MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 419/2011

Registro Nº 543/2011

Bs. As., 10/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.401.417/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 111 del Expediente Nº 1.401.417/10, obra el acuerdo celebrado ante esta Autoridad entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte sindical, y la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el presente, las partes proceden a rectificar el Artículo 1º del Convenio Colectivo de Empresa Nº 1168/10 "E", que fuera celebrado entre las mismas partes y se encuentra agregado a fojas 7/50 de marras, por haber incurrido en un error involuntario al momento de su celebración con relación a la fecha de celebración.

Que cabe destacar que el presente se celebra ante la presencia de la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA SOCIEDAD ANONIMA.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los presentes actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que finalmente, a los efectos de una correcta publicación del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1168/10 "E", corresponde intimar a las partes para que con posterioridad al dictado del presente, acompañen un texto ordenado del dicho Convenio, incluyendo la modificación efectuada mediante el presente acuerdo rectificatorio.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 111 del Expediente Nº 1.401.417/10, que ha sido celebrado, entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, por la parte sindical, y la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento de Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 111 del Expediente Nº 1.401.417/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias, intimándolas a que acompañen un texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1168/10 "E", incluyendo la modificación efectuada mediante el presente acuerdo rectificatorio. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1168/10 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (Lo. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.401.417/10

Buenos Aires, 13 de mayo de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 419/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 111 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 543/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. Nº 1.401.417/10

En la ciudad de Buenos Aires, a los catorce días del mes de abril de dos mil once, siendo las 15.30 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones Laborales, ante mí, Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de Relaciones Laborales del Departamento Nº 3, los señores Omar MATURANO, D.N.I. Nº 13.031.615; Julio SOSA, D.N.I. Nº 12.205.023; Horacio CAMINOS, D.N.I. Nº 10.939.449; Simón Ariel CORIA, D.N.I. Nº 16.282.098 y Héctor Gustavo VOLPI, D.N.I. Nº 14.853.109, en representación del Sindicato LA FRATERNIDAD, acompañado por Raúl Alberto TOLEDO, D.N.I. Nº 16.993.791, en carácter de delegado del personal de la firma BELGRANO CARGAS S.A., por una parte, y por la otra lo hace la Dra. Susana PLANAS, Tº 28 Fº 925, CPACF, en representación de la firma BELGRANO CARGAS S.A. y el Dr. Rene CIAMPARINI, Tº 16, Fº 18, CASI, en carácter de veedor por la SOCIEDAD OPERADORA DE EMERGENCIA S.A.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que le fue la palabra a ambas partes, de mutuo y común acuerdo, manifiestan: Que debido a que se ha producido un error involuntario, las partes vienen a solicitar la corrección del art. 1º del Convenio Colectivo de Trabajo de fs. 7, por el siguiente texto:

ARTICULO 1° - PARTES INTERVINIENTES:

"En la Ciudad de Buenos Aires, a los 31 días del mes de agosto de 2010, el SINDICATO LA FRATERNIDAD, representada en este acto por los Sres. Omar Arístides Maturano, Julio Adolfo Sosa, Horacio O. Caminos, Simón Ariel Coria y Héctor Gustavo Volpi por una parte, y BELGRANO CARGAS S.A., representada en este acto por los Dres. Angel Stafforini, y Susana R. Planas, en adelante denominada la EMPRESA, convienen celebrar el siguiente Convenio Colectivo de Empresa, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877.

Que asimismo, las partes solicitan a esta Autoridad de Aplicación, la homologación de dicha modificación.

Con lo que terminó el acto, siendo las 16.30 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.