MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 120/2011

Registro Nº 296/2011

Bs. As., 1/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1.359.673/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO —SANTA FE—, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 49 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 993/08 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el presente Acuerdo, las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria al personal comprendido en las categorías ING, A, B, C, D, y E no remunerativa y por única vez, en los términos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus personerías gremiales.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO —SANTA FE—, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES y la empresa LITORAL GAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.359.673/09, ratificado por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a foja 49 del Expediente Nº 1.359.673/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.359.673/09 y la ratificación realizada a foja 49 del Expediente Nº 1.359.673/09 por la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Luego, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 993/08 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.359.673/09

Buenos Aires, 3 de marzo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 120/11, se ha tomado razón del acuerdo y su ratificación obrante a fojas 2 y 49 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 296/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, Departamento Coordinación, D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL

En la ciudad de Rosario a los 18 días del mes de noviembre del año 2009 se reúnen, constituyendo la Comisión Paritaria Permanente instituida en el artículo 9 del Convenio Colectivo de Trabajo, los representantes de los Sindicatos de Trabajadores de la Industria del Gas Natural, Derivados y Afines de Rosario y de Santa Fe, Sres. Roberto Reyes y Faustino Pereira con los representantes de Litoral Gas S.A., Sres. Conrado Bianchi y Aníbal Paradiso, para declarar que las partes, luego de analizar el pedido de una ayuda económica efectuado por la representación gremial debido a la pérdida del poder adquisitivo del salario por el incremento del costo de vida producido en los últimos meses, han acordado lo expresado en los siguientes puntos.

1. Que la empresa otorgará al personal comprendido en las categorías ING, A, B, C, D y E del CCT una gratificación extraordinaria, no remunerativa y por única vez de $ 400.-, $ 500.-, $ 550.-, $ 600.-, $ 650.- y $ 700.-, respectivamente a cada categoría.

2. Que la Gratificación Extraordinaria indicada en el punto anterior se abonará en oportunidad de liquidarse la remuneración correspondiente al mes de noviembre 2009.

3. Que se solicitará la correspondiente homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, quedando expresamente aclarado que por tratarse de un monto no remunerativo no corresponde aplicar las cargas sociales ni calcular el SAC y el Plus Vacacional sobre el mismo.

4. También queda acordado que la presente Gratificación Excepcional absorberá hasta su total concurrencia todo incremento que, bajo cualquier concepto, pueda establecer el Gobierno Nacional durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año.

5. En muestra de conformidad a lo anteriormente expresado y dentro del marco de la buena voluntad y predisposición existente entre las partes, firman la presente los Sres. Conrado Bianchi y Aníbal Paradiso por el sector empleador y los Sres. Roberto Reyes y Faustino Pereira por la representación sindical.

EXPEDIENTE Nº 1.359.673/09

En la Ciudad de Buenos Aires, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diez, siendo las 19:45 horas comparece espontáneamente al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, ante la Sra. Secretaria de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Contadora Isabel FRANCO, la Dra. María Florencia ALONSO, en carácter de Apoderado de la FEDERACION DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, conforme poder cuya copia adjunta a estos actuados.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, se concede la palabra al compareciente, que manifiesta: Que toma conocimiento del acta acuerdo obrante a fojas 2 de las presentes actuaciones suscripta entre los SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES DE ROSARIO y SINDICATO DEL PERSONAL DE GAS DEL ESTADO - SANTA FE y la empresa LITORAL GAS S.A., ratificando la misma en todos sus términos, solicitando su homologación.

No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando la compareciente de conformidad y para constancia, ante mí, funcionaria actuante, que CERTIFICO.