Dirección Nacional Electoral

ELECCIONES NACIONALES

Disposición 227/2011

Transfiérese al Correo Oficial de la República Argentina S.A. una determinada suma a los efectos de liquidar y pagar a las personas designadas en las funciones de delegado judicial.

Bs. As., 8/9/2011

VISTO la Resolución Nº 1058/2011 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución mencionada en el visto dispone el monto de la compensación a otorgar a los delegados judiciales de escuela que hayan ejercido tales cargos en las elecciones primarias.

Que la Justicia Nacional Electoral informó el número de delegados correspondientes a los distritos Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Tucumán y remitirá en forma directa al Correo Oficial de la República Argentina S.A. la nómina de personas que realizaron tales actividades.

Que a los efectos de afrontar el pago correspondiente resulta procedente transferir al Correo Oficial de la República Argentina la suma necesaria para el pago del total de la compensación de las personas designadas a tal efecto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto se dicta por aplicación del artículo 2º y 3º de la Resolución 1058/2011.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:

Artículo 1º — Transfiérase al Correo Oficial de la República Argentina S.A. la suma de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 6.602.400.-) a los efectos de liquidar y pagar los montos que en cada caso correspondan a las personas designadas en las funciones de delegado judicial en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias celebradas el 14 de agosto último en los distritos mencionados en los considerandos.

Art. 2º — Apruébese la tabla de aportes por distrito que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 3º — El Correo Oficial de la República Argentina S.A. procederá en forma inmediata al pago íntegro a las personas con derecho a ello, hasta la suma mencionada en el Artículo 1º de la presente Disposición.

Art. 4º — En caso que de la liquidación final resultasen remanentes se aplicarán al pago de similares prestaciones de otros distritos.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Tullio.

ANEXO I
DISTRITONº de Delegados$
BUENOS AIRES4.1923.353.600
CIUDAD AUTONOMAse pagó directamente
CATAMARCA183146.400
CHACO234187.200
CHUBUT135108.000
CORDOBA300240.000
CORRIENTESno designó
ENTRE RIOSno designó
FORMOSA193154.400
JUJUY159127.200
LA PAMPAno designó0
LA RIOJA5745.600
MENDOZA9374.400
MISIONES201160.800
NEUQUEN239191.200
RIO NEGRO161128.800
SALTA214171.200
SAN JUAN186148.800
SAN LUIS11995.200
SANTA CRUZ86.400
SANTA FE1.181944.800
SANTIAGO DEL ESTEROpendiente
TIERRA DEL FUEGO2822.400
TUCUMAN370296.000
Total
6.602.400