MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 508/2011
Registro Nº 599/2011
Bs. As., 20/5/2011
VISTO el Expediente Nº 1.244.631/07 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 y 4/6 del Expediente Nº 1.439.039/11, agregado como foja
431 al principal, obran el Acuerdo y Anexos celebrados entre el
SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS ROSARIO, la FEDERACION
NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por la parte gremial y la
COOPERATIVA LIMITADA DE OBRAS SANITARIAS Y SERVICIOS ANEXOS DE VENADO
TUERTO, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente se establece una recomposición salarial para
el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 959/08
“E”, suscripto por las mismas partes intervinientes en autos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas
insertas en los mentados instrumentos convencionales acreditando la
personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las
constancias obrantes en autos (fojas 146 y 441/442).
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de
sus personerías gremiales.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto
por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Articulo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Decláranse homologados el Acuerdo y Anexos celebrados
entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS ROSARIO, la
FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la
COOPERATIVA LIMITADA DE OBRAS SANITARIAS Y SERVICIOS ANEXOS DE VENADO
TUERTO, que lucen a fojas 2 y 4/6 del Expediente Nº 1.439.039/11,
agregado como foja 431 al principal, conforme a lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo y Anexos obrantes a fojas
2 y 4/6 del Expediente Nº 1.439.039/11, agregado como foja 431 al
principal.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo Nº 959/08 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y Anexos homologados y de esta
Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.244.631/07
Buenos Aires, 24 de mayo de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 508/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 4/6 del expediente Nº
1.439.039/11, agregado como foja 431 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 599/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA,
Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, Departamento Coordinación
- D.N.R.T.
ACTA ACUERDO MODIFICATORIA DE ESCALA SALARIAL DEL CCT 959/08
En la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, Provincia de
Santa Fe, a los 22 días del mes de marzo de 2011 se reúnen los Seres.
BONADEO Pablo Martín en su carácter de Presidente del Consejo de
Administración de la COOPERATIVA LIMITADA DE OBRAS SANITARIAS Y
SERVICIOS ANEXOS DE VENADO TUERTO, y el Sr. DEBONIS, Eugenio Raúl, en
su carácter de Secretario, con domicilio en calle Italia 555 de dicha
provincia, por una parte; y por la otra el Sr. Rubén Néctar PEREYRA, en
su carácter de Secretario General de la Federación Nacional de
Trabajadores de Obras Sanitarias, con domicilio en la calle Paseo Nº
580 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Oscar Carlos
BARRIONUEVO, en su carácter de Secretario General del Sindicato del
Personal de Obras Sanitarias de Rosario, con domicilio en San Luis
2145/53 de la Ciudad de Rosario, el Sr. Walter Antonio LUCERO, en su
carácter de Secretario del Interior , el Sr. Ramón Gerardo LACAVA en
carácter de Pro Secretario de Interior y el Sr. Rubén Daniel COLAZO, en
su carácter de delegado del personal de la Cooperativa de Obras
Sanitarias de Venado Tuerto, a los efectos de suscribir la presente
ACTA ACUERDO que modifica la última Escala Salarial del Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 959/08 “E”, que fuera homologada por Res. S.T.
Nº 253 del 01/11/2010. Atento a ello, pautan las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes de común acuerdo deciden incrementar en un diez por
ciento (10%), a partir del 1 de marzo del año 2011, las remuneraciones
de la última escala salarial vigente del CCT Nº 959/08 “E”. A tal
efecto, se adjunta como Anexo I la nueva Escala Salarial, resultante
del incremento mencionado.
SEGUNDA: Asimismo, las partes deciden de plena conformidad, incrementar
las remuneraciones que surgen del aumento pactado en la cláusula
primera, en un 10% a partir del 1 de junio de 2011; y a partir del 1 de
octubre del mismo año, un 10% más sobre la última escala resultante.
Tales escalas se adjuntan como Anexos II y III
TERCERA: Conforme a lo señalado en las cláusulas anteriores, las partes
manifiestan que el aumento total pactado para el corriente año es de un
30%
CUARTA: Atento a que las partes han optado por el procedimiento de
negociación directa y habiendo alcanzado el acuerdo precedente, se
comprometen a presentar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación, la presente acta acuerdo para su
homologación.
Previa lectura y ratificación, los intervinientes firman al pie cuatro
(04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fecha
indicados precedentemente.
TABLA SALARIAL DESDE MARZO 2011 BASE $ 3371,96
(3065,42 X 1,10)