MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Disposición Nº 216/2011

Bs. As., 3/8/2011

VISTO el artículo 104 de la Ley 26.571 y el Decreto Reglamentario 445/2011 y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 1 de agosto de 2011 se realizó la reunión del Consejo de Seguimiento de Elecciones Primarias y Nacionales.

Que las Agrupaciones Políticas han informado la necesidad de incorporar al listado definitivo de Servicios de Comunicación Audiovisual a LU 83 TV CANAL 9 de la localidad de Comodoro Rivadavia provincia de Chubut, considerando la amplitud de alcance de la misma como así también la popularidad y convocatoria de televidentes que posee el mencionado canal de televisión.

Que se ha consultado el citado medio acerca de la factibilidad de ser incorporado al presente régimen y la respuesta ha sido afirmativa, consintiendo voluntariamente el ser agregado al mismo asumiendo los respectivos deberes y obligaciones que el marco legal impone a los efectos de la emisión de publicidad electoral.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de competencia.

Que la presente se funda en las atribuciones conferidas por el artículo 24 del Decreto 445 del 14 de abril de 2011.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Incorporar al listado de Servicios de Comunicación Audiovisual a LU 83 TV CANAL 9 de Comodoro Rivadavia (Chubut) y proceder a asignar pauta de anuncios electorales para su emisión a partir de la fecha 4 de agosto de 2011, hasta el cierre de la mencionada campaña.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.

e. 08/08/2011 Nº 97065/11 v. 08/08/2011