ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución N° 1855/2011

Bs. As., 30/8/2011

VISTO el Expediente N° 16951 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001, y en la Resolución ENARGAS N° I/351 del 1° de agosto de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución ENARGAS N° I/1803 del 19 de julio de 2011 (fs. 306 a 333), este Organismo decidió: a) aprobar la Convocatoria a Concurso Público N° 04/2011 cuyo objeto es la adquisición de vehículos 0 km. según detalle obrante en los TERMINOS DE REFERENCIA - ESPECIFICACIONES TECNICAS contenidas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en este procedimiento (art. 1°); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que como Anexo integra ese decisorio (art. 2°) y c) instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de esa Resolución, implementara todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable, y fijara lugar, día y hora en que se realizaría el acto de Apertura de Sobres, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable (art. 3°).

Que las empresas IGARRETA S.A.C.E.I. (fs. 338), SAUMA AUTOMOTORES (fs. 340) y MOVICAR AUTOMOTORES S.A. (fs. 341), fueron invitadas para que efectuasen ofertas en el marco de la presente contratación. Asimismo, se informó a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO —U.A.P.E.— (fs. 335 a 336) y a A.C.A.R.A. (fs. 339) sobre el inicio del presente procedimiento.

Que, así las cosas, las firmas PEUGEOT CITROËN ARGENTINA S.A. (fs. 337) dejó constancia de haber retirado de la Sede de este Organismo un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en esta contratación.

Que, por su parte, a fs. 342 a 344 de autos se encuentra glosada la NOTA ENRG/GA N° 08224 del 22 de julio de 2011, mediante la cual se solicitó a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la publicación del llamado a Concurso Público, por DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL.

Que, asimismo, las firmas SARTHOU AUTOMOTORES S.A. (fs.345); VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. (fs. 346) y PEUGEOT CITROËN ARGENTINA S.A. (fs. 347) acreditaron haber retirado de la Sede del ENARGAS un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en esta contratación.

Que del Acta de Apertura de Sobres (fs. 348) se desprende que fue IGARRETA S.A.C.I. la única empresa que presentó su oferta (fs. 349 a 492).

Que a fs. 493 se encuentra glosado el Análisis Formal de la oferta presentada.

Que a fs. 494 a 495 se encuentra incorporado el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS N° 68/11 de fecha 24 de agosto de 2011, en el que la Comisión Evaluadora, luego de hacer una breve reseña de las últimas tramitaciones, recomendó: “a) declarar desierto el Renglón N° 2 por no recibirse ofertas; b) adjudicar el Renglón N° 1 por un vehículo tipo Pick-up, marca Ford, versión Ranger XLT, motor turbo diesel Electrónico de 3.0 lts y 163 CV de potencia neta, doble cabina, tracción doble (4x4), con equipo de aire acondicionado, última serie de fabricación, a favor de la firma Igarreta S.A.C.I. por un importe total de $ 178.840,00 (Pesos ciento setenta y ocho mil ochocientos cuarenta) por cumplir con las especificaciones técnicas requeridas. El importe será imputado en la partida 4.3.2.”

Que corresponde afirmar que —como principio general de todo procedimiento de contratación— el Dictamen de Evaluación de ofertas debe ser puesto a disposición de todos los oferentes por el plazo fijado en el art. 80 del Decreto N° 436/2000, para que ellos puedan efectuar las impugnaciones u observaciones que estimen corresponda.

Que, siguiendo esta línea de pensamiento, recién una vez vencido dicho plazo, se estará en condiciones de emitir el acto de adjudicación en el que deberían resolverse las impugnaciones u observaciones que pudieren haber realizado los oferentes (cfr. art. 82 del citado decreto).

Que, no obstante lo indicado precedentemente, también se debe poner de resalto que el caso de autos reviste la particularidad que torna procedente —por entendibles razones de economía procesal— obviar este trámite, ya que en él existe un único oferente (IGARRETA S.A.C.I.) quien a su vez resulta ser también el adjudicatario de la presente Contratación.

Que es por ello que resulta pertinente el dictado del presente Acto Administrativo de adjudicación, siguiendo la premisa establecida en el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS N° 68/11.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto N° 1023/2001 y Decretos N° 571/2007; 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/10; 1688/2010 y 692/2011.

Por ello

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declarar desierto en Renglón N° 2 dado que no se han recibido ofertas.

ARTICULO 2° — Adjudicar el Renglón N° 1 del Concurso Público N° 04/2011, consistente en la adquisición de un vehículo tipo Pick-up, marca Ford, modelo Ranger XLT, motor turbo diesel Electrónico de 3.0 Its y 163 CV de potencia neta, doble cabina, tracción doble (4x4), con equipo de aire acondicionado, última serie de fabricación, a favor de la firma IGARRETA S.A.C.I. por un importe total de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($ 178.840,00) por cumplir con las especificaciones técnicas requeridas en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. El mencionado importe será imputado en la partida 4.3.2.

ARTICULO  3° — Notifíquese a la firma IGARRETA S.A.C.I.,    publíquese, dése a la DIRECCION GENERAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.


e. 15/09/2011 N° 115567/11 v. 15/09/2011