INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 2205/2011

Bs. As., 8/9/2011

VISTO el Expediente Nº 3347/2011 y las Resoluciones Nº 1894/2011 y Nº 2132/2011 del REGISTRO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 1894/2011/INCAA mencionada en el VISTO aprobó el Acuerdo de Cooperación celebrado entre este Organismo y la Municipalidad de Pinamar para la realización del Octavo Encuentro Cinematográfico Argentino - Europeo “Pantalla Pinamar” a desarrollarse en dicha ciudad del 3 al 10 de marzo de 2012 y por el cual se pauta la participación de ambas partes.

Que la Resolución Nº 2132/2011/INCAA aprobó el presupuesto correspondiente al aporte del Organismo para la realización de la edición 2012.

Que por el Expediente mencionado en el VISTO la Consultoría General de Festivales y Relaciones con Europa, solicita la confección de un tarifario de auspiciantes a fin de cubrir distintas actividades en el marco del Festival.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES realizará una campaña de comunicación y difusión de distintas piezas gráficas y/o audiovisuales en distintos medios nacionales y regionales.

Que distintas empresas se encuentran interesadas en publicitar sus marcas en el Festival y atento a ello, deberán suscribirse convenios de colaboración a través de los cuales los auspiciantes brindarán a la organización del festival aportes a cambio de la inclusión de isologotipo y/o aviso de la empresa en diferentes piezas gráficas y/o audiovisuales del Festival.

Que los diferentes acuerdos deben contar con una base previa y determinada del servicio y una valoración estimativa del espacio en las diferentes piezas gráficas y audiovisuales del festival.

Que para ello es necesario aprobar una base de auspicios para fijar las prestaciones a cargo del INCAA y de los distintos potenciales auspiciantes.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge del Artículo 3º, inciso b) y Artículo 24º, inciso f) de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto Nº 1248/01 y Decreto Nº 1536/02).

Por ello:

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébense los valores correspondientes a los auspicios destinados a la Octava Edición del Encuentro Cinematográfico Argentino – Europeo “Pantalla Pinamar 2012”, el cual obra agregado como Anexo I de la presente Resolución y forma parte integrante de la misma.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Gerencia de Administración para su cumplimiento y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I RESOLUCION Nº 2205/2011

a) La presencia del isologotipo de la empresa anunciante se consignará en las distintas piezas gráficas y audiovisuales según el siguiente detalle:

* Catálogo en color (Bilingüe) con tirada de 4.000 ejemplares.

* Grilla de Programación de Mano con tirada de 20.000 ejemplares y Plotter de la misma para publicidad en Vía pública en las ciudades de Pinamar, Ostende, Valeria del Mar y Cariló.

* Banner backopportunity con presencia en las Conferencias de Prensa.

* Vía Pública en la Ciudad Autónoma y la Pcia. de Buenos Aires.

* Publicidades en medios gráficos nacionales.

* Inclusión de placa publicitaria en spot de presentación antes de la proyección de cada película con una duración máxima de hasta un (1) minuto durante el festival y/o proyección del spot mencionado en circuitos de salas de cine.

* DVD Resumen de “Pantalla Pinamar 2012” y Tríptico de “Pantalla Pinamar 2013” (Trilingüe), y banner electrónico en página web por el término de doce (12) meses.

b) Los valores que siguen a continuación corresponden a la presencia de isologotipo en las piezas gráficas y audiovisuales detalladas precedentemente. Solamente tendrán acceso a las pautas fijadas en los puntos 5), 6) y 7) aquellos auspiciantes que previamente hayan contratado espacios publicitarios en el catálogo, conforme los puntos 1), 2), 3) 4) y 5).

1) Página de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter de Grilla__________     $ 9.000,-
2) Retiración de Contratapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter___    $ 14.500,-
3) Retiración de Tapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter________    $ 18.000,-
4) Página doble central de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter_______    $ 20.000,-
5) Contratapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter_______________    $ 24.000,-
6) Placa publicitaria en Cines_____________________________________     $ 9.000,-
7) Publicidades en medios gráficos nacionales y Vía Pública_________    $ 12.000,-
8) DVD Resumen de “Pantalla Pinamar 2012”, Tríptico de
“Pantalla Pinamar 2013” y banner electrónico en página web________    $ 25.000,-

c) Para el caso de auspiciantes minoritarios (sólo por canjes menores) el aporte mínimo deberá alcanzar el monto de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,-) y el isologotipo será incluido solamente en las Grillas de Programación de mano y Plotter de las mismas.

e.13/09/2011 N°115441/11 v. 13/09/2011