Ministerio
del Interior
POLICIA FEDERAL
LEY ORGANICA.- Modifícase el artículo 685 de
la Reglamentación.
DECRETO Nº 6.958
Bs. As. 11/8/61.
VISTO el Expediente Nº 11.785-P-61 por el que la Policía Federal,
solicita la modificación del artículo 685 de la Reglamentación de la
Ley Orgánica de la Policía Federal -Decreto Nº 6.580/58- que establece
un mínimo de un mil quinientos (1.500) pesos moneda nacional y un
máximo de cinco mil (5.000) peso moneda nacional y el máximo a diez mil
(10.000) pesos moneda nacional, y
CONSIDERANDO:
Que con ello se actualizarían las cifras en lo que respecta al real
precio de los servicios fúnebres haciendo más efectiva la ayuda a los
familiares del afiliado fallecido que tengan que hacerse cargo del
sepelio;
Que atento a las erogaciones que demanda dicho incremento, las absorbe
la Dirección Obra Social y Sanidad Policial por intermedio de su
Sección Ayuda Mutua, con fondos propios, lo que no incidiría en el
presupuesto de la Nación.
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º - Modifícase el
artículo 685 de la
Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobado por
Decreto Nº 6.580/58, el que quedará redactado en la siguiente forma:
"685.- En ninguno de los casos previstos en los dos artículos
anteriores, la ayuda para gastos del sepelio podrá ser inferior a cinco
mil pesos moneda nacional (m$n 5.000) ni exceder de diez mil pesos
moneda nacional (m$n 10.000)".
Art. 2º - Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas
y archívese.
FRONDIZI.- Alfredo R. Vítolo.