MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 232/2011

Registros Nº 261/2011 y Nº 262/2011

Bs. As., 17/2/2011

VISTO el Expediente Nº 1.421.273/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/9 y 15/19 obran, respectivamente, dos acuerdos suscriptos entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante los citados acuerdos, los agentes negociales convienen incorporar un grupo de trabajadores dependientes de la empresa COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA a la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme las especificaciones obrantes en su texto, al cual se remite.

Que procede el registro de los acuerdos de marras, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores.

Que los firmantes del acuerdo referido han acreditado la representación que invocan, conforme documentación obrante en esta Dirección Nacional.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Regístrase el acuerdo suscripto entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 7/9 del Expediente Nº 1.421.273/10, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrase el acuerdo suscripto entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 15/19 del Expediente Nº 1.421.273/10, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, vuelvan las actuaciones a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 7/9 y registre el acuerdo obrante a fojas 15/19, ambos del Expediente Nº 1.421.273/10.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos registrados y de esta disposición, las partes deberán proceder conforme lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.421.273/10

Buenos Aires, 21 de febrero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 232/11, se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 7/9 y 15/19 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 261/11 y 262/11 respectivamente. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 12 horas del día 1º de diciembre de 2010, entre la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, representada en este acto por los señores Roberto Carlos FERNANDEZ, Miguel Angel CRISTE y Raúl JERONIMO, y la empresa METROVIAS S.A., representada en este acto por los señores Julio RAMIREZ, Marcelo GRAZIANO y Nicolás OLIVEIRA, se celebra la presente reunión con motivo del acta suscripta el día 14 de marzo de 2008, referida al personal dependiente de la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A., y la petición efectuada por la parte sindical respecto de la viabilidad de incorporar a un grupo de trabajadores de dicha empresa a METROVIAS S.A. para desempeñarse en puestos convencionados en el CCT Nº 384/99 "E".

- Abierto el acto, METROVIAS S.A. comunica que en virtud del compromiso asumido en el acta mencionada precedentemente, de considerar a los trabajadores dependientes de la empresa COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A. para la cobertura de futuras vacantes que se produzcan en la empresa, ello en función de las necesidades de la organización y requerimientos de los puestos a cubrir, resulta viable en la actualidad incorporar a los trabajadores cuya nómina se detalla en el anexo adjunto, para ocupar los puestos que se indica en cada caso. Asimismo, informa a la parte sindical que ha realizado a tales fines las gestiones necesarias ante la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A., que ha prestado su conformidad para efectivizar los traspasos de los empleados incluidos en el anexo.

- Atento lo manifestado por la empresa y luego de un prolongado intercambio de opiniones sobre el particular, las partes ACUERDAN:

1) La incorporación a METROVIAS S.A. de los trabajadores incluidos en el ANEXO que se adjunta y forma parte integrante de este acuerdo, requerirá con carácter inexcusable que en forma previa se haya instrumentado la pertinente cesión del contrato de trabajo de dicho personal, mediante la suscripción de los respectivos acuerdos individuales de cesión, en los términos de los artículos 229 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo. A esos efectos, se requerirá la conformidad expresa y por escrito del personal incluido en el ANEXO adjunto.

2) Los trabajadores cedidos serán incorporados a METROVIAS S.A. para desempeñarse en los puestos que para cada uno de ellos se indica en el ANEXO adjunto, bajo las condiciones laborales y económicas correspondientes a las respectivas categorías laborales en el marco del CCT Nº 384/99 "E".

3) METROVIAS S.A. reconocerá a dichos trabajadores la antigüedad adquirida por su desempeño en la empresa COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A.

4) A partir de su incorporación a METROVIAS S.A., los trabajadores cedidos quedarán sujetos, a todos sus fines y efectos, a las facultades de organización y dirección de METROVIAS S.A., la que determinará en consecuencia los lugares y horarios en que los trabajadores pasarán a cumplir sus nuevas funciones y tareas.

Las partes se comprometen a presentar y ratificar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, solicitando su homologación.

En prueba de conformidad, se suscribe la presente en tres (3) ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha consignados en el encabezamiento.

ANEXO

METROVIAS S.A. - UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR

—Trabajadores de CMS S.A. a ceder a METROVIAS S.A. —

 

Apellido y Nombre

DNI

Puesto a desempeñar

1)

AGÜERO, Ramón

22.314.109

Oficial de vías auxiliar

2)

ARÉVALO, Mario Damián

16.552.540

Auxiliar de estaciones

3)

BENITEZ, Gerónimo

24.855.429

Auxiliar de estaciones

4)

MENNA, Ezequiel

27.627.834

Auxiliar de estaciones

5)

DORNES, José Daniel

27.810.391

Acoplador

6)

FERREYRA, Julio

22.745.469

Auxiliar de estaciones

7)

FIERRO, Daniel

29.854.174

Auxiliar de estaciones

8)

ANAHUE, Julio

16.453.029

Acoplador

9)

GONZALEZ, Juan Carlos

10.894.815

Ayudante múltiple

10)

JUAREZ, Angel

17.489.905

Auxiliar de estaciones

11)

MARTINEZ, Patricio

14.698.110

Auxiliar de estaciones

12)

QUISPE, Cristian

26.568.285

Auxiliar de estaciones

13)

RAMIREZ, Gerardo

27.193.213

Medio oficial oficios varios

14)

RIVAS, Miguel

12.916.358

Ayudante múltiple

15)

RODAS, Sebastián

25.886.205

Medio oficial oficios varios

16)

RODRÍGUEZ, Raúl

26.743.272

Auxiliar de estaciones

17)

TOÑANI, Jorge Darío

25.699.422

Auxiliar de estaciones

18)

VARGAS, Guillermo

18.076.141

Auxiliar de estaciones

19)

VARGAS, Julio

12.908.770

Auxiliar de estaciones

20)

VAZQUEZ, José Oscar

18.127.615

Ayudante múltiple

EXPTE. Nº 1421.273/10

En la Ciudad de Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diez, siendo las 17.40 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL —DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO— ante mí Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el señor Nicolas OLIVEIRA en su calidad de Coordinador General de Recursos Humanos, Gabriel IMPALLARI en su calidad de analista de Recursos Humanos en representación de la empresa METROVIAS S.A. patrocinados por el Dr. Daniel CALABRO, por una parte y por la otra lo hace el señor Raúl Jerónimo Secretario de Acción Social Miguel CRISTE Apoderado Nacional, Cristian Jerónimo, Héctor Hugo PRIETO, Marcelo RAVEL en sus calidades de delegados de la empresa Metrovías en representación de la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR todos con identidad, acreditada en autos.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, ésta procede a ceder el uso de la palabra a ambas partes quienes de común acuerdo y por sí MANIFIESTAN: Que se celebra la presente reunión con el objeto de continuar analizando la viabilidad de implementar nuevas incorporaciones del personal dependiente de la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A. a METROVIAS S.A. y como parte del proceso que se viene desarrollando en el marco del acuerdo suscripto el día 14 de marzo de 2008.

- Iniciada la reunión y en el marco del compromiso asumido en el acta mencionada precedentemente, la Empresa comunica al sector sindical que resulta viable incorporar a los trabajadores que a la fecha se encuentran cumpliendo funciones en la Empresa Metropolitana de Seguridad S.A. Situación que ha sido motivo de reiterados y constantes reclamos por parte de la organización sindical la Unión Tranviarios Automotor lo que viene a resolver la realidad que a la fecha padecieron dichos trabajadores, y dando así cumplimiento a un viejo anhelo de esta entidad sindical. La única nómina de ese personal se detalla en el anexo adjunto pasaran a desempeñarse como Auxiliares de Estaciones, y que por tal motivo ha realizado las gestiones necesarias ante la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A. que ha prestado su conformidad para efectivizar los traspasos de dichos empleados.

- Atento lo manifestado por la Empresa y luego de un prolongado intercambio de opiniones sobre el particular, las partes suscriben el presente ACUERDO:

1) La incorporación a METROVIAS S.A. de los treinta y dos (32) trabajadores incluidos en el ANEXO que se adjunta y forma parte integrante de este acuerdo, requerirá con carácter inexcusable que en forma previa se haya instrumentado la pertinente cesión del contrato de trabajo de dicho personal, mediante la suscripción de los respectivos acuerdos individuales de cesión, en los términos de los artículos 229 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo. A esos efectos, se requerirá la conformidad expresa y por escrito del personal incluido en el ANEXO adjunto.

2) Los trabajadores cedidos serán incorporados a METROVIAS S.A., a razón de dieciséis (16) trabajadores a partir del día 1º de enero de 2011 y los dieciséis (15) trabajadores restantes a partir del día 1º de febrero de 2011, en todos los casos para desempeñarse en el puesto de AUXILIAR DE ESTACIONES, bajo las condiciones laborales y económicas correspondientes a dicha categoría laboral de conformidad con el CCT Nº 384/99 "E", suscripto por METROVIAS S.A. Y LA UNION DE TRANVIARIOS AUTOMOTOR.

3) METROVIAS S.A. reconocerá a dichos trabajadores la antigüedad adquirida por su desempeño en la empresa COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD S.A.

4) A partir de su incorporación a METROVIAS S.A., los trabajadores cedidos quedarán sujetos, a todos sus fines y efectos, a las facultades de organización y dirección de METROVIAS S.A., la que determinará en consecuencia los lugares y horarios en que los trabajadores pasarán a cumplir sus nuevas funciones y tareas.

Las partes ratifican el presente acuerdo en un todo el contenido y firmas, solicitando su homologación.

Siendo las 19.30 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación por ante mí funcionaria que CERTIFICO.

UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR METROVIAS S.A.

ANEXO

METROVIAS S.A. - UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR

a) Trabajadores de CMS S.A. a ceder a METROVIAS S.A. a partir del 01/01/2011:

 

Apellido y Nombre

DNI

Puesto a desempeñar

1)

ALEXANDER, Pablo

23.474.336

Auxiliar de estaciones

2)

ÁVALOS, Juan

18.590.425

Auxiliar de estaciones

3)

AYALA, Alfredo

12.124.832

Auxiliar de estaciones

4)

BACECZKO, Rodolfo

14.695.937

Auxiliar de estaciones

5)

BISSONI, Oscar

8.262.347

Auxiliar de estaciones

6)

CAJAL, Juan

11.877.325

Auxiliar de estaciones

7)

CARDOSO, Carlos

7.800.036

Auxiliar de estaciones

8)

CASTRO, Pablo

27.806.147

Auxiliar de estaciones

9)

CHARRA, Miguel

30.077.264

Auxiliar de estaciones

10)

CHAVEZ, Raimundo

13.325.787

Auxiliar de estaciones

11)

CORBALAN, José

28.170.730

Auxiliar de estaciones

12)

FIRPO, Diego

28.036.762

Auxiliar de estaciones

13)

FUENTES, Jorge

7.785.398

Auxiliar de estaciones

14)

GARCÍA MARQUEZ, Carlos

27.658.799

Auxiliar de estaciones

15)

GODOY, Claudio

16.791.757

Auxiliar de estaciones

16)

HUESO, Martín

24.957.474

Auxiliar de estaciones

b) Trabajadores de CMS S.A. a ceder a METROVIAS S.A. a partir del 01/02/2011

 

Apellido y Nombre

DNI

Puesto a desempeñar

17)

IGLESIAS, José

12.243.949

Auxiliar de estaciones

18)

IRUSTA, Aníbal

12.300.160

Auxiliar de estaciones

19)

JAIME, Donato

11.424.681

Auxiliar de estaciones

20)

MALDONADO, Miguel

11.559.767

Auxiliar de estaciones

21)

NOGUERA, Andrés

26.549.851

Auxiliar de estaciones

22)

PANIAGUA, Claudio

26.044.294

Auxiliar de estaciones

23)

PEREZ AYALA, Juan

20.803.188

Auxiliar de estaciones

24)

RIOS, Rodrigo

29.124.257

Auxiliar de estaciones

25)

RODRIGUEZ, Raúl

26.743.272

Auxiliar de estaciones

26)

ROZA, Guillermo

23.091.833

Auxiliar de estaciones

27)

SANCHEZ, Mario

7.613.387

Auxiliar de estaciones

28)

SANTILLAN, Luis

8.554.838

Auxiliar de estaciones

29)

SANTILLAN, Ricardo

27.118.655

Auxiliar de estaciones

30)

SILVA, Jorge

21.130.668

Auxiliar de estaciones

31)

SOSA, Osvaldo

17.143.908

Auxiliar de estaciones

32)

ZANYK, Pablo

21.727.294

Auxiliar de estaciones