AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1169/2011

Registro de Entidades. Conformación del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.

Bs. As., 2/9/2011

VISTO el Expediente Nº 1911/11 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y;

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 1º de la Resolución Nº 0783-COMFER/09 se creó el REGISTRO DE ENTIDADES para la conformación del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que el artículo 12 del acto administrativo prenotado estableció que “El Registro creado en el artículo 1º de la presente deberá abrirse TREINTA (30) días hábiles antes del vencimiento de los mandatos. En esa oportunidad se procederá a actualizar la nomina de entidades de representación sectorial que participan en la designación de representantes de su sector...”.

Que mediante actuación agregada al expediente del Visto, el Presidente del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL ha informado que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 26.522, corresponde convocar a las entidades que agrupan a los prestadores con y sin fines de lucro que prestan servicios de comunicación audiovisual y posean un mínimo de dos años de inscriptas y a las entidades sindicales de trabajadores de los medios de comunicación, a través de sus federaciones y/o confederaciones nacionales, para inscribirse en el REGISTRO DE ENTIDADES señalado, a fin de conformar su nueva integración que comenzará a regir a partir del 9 de noviembre de 2011.

Que en tal situación solicita a esta AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL se difunda la convocatoria a los fines señalados en el considerando precedente, a través de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el término de ley.

Que consecuentemente, estímase necesario acceder a la petición de que se trata, disponiendo la publicación del Anexo I que forma parte de la presente.

Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 12 y 5.25 del Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución Nº 312-AFSCA/10.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS
DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

Artículo 1º — Difúndase el Anexo I de la presente en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con el objeto de actualizar el REGISTRO DE ENTIDADES creado por el artículo 1º de la Resolución Nº 0783-COMFER/09, para la nueva conformación del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese por el término de 1 (UN) día en el BOLETIN OFICIAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, ARCHIVESE. — Juan G. Mariotto.

ANEXO I

El Consejo Federal de Comunicación Audiovisual convoca a las entidades que agrupan a los prestadores de servicios de comunicación audiovisual con y sin fines de lucro y a las entidades sindicales de trabajadores de los medios de comunicación, a través de sus federaciones y/o confederaciones nacionales, a inscribirse en el Registro de Entidades, a fin de conformar el CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, a partir del 9 de noviembre de 2011. Las inscripciones se recibirán en mesa de entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, sita en la calle Suipacha 765 - Piso 3º - de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 23 de septiembre de 2011 y deberán ser acompañadas con la siguiente documentación certificada:

- Prestadores Privados con y sin fines de lucro

Estatutos; personería jurídica reconocida con al menos dos años de antigüedad; nómina de autoridades acreditada por IGJ y copia del libro de asociados.

- Entidades Sindicales

Estatutos; personería gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo; nómina de autoridades certificada por el Ministerio de Trabajo; nómina de sindicatos afiliados a la federación o confederación.

Los representantes serán elegidos, entre las organizaciones inscriptas, por acuerdo de cada sector, debiendo notificarse dicho acuerdo al CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL a través de la mesa de entradas de la AFSCA hasta el día 11 de octubre de 2011.