PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 887/2011
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.
Bs. As., 6/9/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0178737/2011 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011,
y
CONSIDERANDO:
Que corresponde incrementar el presupuesto de gastos en personal del
MINISTERIO PUBLICO a efectos de atender un incremento salarial del DIEZ
POR CIENTO (10%) remunerativo y bonificable desde el mes de marzo de
2011 para el personal transitorio que ejerce funciones en la Unidad
Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (UFISES), según lo
dispuesto por la Acordada Nº 2 de fecha 29 de marzo de 2011 de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación.
Que el refuerzo de crédito se financia mediante una contribución de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) administración
descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL en virtud de lo dispuesto por el Convenio de
Cooperación formalizado entre el citado Organismo y la PROCURACION
GENERAL DE LA NACION del 16 de mayo de 2002 para la Investigación de
Delitos relativos a los Recursos de la Seguridad Social.
Que resulta necesario modificar por compensación los créditos vigentes
del Programa 41 - Estudios e Investigaciones Históricas sobre Juan
Domingo Perón, perteneciente a la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender compromisos asumidos por la
citada jurisdicción.
Que asimismo, se refuerzan los créditos de la SECRETARIA DE CULTURA de
la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de financiar la ejecución de
diversos programas y actividades culturales.
Que resulta necesario compensar los créditos vigentes del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos de atender los
mayores gastos en personal.
Que por otra parte se debe reforzar el presupuesto de la COMISION
NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO con el objeto de atender los gastos inherentes al
desarrollo de las misiones satelitales.
Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, con el objeto de atender gastos correspondientes a servicios
técnicos y profesionales, como así también para afrontar erogaciones
relacionadas con el Programa “Capital Semilla”.
Que se refuerzan los créditos vigentes del Programa 40 - Formulación de
Políticas de Desarrollo Regional del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, mediante una compensación de los créditos
correspondientes al Programa 39 - Programa Social Agropecuario de esa
Jurisdicción, financiados con Crédito Externo.
Que corresponde incrementar los créditos del MINISTERIO DE EDUCACION
para atender gastos de infraestructura y equipamiento de la UNIVERSIDAD
TECNOLOGICA NACIONAL.
Que a fin de sostener el funcionamiento del Sistema de Centros de
Investigación y Desarrollo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectúa una
compensación entre sus créditos vigentes.
Que asimismo se incrementan los recursos del mencionado Instituto, con
el objeto de contribuir al financiamiento del Programa “Capital
Semilla”.
Que a fin de reforzar las acciones dirigidas a la ejecución del
“Programa de Formación Profesional Permanente” Préstamo BIRF 7474-AR,
se incrementan los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Que resulta necesario compensar los créditos vigentes de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a los efectos de
atender los gastos en personal.
Que por otra parte se debe reforzar el presupuesto de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el
objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de
las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas al
equipamiento de laboratorios, a la tecnología de la información y la
política institucional de calidad.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, en
el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del
Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y en el
Artículo 5º del Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar