INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1810/2011

Bs. As., 25/7/2011

VISTO, la Ley 17.741 (t.o. 2001), el Decreto Nº 1536/02, y las Resoluciones Nros. 2202/11-INCAA y 2203/11-INCAA y el Expediente Nº 3289/11-INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones mencionadas en el VISTO, se reguló lo atinente al otorgamiento de créditos y subsidios a la producción de películas nacionales de largometraje, debiendo toda película terminada que haya obtenido los beneficios previstos en las mencionadas Resoluciones, ser evaluada por el COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS.

Que conforme lo previsto en el Artículo 5º y concordantes de la Ley 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001), los integrantes de los Comités deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que la Resolución Nº 2202/11-INCAA dejó sin efecto la Resolución Nº 2057/10-INCAA que establecía la conformación del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS, duración en los cargos y la forma de tomar sus decisiones.

Que a partir del dictado de la Resolución mencionada en el párrafo precedente, resulta coherente establecer la misma conformación para el funcionamiento del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS.

Que el Artículo 7º de la Resolución Nº 2202/11-INCAA establece que cuando un proyecto se encuentre destinado a la infancia, deberá integrarse el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS, de ficción y animación con UN (1) Licenciado en Psicopedagogía o Licenciado en Psicología con especialización en infancia y UN (1) Productor con antecedentes en producción de películas nacionales destinadas a la infancia.

Que el Artículo 8º de la Resolución Nº 2057/10-INCAA, la cual fue derogada, establecía que el COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS estaría integrado por CINCO (5) miembros y de SIETE (7) en los casos que el largometraje esté destinado a la infancia, los cuales serán seleccionados entre los productores, directores, guionistas cinematográficos, actores y técnicos.

Que los proyectos documentales destinados a la infancia son evaluados por el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES, que deben estar asistidos por DOS (2) integrantes de las mismas características.

Que, por otra parte, se observa que se han incorporado profesionales pertenecientes a la Planta Permanente del Organismo en otros Organos colegiados de evaluación, los cuales brindan asistencia técnica y especializada con voz y sin voto, cuyo efecto produjo resultados razonables y congruentes con la normativa vigente y con la finalidad de la Ley de Cine, por lo que la asistencia técnica en psicopedagogía y/o psicología pueden provenir de un profesional que se encuentre en la Planta del Organismo.

Que la Lic. María Alejandra MICHEL, DNI 16.247.539 reúne la idoneidad necesaria para integrar los comités mencionados asistiendo técnicamente a los mismos y realizando los informes que resulten pertinentes cada vez que resulte necesario.

Que el Sr. Alejandro Luis GRUZ, DNI Nº 12.601.573 y la Sra. Rosanna MANFREDI, DNI Nº 93.666.670, reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia suficiente en materia de infancia, para evaluar aquellos proyectos destinados a la infancia.

Que la suscripta entiende que la conformación de los COMITES DE EVALUACIONES DE PROYECTOS, para ficción y animación, el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES y el COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS, debe llevarse a cabo en virtud de la normativa vigente, atendiendo a los principios de legalidad y razonabilidad.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del Artículo 3º de la Ley 17.741 (t.o. 2001) y del Decreto Nº 1536/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Créase el COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS que estará integrado por CINCO (5) miembros, los cuales serán seleccionados entre los productores, directores, guionistas cinematográficos, actores y técnicos, y de SIETE (7) cuando una película está destinada a la infancia, que se integrará asimismo, con UN (1) Licenciado en psicopedagogía y/o Licenciado en psicología con especialización en infancia y UN (1) productor con antecedentes en producción de películas destinadas a la infancia.

ARTICULO 2º — El quórum del Comité creado en el Artículo anterior será de TRES (3) miembros, y de CINCO (5) en las películas destinadas a la infancia, debiendo en ambos casos resolverse las votaciones por mayoría simple de los presentes. Los miembros del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS sesionarán durante el período de SEIS (6) meses a partir de su designación, vencido dicho plazo, cesarán en sus funciones la totalidad de los integrantes del mismo y se designarán a los nuevos integrantes.

ARTICULO 3º — El COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS deberá ajustarse a lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 2177/09-INCAA y su modificatoria, y 2156/09-INCAA, para su funcionamiento.

ARTICULO 4º — Los miembros del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS designados por la Resolución Nº 1363/11-INCAA terminarán sus funciones en el plazo previsto en dicha Resolución.

ARTICULO 5º — Desígnase al señor Alejandro Luis GRUZ, DNI Nº 12.601573 como miembro integrante del COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS, de ficción y animación y el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES, el que cumplirá funciones dentro de los comités indicados cuando un proyecto se encuentre destinado a la infancia. Dicha designación tendrá un período máximo de vigencia de SEIS (6) meses.

Se deja expresa constancia que la designación mencionada se efectúa ad-referéndum de la aprobación definitiva por parte del Consejo Asesor.

ARTICULO 6º — Desígnase a la Sra. Rosanna MANFREDI, DNI Nº 93.666.670, como miembro integrante del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS, la cual cumplirá funciones dentro del comité mencionado cuando una película terminada se encuentre destinada a la infancia. Dicha designación tendrá un período máximo de vigencia de SEIS (6) meses.

Se deja expresa constancia que la designación mencionada se efectúa ad-referéndum de la aprobación definitiva por parte del Consejo Asesor.

ARTICULO 7º — Desígnase con carácter de Técnica especializada en análisis psicológico a la Lic. María Alejandra MICHEL DNI Nº 16.247.359 para integrar los COMITES DE EVALUACION DE PROYECTOS, de ficción y animación, COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS DOCUMENTALES y del COMITE DE CLASIFICACION DE PELICULAS TERMINADAS cuando un proyecto o una película terminada estén destinados a la infancia, quién puede participar del debate con voz y sin voto o realizando un informe técnico cuando resulte necesario. Se computará la presencia de la mencionada agente, a los fines de la constitución del quórum.

ARTICULO 8º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 16/09/2011 Nº 117889/11 v. 16/09/2011