AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 90/2011
Apruébase el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 2008.
Bs. As., 16/8/2011
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, las instrucciones impartidas por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS en relación con el proyecto de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 24 de la Ley mencionada en el VISTO establece que la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR confeccionará anualmente un proyecto de presupuesto general de gastos que será publicado y el cual se le dará vista a los sujetos obligados al pago de tasa regulatoria prevista en el Artículo 26 de esa Ley, quienes podrán formular objeciones fundadas dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles de tal publicación.
Que los niveles presupuestarios informados por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en relación con la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2012, asignados a esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR por la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, fueron distribuidos a nivel de inciso respetando la fuente de financiamiento, en la forma más adecuada para mantener la capacidad operativa de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Que también el Artículo 26 de la referida Ley, fija que los licenciatarios de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Administración Nacional.
Que para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 24 de la Ley citada anteriormente, se hace necesario aprobar y dar a conocer el proyecto de presupuesto general de gastos para el ejercicio 2012 de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR.
Que el Directorio consideró el referido proyecto de presupuesto general de gastos y el monto de la tasa regulatoria a proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Por ello y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 22 inciso d), 24 y 26 de la Ley Nº 24.804.
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
Artículo 1º — Aprobar el proyecto de presupuesto general de gastos y la estimación de recursos para el ejercicio 2012 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, según el siguiente detalle:
INCISO |
MONTO ($) |
Inciso 1 - Gastos en Personal |
71.593.000 |
Inciso 2 - Bienes de Consumo |
4.388.000 |
Inciso 3 - Servicios No Personales |
65.941.000 |
Inciso 4 - Bienes de Uso |
40.454.000 |
Inciso 5 - Transferencias al Exterior |
11.361.000 |
Inciso 5 - Transferencias – Becas |
1.900.000 |
Inciso 9 - Erogaciones Figurativas |
1.900.000 |
TOTAL |
197.537.000 |
RECURSOS |
|
Aportes del Tesoro Nacional |
128.120.000 |
Recursos Propios |
65.415.000 |
Transferencias Externas |
4.002.000 |
TOTAL |
197.537.000 |
Art. 2º — Fijar la distribución del proyecto de presupuesto general de gastos señalado en el Artículo 1º, por Actividades y Proyectos según detalles que como Anexo forma parte integrante de esta Resolución.
Art. 3º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL, que el monto total de la tasa regulatoria para el ejercicio 2012 sea de PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL ($ 65.415.000.-) que se integrarán de conformidad a lo establecido en los Artículos 4º), 5º) y 6º) de la presente Resolución.
Art. 4º — Establecer que la Empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA) deberá abonar la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 16.700.000.-), en concepto de tasa regulatoria para la Operación de las Centrales Nucleares Atucha I (CNA I) y Embalse (CNE), cuyo cálculo surge de la aplicación del Artículo 26 de la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804; de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 3.360.000.-), en concepto de tasa regulatoria para Licenciamiento de Construcción de la Cuarta Central Nuclear y de PESOS TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL ($ 31.760.000.-), en concepto de tasa regulatoria para el Licenciamiento de Construcción de la Central Nuclear Atucha II (CNA II).
Art. 5º — Establecer que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA) deberá abonar la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL ($ 6.208.000.-), en concepto de tasa regulatoria para el Licenciamiento de Construcción del Reactor CAREM.
Art. 6º — Establecer que los restantes licenciatarios y usuarios de material radiactivo deberán abonar la suma de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 7.387.000.-), en concepto de tasa regulatoria operativa, considerando para su cálculo lo establecido en el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección.
Art. 7º — Proponer al PODER EJECUTIVO NACIONAL que el valor de la Hora Regulatoria que resulta de lo establecido en el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección vigente para el ejercicio 2012, sea igual a PESOS TRESCIENTOS VEINTITRES POR HORA REGULATORIA (323 $/Hora Regulatoria).
Art. 8º — Comuníquese lo actuado a la SECRETARIA GENERAL, a la UNIDAD DE PLANIFICACION Y PROSPECTIVA y a la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS. Dése, en cumplimiento del Artículo 24 de la Ley Nº 24.804 a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA. Archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Franciso Spano.
ANEXO A LA RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 90/11
DENOMINACION |
INCISO 1 GASTOS EN PERSONAL |
INCISO 2 BIENES DE CONSUMO |
INCISO 3 SERVICIOS NO PERSONALES |
INCISO 4 BIENES DE USO |
INCISO 5 BECAS |
INCISO 5 TRANSF. EXT |
INCISO 9. EROG. FIGURATIVAS |
TOTAL |
1.- TAREAS REGULATORIAS |
39.999.867 |
2.618.223 |
45.620.855 |
6.057.987 |
881.679 |
94.177.611 |
||
1.1.- INSPECCIONES REGULATORIAS |
19.188.209 |
116.952 |
1.735.040 |
1.239.992 |
143.525 |
22.423.708 |
||
- A REACTORES DE POTENCIA E INVESTIGACION |
4.958.291 |
21200 |
660.000 |
15.000 |
0 |
5.654.491 |
||
- A INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE |
3.279.453 |
33500 |
268.500 |
951.000 |
75.179 |
4.607.632 |
||
- A INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III |
5.321.519 |
24500 |
379.500 |
101.322 |
68.346 |
5.895.187 |
||
- DE SALVAGUARDIAS |
4.371.426 |
37500 |
303.000 |
152.500 |
0 |
4.864.426 |
||
- DE SEGURIDAD FISICA DE PRACTICAS |
1.257.519 |
252 |
124.040 |
20.160 |
0 |
1.401.971 |
||
1.2.- ANALISIS Y EVALUACIONES DE REACTORES NUCLEARES |
7.366.438 |
57555 |
41.095.015 |
168.000 |
403.260 |
49.090.268 |
||
1.3.- TAREAS DE APOYO A LAS INSPECCIONES REGULATORIAS (TRABAJOS EN LABORATORIO) |
9.554.456 |
1731016 |
2.474.800 |
3.116.005 |
300.721 |
17.176.998 |
||
1.4.- INTERVENCION EN EMERGENCIAS RADIOLOGICAS |
2.889.764 |
712700 |
316.000 |
1.534.000 |
34.173 |
5.486.637 |
||
2.- ASUNTOS NUCLEARES Y COMUNICACION INSTITUCIONAL |
4.051.507 |
28000 |
1.010.416 |
39.200 |
239.210 |
11.361.000 |
16.729.333 |
|
3.- TRATADO DE PROHIBICION COMPLETA DE ENSAYOS NUCLEARES (CTBT) |
1.282.798 |
208000 |
825.000 |
822.050 |
68.346 |
3.206.194 |
||
4.- INFRAESTRUCTURA SEDE CENTRAL Y EZEIZA |
2.386.325 |
1179269 |
8.226.219 |
1.105.081 |
34.173 |
1.900.000 |
14.831.067 |
|
5.- TAREAS TECNICAS DE DIRECCION, GESTION Y APOYO (INCLUYE ADMINISTRACION Y COMPRA EDIFICIO) |
24.873.502 |
354508 |
10.258.510 |
32.429.682 |
676.592 |
68.592.794 |
||
TOTAL PRESUPUESTO ARN 2012 |
||||||||
71.593.000 |
4.388.000 |
65.941.300 |
40.454.000 |
1.900.000 |
11.361.000 |
1.900.000 |
197.537.000 |