarar inadmisible la oferta de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L., para sus ofertas alternativas Nº 1 de los renglones 1, 2, 3, 5, 6 y 7, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado según lo manifestado por la Unidad Requirente, la COORDINACION DEL PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a fs. 2092/2112, configurándose la causal prevista en el inciso h) del art. 74 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobada por el Decreto Nº 436/2000.

Que asimismo, respecto a la "oferta A" del renglón 4 cotizada por la firma IVECAM S.A. y la oferta básica de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L. del renglón Nº 7, corresponderá desestimar las mismas por resultar sus precios inconvenientes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 35 Inciso c) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por Decreto Nº 1344 de fecha 4 de Octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase lo actuado en la LICITACION PUBLICA Nº 1/2011, contemplada en el artículo 25, inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/2001 y sus modificatorios, y el artículo 22 inciso c) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Decreto Nº 436/2000 y sus modificatorios, con el objeto de contratar la adquisición de Medios Terrestres, Autobombas Forestales y Vehículos de Apoyo, para el Combate de Incendios Forestales, Rurales y de Interfase para el PLAN NACIONAL DE MANEJO DEL FUEGO de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por un monto total de EUROS DOCE MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON SETENTA CENTAVOS (€ 12.216.783,70) y PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS CATORCE CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 6.926.914,17).

Art. 2º — Adjudícase a favor de la firma IVECAM S.A., CUIT Nº 30-56227129-1, el Renglón Nº 4, Oferta B, de la presente licitación por la suma de EUROS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO (€ 1.640.744,00) y PESOS QUINIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO ($ 513.961), el Renglón Nº 8 por la suma de EUROS UN MILLON CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS (€ 1.125.300,00) y PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 357.786,00) y el Renglón Nº 9 por la suma de EUROS OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHO (€ 872.508,00) y PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 384.558,00) y a favor de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L., CUIT Nº 30- 70230237-0, el Renglón Nº 1 de la presente licitación por la suma de EUROS UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DIECIOCHO CON VEINTIDOS CENTAVOS (€ 1.679.018,22) y PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS ($ 1.128.600,00), el Renglón Nº 2 por la suma de EUROS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON TRES CENTAVOS (€ 1.805.919,03) y PESOS UN MILLON DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 1.201.366,98), el Renglón Nº 3 por la suma de EUROS UN MILLON SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS (€ 1.734.985,49) y PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y CUATRO CON DIEZ CENTAVOS ($ 1.139.084,10), el Renglón Nº 5 por la suma de EUROS UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y DOS (€ 1.863.162,00) y PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS SEIS CON VEINTE CENTAVOS ($ 1.221.406,20), el Renglón Nº 6 por la suma de EUROS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA (€ 591.480,00) y PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 387.748) y el Renglón Nº 7, Oferta Alternativa Nº 2, por la suma de EUROS NOVECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS (€ 903.666,96) y PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRES CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 592.403,89).

Art. 3º — Declárase inadmisible la oferta de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L., para sus ofertas alternativas Nº 1 de los renglones 1, 2, 3, 5, 6 y 7, por las razones expuestas en el Dictamen de Evaluación Nº 44/2011.

Art. 4º — Desestímase la "oferta A" del renglón 4 cotizada por la firma IVECAM S.A. y la oferta básica de la firma CMS SUDAMERICANA S.R.L. del renglón Nº 7, por las razones expuestas en el Dictamen de Evaluación Nº 44/2011.

Art. 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se atenderá con cargo a las partidas específicas de Presupuestos Generales de Gastos para el Ejercicio 2011 y 2012.

Art. 6º — Por la DIRECCION DE PRESUPUESTO, COMPRAS Y CONTRATACIONES, se extenderán las respectivas Ordenes de Compras.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.