Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 535/2011
Apruébase el Plan de Acción y
Presupuesto para el Ejercicio 2011 de Administración de
Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado.
Bs. As., 30/8/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0356915/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 formulado por la
ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO,
actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4
de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Plan
de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 de ADMINISTRACION DE
INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que integran la
presente resolución, respectivamente.
Art. 2º — Estímanse en la suma
de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 39.600.000), los
ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DOS ($
59.494.602) los gastos de operación, y como consecuencia de ello
apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en
PESOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS
DOS ($ 19.894.602) de acuerdo al detalle que figura en las Planillas
del Anexo II que integran la presente resolución.
Art. 3º — Estímanse en la suma
de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($
99.287.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS
CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS DOS ($ 59.494.602) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado
en PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 39.792.398), de acuerdo con el detalle
que figura en las Planillas del Anexo II que integran la presente
resolución.
Art. 4º — Estímanse en la suma
de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($
2.696.500.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS
DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN
MIL CUATROCIENTOS DOS ($ 2.735.351.402) los gastos de capital, y como
consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico
establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el
Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2011 en PESOS
NOVECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 940.996), de
acuerdo con el detalle obrante en las Planillas del Anexo II que
integran la presente resolución.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.
NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede
ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar