ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución N° 1837/2011
Bs. As., 8/8/2011
VISTO el Expediente N° 15.869 del
Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en
los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS N° I/351
del 1° de agosto de 2008 y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita el procedimiento iniciado para
la realización de las tareas de demolición completa del actual edificio
del CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA, así como también para realizar el
proyecto y construcción completa, terminada y en condiciones de uso de
un nuevo edificio para dicho Centro Regional, todo ello de conformidad
a lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que
regirá en el presente procedimiento.
Que las presentes actuaciones se iniciaron con el MEMORANDUM AMP N°
149/10 del 25 de marzo de 2010 (fs. 1 a 35), por medio del cual la
entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA le solicitó a la GERENCIA DE
ADMINISTRACION de este Organismo que iniciara las gestiones necesarias
para construir un nuevo edificio para dicha Agencia.
Que, a tal fin, adjunta como Anexo 1 un detalle conteniendo los
TERMINOS DE REFERENCIA, los que incluyen un anteproyecto para su
consideración como tal en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
Que en dicho instrumento también se indica que: “Realizadas las
consultas con distintas empresas de la zona se estima un costo de obra
de aproximadamente $ 750.000.” “Por otro lado, con el objeto de poder
lograr lo solicitado, se deberá alquilar temporalmente un lugar para
que la agencia siga funcionando por aproximadamente un plazo de ocho a
diez meses, período en el cual es estima estaría concretada la obra.”
“En tal sentido, se están realizando consultas a distintas
inmobiliarias de la zona a la vez que visitando algunos lugares, a los
efectos de contar con posibilidades con sus correspondientes costos de
alquiler al momento de tener que concretar la selección”.
Que a fs. 36 de autos se encuentra incorporado el MEMORANDUM GA N°
202/2010 del 20 de abril de 2010, mediante el cual la GERENCIA DE
ADMINISTRACION informa a esta INTERVENCION de este Organismo sobre las
tramitaciones realizadas y solicita —dada la complejidad de los
trabajos a realizar— que instruya la comprobación de planos y los
términos de referencia por un Arquitecto especializado en la materia.
Que mediante el MEMORANDUM I/37/2010 del 20 de abril de 2010, esta
INTERVENCION instruyó a la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO para que,
a través del Arquitecto NORBERTO PEREZ MILANO, analice los términos de
referencia y los anteproyectos remitidos por la entonces AGENCIA
REGIONAL MAR DEL PLATA para la obra del nuevo edificio.
Que el análisis solicitado se materializó en el Informe de fecha 3 de mayo de 2010 (fs. 38 a 39).
Que, asimismo, mediante el MEMORANDUM AMP N° 241/10 del 10 de mayo de
2010 (fs. 53 a 56), la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA elevó a
la GERENCIA DE ADMINISTRACION un presupuesto conteniendo las tareas de
agrimensura a efectuarse.
Que a fs. 57 se encuentra un informe de fecha 12 de mayo de 2010 conteniendo aclaraciones respecto a las tareas de agrimensura.
Que, por su parte, a través del MEMORANDUM AMP N° 272/10 del 19 de mayo
de 2010 (fs. 59 a 61), la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA elevó
a la GERENCIA DE ADMINISTRACION dos presupuestos conteniendo las tareas
de agrimensura a efectuarse.
Que a fs. 62 obra un informe de fecha 1 de junio de 2010 en el que
—entre otras cosas— se indicó en relación a los dos presupuestos antes
mencionados que: “Atento a que ambas propuestas satisfacen los
requerimientos técnicos, se sugiere la adjudicación de las tareas a
favor del Estudio de Agrimensura Zappacosta & Asociados, quien
cotizó la realización de los siguientes tareas: Medición y marcación de
la parcela; Confección del respectivo Certificado de Deslinde y
Amojonamiento; Envío vía correo electrónico del cad; Determinación de
la cota de la parcela (a partir de la medición de niveles), omitiendo,
en su caso, la realización de la constitución del estado parcelario la
cual no fuera requerida. Determina los requisitos necesarios para la
realización del trámite y solicita el pago de un 50% de anticipo y el
resto a la entrega de la documentación total, estimando la entrega en
20 días”.
Que por MEMORANDUM AMP N° 328/10 del 10 de junio de 2010 (fs. 63 a 65),
la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA remitió a la GERENCIA DE
ADMINISTRACION el Certificado de Deslinde y Amojonamiento y la factura
de honorarios de la Arquitecta PATRICIA LUCIA ZAPPACOSTA, en tanto que
mediante el MEMORANDUM AMP N° 360 del 25 de junio de 2010 (fs. 66 a 70)
la citada agencia envió TRES (3) originales del Certificado de Deslinde
y Amojonamiento sellados por el Municipio de GENERAL PUEYRREDON y copia
de la factura por el resto de los honorarios de la mencionada
profesional.
Que, por su parte, fs. 71 a 79 obra un Informe de fecha 25 de junio de
2010 mediante el cual se acompaña a autos dos anteproyectos para la
realización de la obra en cuestión.
Que a fs. 80 a 81 se encuentra incorporado el MEMORANDUM AMP N° 432/10
del 19 de julio de 2010, por medio del cual la entonces AGENCIA
REGIONAL MAR DEL PLATA efectúa los comentarios relacionados con los dos
anteproyectos puestos a su consideración.
Que a fs. 82 a 84 se halla glosado otro Informe de fecha 13 de
septiembre de 2010, agregando un anteproyecto compuesto de dos esquemas
relacionados con la obra que motiva las presentes actuaciones.
Que mediante el MEMORANDUM AMP N° 594/10 del 24 de septiembre de 2010
la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA informa a la GERENCIA DE
ADMINISTRACION que ha analizado la alternativa 4 del anteproyecto de la
referencia.
Que a través del MEMORANDUMGA N° 475/2010 del 12 de octubre de 2010
(fs. 87), la GERENCIA DE ADMINISTRACION indicó a la GERENCIA DE
REGIONES que: “...a los efectos de continuar con el análisis de
factibilidad de la obra en cuestión, resulta necesario contar con un
informe de tasación del inmueble sito en la calle Córdoba N° 2442, sede
de la Agencia Regional Mar del Plata.” “Al respecto, el inmueble
consta, según mensura elaborada por la Agrimensora Patricia Zappacosta
de una superficie total de 195,02 m2”. “A tales efectos, las gestiones
deberán efectuarse por ante empresas inmobiliarias y/o profesionales
idóneos de esa localidad”.
Que, asimismo, por NOTA ENRG/GA N° 11.881 del 12 de octubre de 2010,
este Organismo requirió al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION que
elabore un informe referente al valor de venta del inmueble sito en
calle CORDOBA 2442 de la ciudad de MAR DEL PLATA, adjuntándole una
copia de la mensura llevada a cabo y del plano constructivo del local.
Que por NOTA TT N° 3651 del 29 de octubre de 2010 (fs. 89), el TRIBUNAL
DE TASACIONES DE LA NACION informó a este Organismo quién iba a ser el
encargado de la realización de la tasación requerida y solicitó un
importe en concepto de viáticos y otro para gastos eventuales.
Que, asimismo, mediante la NOTA TT N° 4036 del 30 de noviembre de 2010
(fs. 90), el mencionado Tribunal informó que se había realizado la
tasación, materializándose los gastos de conformidad a lo indicado en
su anterior nota, en tanto que por NOTA TT N° 4049 del 2 de diciembre
de 2010, informó que la tasación del inmueble en cuestión, ascendía a
la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000,00).
Que a través del MEMORANDUM AMP N° 751/10 del 10 de diciembre de 2010
(fs. 92 a 102) la entonces AGENCIA REGIONAL MAR DEL PLATA envió a la
GERENCIA DE ADMINISTRACION la tasación del inmueble realizada por dos
inmobiliarias de la zona.
Que a fs. 103 a 105 se encuentra glosado el MEMORANDUM GA N° 78/11 del
3 de marzo de 2011, por medio del cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION
envió a la GERENCIA DE REGIONES dos anteproyectos (alternativa 4b)
elaborados por el Arquitecto designado por esta INTERVENCION, aclarando
que dichos anteproyectos complementan los ya elaborados y oportunamente
tratados en conjunto con esa Gerencia y con el CENTRO REGIONAL MAR DEL
PLATA, volcando en ellos las recomendaciones y observaciones esgrimidas.
Que a fs. 106 a 110 se encuentra incorporado el MEMORANDUM GR/CRMP N°
082/2011 del 9 de febrero de 2011 mediante el cual el CENTRO REGIONAL
MAR DEL PLATA indica a la GERENCIA DE ADMINISTRACION que envía una
síntesis de los relevamientos realizados en cuanto a la búsqueda de una
propiedad alternativa a la existente para dicho Centro.
Que a fs. 112 obra el MEMORANDUM GR N° 110/2011 del 18 de abril de
2011, por medio del cual la GERENCIA DE REGIONES solicita a la GERENCIA
DE ADMINISTRACION que efectúe una modificación en relación al
anteproyecto 4b glosado al MEMORANDUM GA N° 78/11.
Que, así las cosas, a través del MEMORANDUM GA N° 284/2011 del 24 de
junio de 2011 (fs. 113 a 248), la GERENCIA DE ADMINISTRACION hizo
conocer a la GERENCIA DE REGIONES “...el proyecto preliminar de los
Anexos A, B y C que acompañarán al Pliego de Bases y Condiciones
Particulares definitivo que regirá en el llamado a Concurso Público
para la demolición completa del actual edificio del Centro Regional Mar
del Plata, así como el proyecto y construcción completa, terminada y en
condiciones de uso, de un nuevo edificio para el mismo Centro Regional”
acotando que: “...también solicitamos que esa Gerencia efectúe las
consideraciones y observaciones que estime corresponder, previo a la
conformación del texto definitivo”.
Que, en respuesta, la GERENCIA DE REGIONES elaboró el MEMORANDUM
G.R./D.T.I. N° 068/2011 del 20 de julio de 2011 (fs. 249 a 284), con
los comentarios y observaciones pertinentes relacionados con el
instrumento que se le dio a conocer mediante el MEMORANDUM GA N°
284/2011 del 24 de junio de 2011.
Que a través del INFORME GA-MANTENIMIENTO N° 46/2011 del 26 de julio de
2011 el SECTOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES dio traslado de
las actuaciones al SECTOR DE COMPRAS Y CONTRATACIONES —ambos
dependientes de la GERENCIA DE ADMINISTRACION—, el que contiene los
Anexos A, B, C y D que acompañarán al PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES que regirá en este procedimiento de contratación, e
informó que el costo estimado de las obras ascenderá a la suma de PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 750.000,00).
Que a fs. 286 a 288 se encuentra incorporada la Solicitud de Gastos
Constancia de. Afectación Preventiva correspondiente al presente
procedimiento de contratación.
Que, asimismo, fs. 289 obra el MEMORANDUM ACyC N° 118/2011 del 26 de
julio de 2011 por el cual el AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES solicitó
al AREA DE PRESUPUESTO que “...informe si existe crédito para afrontar
el gasto de la referencia por un importe estimado de $ 750.000,00
(Pesos setecientos cincuenta mil)”.
Que el AREA DE PRESUPUESTO respondió que existe crédito para afrontar
el gasto, mediante el MEMORANDUM Presupuesto N° 88/11 del 26 de julio
de 2011 (fs. 290) y que el importe será imputado en la partida 4.2.1.
Que, finalmente, a fs. 291 a 406 se encuentra incorporado un ejemplar
del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esta
contratación.
Que cabe resaltar que el artículo 22 (MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS)
del Decreto N° 436/2000 establece en su inciso c) que cuando los
contratos superen los PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) corresponde
imprimir al trámite el procedimiento de Licitación o Concurso Público.
Que como el monto total estimado de la contratación bajo análisis
supera este monto, corresponde que se le imprima el procedimiento de
Concurso Público.
Que, ahora bien, analizado el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES, no surgen observaciones que realizar, por lo que resulta
pertinente su aprobación.
Que no existiendo observaciones para que se imprima al presente, el
procedimiento de Concurso Público, corresponde instruir a la GERENCIA
DE ADMINISTRACION para que dentro de un plazo razonable, implemente
todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y
establezca lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de
Sobres.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.
Que la presente. Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación
impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del
Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007, 1646/2007; 953/2008;
2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010 y 692/2011.
Por ello
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la convocatoria a Concurso Público N° 05/2011
cuyo objeto es la realización de las tareas de demolición completa del
actual edificio del CENTRO REGIONAL MAR DEL PLATA, así como también
para realizar el proyecto y construcción completa, terminada y en
condiciones de uso de un nuevo edificio para dicho Centro Regional,
todo ello de conformidad a lo establecido en el PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARTICULARES que regirá en el presente procedimiento.
ARTICULO 2° — Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, que como Anexo integra la presente.
ARTICULO 3° — Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro
de los CINCO (5) días de notificada la presente, implemente todas las
medidas procedimentales establecidas en la normativa aplicable y fije
lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres, en
los términos de la citada normativa.
ARTICULO 4° — Notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO,
Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar
e. 18/08/2011N°101461/11v.18/08/2011