ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 1837/2011

Bs. As., 8/8/2011

VISTO el Expediente N° 15.869 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS N° I/351 del 1° de agosto de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones tramita el procedimiento iniciado para la realización de las tareas de demolición completa del actual edificio del CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA, así como también para realizar el proyecto y construcción completa, terminada y en condiciones de uso de un nuevo edificio para dicho Centro Regional, todo ello de conformidad a lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en el presente procedimiento.

Que las presentes actuaciones se iniciaron con el MEMORANDUM AMP N° 149/10 del 25 de marzo de 2010 (fs. 1 a 35), por medio del cual la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA le solicitó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION de este Organismo que iniciara las gestiones necesarias para construir un nuevo edificio para dicha Agencia.

Que, a tal fin, adjunta como Anexo 1 un detalle conteniendo los TERMINOS DE REFERENCIA, los que incluyen un anteproyecto para su consideración como tal en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

Que en dicho instrumento también se indica que: “Realizadas las consultas con distintas empresas de la zona se estima un costo de obra de aproximadamente $ 750.000.” “Por otro lado, con el objeto de poder lograr lo solicitado, se deberá alquilar temporalmente un lugar para que la agencia siga funcionando por aproximadamente un plazo de ocho a diez meses, período en el cual es estima estaría concretada la obra.” “En tal sentido, se están realizando consultas a distintas inmobiliarias de la zona a la vez que visitando algunos lugares, a los efectos de contar con posibilidades con sus correspondientes costos de alquiler al momento de tener que concretar la selección”.

Que a fs. 36 de autos se encuentra incorporado el MEMORANDUM GA N° 202/2010 del 20 de abril de 2010, mediante el cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION informa a esta INTERVENCION de este Organismo sobre las tramitaciones realizadas y solicita —dada la complejidad de los trabajos a realizar— que instruya la comprobación de planos y los términos de referencia por un Arquitecto especializado en la materia.

Que mediante el MEMORANDUM I/37/2010 del 20 de abril de 2010, esta INTERVENCION instruyó a la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO para que, a través del Arquitecto NORBERTO PEREZ MILANO, analice los términos de referencia y los anteproyectos remitidos por la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA para la obra del nuevo edificio.

Que el análisis solicitado se materializó en el Informe de fecha 3 de mayo de 2010 (fs. 38 a 39).

Que, asimismo, mediante el MEMORANDUM AMP N° 241/10 del 10 de mayo de 2010 (fs. 53 a 56), la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA elevó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION un presupuesto conteniendo las tareas de agrimensura a efectuarse.

Que a fs. 57 se encuentra un informe de fecha 12 de mayo de 2010 conteniendo aclaraciones respecto a las tareas de agrimensura.

Que, por su parte, a través del MEMORANDUM AMP N° 272/10 del 19 de mayo de 2010 (fs. 59 a 61), la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA elevó a la GERENCIA DE ADMINISTRACION dos presupuestos conteniendo las tareas de agrimensura a efectuarse.

Que a fs. 62 obra un informe de fecha 1 de junio de 2010 en el que —entre otras cosas— se indicó en relación a los dos presupuestos antes mencionados que: “Atento a que ambas propuestas satisfacen los requerimientos técnicos, se sugiere la adjudicación de las tareas a favor del Estudio de Agrimensura Zappacosta & Asociados, quien cotizó la realización de los siguientes tareas: Medición y marcación de la parcela; Confección del respectivo Certificado de Deslinde y Amojonamiento; Envío vía correo electrónico del cad; Determinación de la cota de la parcela (a partir de la medición de niveles), omitiendo, en su caso, la realización de la constitución del estado parcelario la cual no fuera requerida. Determina los requisitos necesarios para la realización del trámite y solicita el pago de un 50% de anticipo y el resto a la entrega de la documentación total, estimando la entrega en 20 días”.

Que por MEMORANDUM AMP N° 328/10 del 10 de junio de 2010 (fs. 63 a 65), la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA remitió a la GERENCIA DE ADMINISTRACION el Certificado de Deslinde y Amojonamiento y la factura de honorarios de la Arquitecta PATRICIA LUCIA ZAPPACOSTA, en tanto que mediante el MEMORANDUM AMP N° 360 del 25 de junio de 2010 (fs. 66 a 70) la citada agencia envió TRES (3) originales del Certificado de Deslinde y Amojonamiento sellados por el Municipio de GENERAL PUEYRREDON y copia de la factura por el resto de los honorarios de la mencionada profesional.

Que, por su parte, fs. 71 a 79 obra un Informe de fecha 25 de junio de 2010 mediante el cual se acompaña a autos dos anteproyectos para la realización de la obra en cuestión.

Que a fs. 80 a 81 se encuentra incorporado el MEMORANDUM AMP N° 432/10 del 19 de julio de 2010, por medio del cual la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA efectúa los comentarios relacionados con los dos anteproyectos puestos a su consideración.

Que a fs. 82 a 84 se halla glosado otro Informe de fecha 13 de septiembre de 2010, agregando un anteproyecto compuesto de dos esquemas relacionados con la obra que motiva las presentes actuaciones.

Que mediante el MEMORANDUM AMP N° 594/10 del 24 de septiembre de 2010 la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA informa a la GERENCIA DE ADMINISTRACION que ha analizado la alternativa 4 del anteproyecto de la referencia.

Que a través del MEMORANDUMGA N° 475/2010 del 12 de octubre de 2010 (fs. 87), la GERENCIA DE ADMINISTRACION indicó a la GERENCIA DE REGIONES que: “...a los efectos de continuar con el análisis de factibilidad de la obra en cuestión, resulta necesario contar con un informe de tasación del inmueble sito en la calle Córdoba N° 2442, sede de la Agencia Regional Mar del Plata.” “Al respecto, el inmueble consta, según mensura elaborada por la Agrimensora Patricia Zappacosta de una superficie total de 195,02 m2”. “A tales efectos, las gestiones deberán efectuarse por ante empresas inmobiliarias y/o profesionales idóneos de esa localidad”.

Que, asimismo, por NOTA ENRG/GA N° 11.881 del 12 de octubre de 2010, este Organismo requirió al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION que elabore un informe referente al valor de venta del inmueble sito en calle CORDOBA 2442 de la ciudad de MAR DEL PLATA, adjuntándole una copia de la mensura llevada a cabo y del plano constructivo del local.

Que por NOTA TT N° 3651 del 29 de octubre de 2010 (fs. 89), el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION informó a este Organismo quién iba a ser el encargado de la realización de la tasación requerida y solicitó un importe en concepto de viáticos y otro para gastos eventuales.

Que, asimismo, mediante la NOTA TT N° 4036 del 30 de noviembre de 2010 (fs. 90), el mencionado Tribunal informó que se había realizado la tasación, materializándose los gastos de conformidad a lo indicado en su anterior nota, en tanto que por NOTA TT N° 4049 del 2 de diciembre de 2010, informó que la tasación del inmueble en cuestión, ascendía a la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000,00).

Que a través del MEMORANDUM AMP N° 751/10 del 10 de diciembre de 2010 (fs. 92 a 102) la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA envió a la GERENCIA DE ADMINISTRACION la tasación del inmueble realizada por dos inmobiliarias de la zona.

Que a fs. 103 a 105 se encuentra glosado el MEMORANDUM GA N° 78/11 del 3 de marzo de 2011, por medio del cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION envió a la GERENCIA DE REGIONES dos anteproyectos (alternativa 4b) elaborados por el Arquitecto designado por esta INTERVENCION, aclarando que dichos anteproyectos complementan los ya elaborados y oportunamente tratados en conjunto con esa Gerencia y con el CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA, volcando en ellos las recomendaciones y observaciones esgrimidas.

Que a fs. 106 a 110 se encuentra incorporado el MEMORANDUM GR/CRMP N° 082/2011 del 9 de febrero de 2011 mediante el cual el CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA indica a la GERENCIA DE ADMINISTRACION que envía una síntesis de los relevamientos realizados en cuanto a la búsqueda de una propiedad alternativa a la existente para dicho Centro.

Que a fs. 112 obra el MEMORANDUM GR N° 110/2011 del 18 de abril de 2011, por medio del cual la GERENCIA DE REGIONES solicita a la GERENCIA DE ADMINISTRACION que efectúe una modificación en relación al anteproyecto 4b glosado al MEMORANDUM GA N° 78/11.

Que, así las cosas, a través del MEMORANDUM GA N° 284/2011 del 24 de junio de 2011 (fs. 113 a 248), la GERENCIA DE ADMINISTRACION hizo conocer a la GERENCIA DE REGIONES “...el proyecto preliminar de los Anexos A, B y C que acompañarán al Pliego de Bases y Condiciones Particulares definitivo que regirá en el llamado a Concurso Público para la demolición completa del actual edificio del Centro Regional Mar del Plata, así como el proyecto y construcción completa, terminada y en condiciones de uso, de un nuevo edificio para el mismo Centro Regional” acotando que: “...también solicitamos que esa Gerencia efectúe las consideraciones y observaciones que estime corresponder, previo a la conformación del texto definitivo”.

Que, en respuesta, la GERENCIA DE REGIONES elaboró el MEMORANDUM G.R./D.T.I. N° 068/2011 del 20 de julio de 2011 (fs. 249 a 284), con los comentarios y observaciones pertinentes relacionados con el instrumento que se le dio a conocer mediante el MEMORANDUM GA N° 284/2011 del 24 de junio de 2011.

Que a través del INFORME GA-MANTENIMIENTO N° 46/2011 del 26 de julio de 2011 el SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES dio traslado de las actuaciones al SECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIONES —ambos dependientes de la GERENCIA DE ADMINISTRACION—, el que contiene los Anexos A, B, C y D que acompañarán al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en este procedimiento de contratación, e informó que el costo estimado de las obras ascenderá a la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 750.000,00).

Que a fs. 286 a 288 se encuentra incorporada la Solicitud de Gastos Constancia de. Afectación Preventiva correspondiente al presente procedimiento de contratación.

Que, asimismo, fs. 289 obra el MEMORANDUM ACyC N° 118/2011 del 26 de julio de 2011 por el cual el AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES solicitó al AREA DE PRESUPUESTO que “...informe si existe crédito para afrontar el gasto de la referencia por un importe estimado de $ 750.000,00 (Pesos setecientos cincuenta mil)”.

Que el AREA DE PRESUPUESTO respondió que existe crédito para afrontar el gasto, mediante el MEMORANDUM Presupuesto N° 88/11 del 26 de julio de 2011 (fs. 290) y que el importe será imputado en la partida 4.2.1.

Que, finalmente, a fs. 291 a 406 se encuentra incorporado un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esta contratación.

Que cabe resaltar que el artículo 22 (MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS) del Decreto N° 436/2000 establece en su inciso c) que cuando los contratos superen los PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) corresponde imprimir al trámite el procedimiento de Licitación o Concurso Público.

Que como el monto total estimado de la contratación bajo análisis supera este monto, corresponde que se le imprima el procedimiento de Concurso Público.

Que, ahora bien, analizado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, no surgen observaciones que realizar, por lo que resulta pertinente su aprobación.

Que no existiendo observaciones para que se imprima al presente, el procedimiento de Concurso Público, corresponde instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de un plazo razonable, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente. Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007, 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010 y 692/2011.

Por ello

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar la convocatoria a Concurso Público N° 05/2011 cuyo objeto es la realización de las tareas de demolición completa del actual edificio del CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA, así como también para realizar el proyecto y construcción completa, terminada y en condiciones de uso de un nuevo edificio para dicho Centro Regional, todo ello de conformidad a lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en el presente procedimiento.

ARTICULO 2° — Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, que como Anexo integra la presente.

ARTICULO 3° — Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de notificada la presente, implemente todas las medidas procedimentales establecidas en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres, en los términos de la citada normativa.

ARTICULO 4° — Notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 18/08/2011N°101461/11v.18/08/2011