Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 535/2011

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado.

Bs. As., 30/8/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0356915/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 formulado por la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2011 de ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que integran la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 39.600.000), los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DOS ($ 59.494.602) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DOS ($ 19.894.602) de acuerdo al detalle que figura en las Planillas del Anexo II que integran la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL ($ 99.287.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DOS ($ 59.494.602) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 39.792.398), de acuerdo con el detalle que figura en las Planillas del Anexo II que integran la presente resolución.

Art. 4º — Estímanse en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.696.500.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS ($ 2.735.351.402) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2011 en PESOS NOVECIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 940.996), de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas del Anexo II que integran la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.

NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar