INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 2244/2011
Bs. As., 13/9/2011
VISTO la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), la Ley Nº 26.522 (Título VII y Art.
121) y el Convenio celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN.
CONSIDERANDO
Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA
ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR
del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Promoción y Fomento de
Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de
promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la
comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los
televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en
adelante MINISTERIO, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un
Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de
Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM
brinde cooperación al CONSEJO ASESOR del SATVD-T en la Implementación
del citado Plan Operativo.
Que ante ello, la UNSAM consideró adecuado articular con el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, para que el
mismo organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal.
Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de la primera
experiencia piloto del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE
CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.
Que la ejecución del mismo ha logrado resultados sobresalientes,
permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos para cada etapa.
Que en función de este proceso, el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T resuelve
el desarrollo de una nueva edición del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y
FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES que incluya Concursos con
orientación temática.
Que ante ello, la UNSAM firmó un nuevo Convenio con el INCAA, con fecha
30 de junio de 2011, a los fines que el INCAA organice el llamado a
concursos de orientación temática de alcance federal.
Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso que resulten, será responsabilidad del INCAA.
Que en el marco de las políticas públicas llevadas adelante por el
gobierno nacional, el CONSEJO ASESOR del SATVD-T en conjunto con el
INCAA celebraron un acuerdo con el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE
LA NACION en adelante MDSN a los fines de desarrollar los contenidos
temáticos con ejes propuestos por el MDSN.
Que los ejes centrales que enmarcan las políticas sociales inclusivas
implementadas por el MDSN promueven la protección de la familia y la
generación del trabajo digno como herramientas fundamentales para la
restitución de derechos.
Que en consecuencia resulta necesario fomentar la producción de
contenidos que promuevan los objetivos propuestos por el MDSN por ser
éstos de carácter esencial en la construcción de imaginarios que
garanticen que la Comunicación Audiovisual, como lo expresa la Ley Nº
26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, sea una actividad
social de interés público y de carácter esencial para el desarrollo
sociocultural de la población.
Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de
SEIS (6) SERIES DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA; de
OCHO (8) capítulos cada SERIE, de VEINTISEIS (26) minutos cada
capítulo; a realizarse con un presupuesto total de PESOS OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 856.000.-) en un plazo máximo de CIENTO
CINCUENTA (150)’ días corridos con la finalidad que estas realizaciones
aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y
que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino,
en adelante BACUA.
Que los titulares de los proyectos ganadores cederán los derechos de
los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos
patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven.
Que además y como parte integrante del premio, con el fin de aportar a
la difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los
PRESENTANTES que resulten ganadores la comercialización internacional
de la obra audiovisual por un período de VEINTICUATRO (24) meses en el
mercado internacional, contados a partir del séptimo mes de la
exhibición del último capítulo por la Televisión Digital Abierta de la
República Argentina. Las ventas que pudieran realizarse durante el
período de comercialización en los países que conforman Iberoamérica no
podrán ceder los derechos de exhibición y/o explotación de la obra en
carácter de exclusividad.
Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del
Concluso firmarán un Instrumento de Otorgamiento de Premio con la UNSAM
obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en
la presente Resolución.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Acción Federal y
la Unidad de Fomento a la Televisión, Internet y Videojuegos ha tomado
la intervención que le compete.
Que en consecuencia corresponde dictar Resolución fijando las bases para la participación en el citado concurso.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE
ARTICULO 1º — Llámese a Concurso para la producción de SEIS (6) SERIES
DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA para Televisión Digital
con la finalidad que éstas realizaciones pongan en valor al trabajo y a
la familia como ejes fundamentales para la organización y el desarrollo
de la vida en comunidad centrada en la igualdad de oportunidades y la
restitución de derechos. Como así también, que aporten en su conjunto,
al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y que
integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino
(BACUA).
ARTICULO 2º — Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE FICCIONES
FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA PARA TELEVISION DIGITAL, que como
Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTICULO 3º — La participación en el presente concurso implica el
conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases
y Condiciones del mismo.
ARTICULO 4º — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por
el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.
ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta,
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
ANEXO I
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
- SEGUNDA EDICION - 2011
BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO
SERIES DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA PARA TELEVISION DIGITAL
CAPITULO I - DEL OBJETO
1.- EL CONCURSO SERIES DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA
tiene como objetivo desarrollar las capacidades profesionales de
directores, productores y guionistas independientes de las seis
regiones del país; fomentar la producción de contenidos para la
televisión digital en todo el territorio nacional a fin de promover la
diversidad cultural propia de sus diferentes regiones y contribuir a la
formación de un acervo de contenidos audiovisuales para televisión
digital que impulse, difunda, exprese y ponga en valor a la familia
como eje fundamental para la organización y el desarrollo de la vida en
comunidad, y a las herramientas que implementa el ESTADO NACIONAL como
promotor de este proceso. Deberá estar centrada en la igualdad de
oportunidades y la restitución de derechos, a partir de las cuales una
familia y los miembros que la componen pueden desarrollarse plenamente
en su comunidad, todo ello con el objetivo que esos contenidos integren
el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).
2.- El INCAA en el marco del Convenio suscripto con la UNSAM llama al
CONCURSO SERIES DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA a
productores y directores independientes de las SEIS (6) regiones del
territorio nacional a presentar UN (1) proyecto inédito de SERIE DE
FICCION FEDERAL CON ORIENTACION TEMATICA de conformidad a los ejes
establecidos en el Artículo 1, para la Televisión Digital de OCHO (8)
capítulos de VEINTISEIS (26) minutos de duración cada uno (incluidos
títulos y rodantes) a realizarse con un presupuesto total de PESOS
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 856.000.-) en un plazo máximo de
CIENTO CINCUENTA (150) días corridos.
3.- El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no
inferior a HDV, 25 cuadros progresivo (25p), 16:9 de relación de
aspecto, y su finalización en HD calidad Broadcasting Internacional.
CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
4.- Fíjase un período para la convocatoria de los proyectos, desde los
días 19 de Septiembre al 11 de Noviembre de 2011 como fechas de
apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los
proyectos deberán presentarse ante el INCAA. En los casos de remisiones
por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de
Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad
a lo establecido en el Anexo II de las presentes Bases.
5.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.
6.- No podrán intervenir en el presente Concurso Proyectos que hayan
resultado seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso
Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje.
7.- Los proyectos presentados en este concurso no podrán participar en
ningún otro llamado que convoque el INCAA, la UNSAM o el CONSEJO ASESOR
del SATVD-T hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial
la nómina de ganadores. En caso de Incumplimiento el proyecto se tendrá
por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido
seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el
presentante restituir toda suma que hubiese percibido.
CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES
8.- Los presentantes pueden ser personas Físicas o personas Jurídicas.
Los presentantes de los proyectos, a los fines administrativos y
legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos
independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los
denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán los responsables
frente al CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y la UNSAM, y son
quienes suscribirán el INSTRUMENTO respectivo en caso de resultar
ganadores.
9.- Si el PRESENTANTE fuera una persona jurídica, deberá adjuntarse
fotocopia debidamente certificada del Estatuto Social o Empresarial
actualizado de donde surja el domicilio legal y la última distribución
de cargos. Asimismo, deberá adjuntarse una nota debidamente certificada
designando al socio responsable frente al Proyecto para el caso de no
tratarse del máximo Titular del órgano social respectivo, quien será
considerado el PRESENTANTE a todos los fines.
10.- El PRESENTANTE, en su rol de Productor responsable, el director y
el guionista deberán acreditar una residencia fehaciente no menor a DOS
(2) años en la región por la que participan. Cuando se trate de
personas jurídicas las mismas deberán acreditar actividad fehaciente en
la Región por la cual participan por el mismo período de tiempo.
11.- Los PRESENTANTES, no podrán presentarse en los roles de DIRECCION
Y PRODUCCION en más de un proyecto en el presente Concurso, aunque
aborden temáticas distintas, o constituyan distintos grupos asociados.
Sin perjuicio de ello, podrán participar de otros proyectos como
Guionistas y demás roles técnicos distintos a los citados.
12.- No podrá acceder a la obtención de ningún beneficio del presente
Plan toda aquella persona física o jurídica que habiendo ganado algún
Concurso del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos
Audiovisuales Digitales Edición 2010, que con anterioridad a la emisión
del dictamen final del Jurado, no haya dado cumplimiento pleno del
INSTRUMENTO suscripto oportunamente y/o que haya obtenido informes
sumamente negativos por parte del Tutor asignado, quedando a
consideración del CONSEJO ASESOR del SATVD-T, el INCAA y la UNSAM, la
decisión final de su participación.
13.- No se admitirán inscripciones de PRESENTANTES directamente
vinculados a miembros del Jurado, del INCAA, de la UNSAM o del CONSEJO
ASESOR del SATVD-T, pudiendo impugnarse la inscripción, en caso que
esta situación se presente, en cualquier fase del concurso. Se entiende
como directamente vinculadas a todas las personas que mantengan una
relación laboral, así como familiares y consanguíneos hasta tercer
grado de afinidad.
14.- Los PRESENTANTES podrán presentar diversas propuestas en toda la
línea de Concursos del Plan Operativo de Promoción y Fomento de
Contenidos Audiovisuales Digitales, con las salvedades expuestas en los
puntos 11 y 12, pero sólo podrán acceder a un máximo de DOS (2)
proyectos ganadores en total. No se contabilizará a los fines expuestos
en este párrafo el Concurso de NOSOTROS (UNITARIO DOCUMENTAL).
CAPITULO IV - DE LA COMPETENCIA
15.- La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la
misma región del país. A los fines expuestos se establecerán SEIS (6)
regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que de detallan
a continuación:
1) Región Centro Metropolitano: Provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 2) Región Centro Norte: Córdoba, Santa Fe; 3
) Región Noreste Argentino - NEA: Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa, Entre Ríos;
4) Región Noroeste Argentino - NOA: Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero.
5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza, La Rioja;
6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur.
V - DEL JURADO
16.- La presidenta del INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del
SATVD-T nombrará un Jurado que estará conformado por NUEVE (9) miembros
quienes deberán ser personalidades de reconocida trayectoria en la
actividad televisiva y/o cultural. Una vez conformado el mismo, su
composición se anunciará en la página Web del INCAA. De los NUEVE (9)
jurados CINCO (5) serán personalidades destacadas del ámbito de la
realización audiovisual, guionistas, productores, directores, de cine y
televisión, miembros del CONSEJO ASESOR del SATVD-T, de la Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), de los
Sindicatos nucleados en la Confederación Sindical de los Trabajadores
de los Medios de Comunicación Social (COSITMECOS) y del Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación (MDSN), entre otros, DOS (2)
personalidades destacadas de cada Región del mismo ámbito descripto y/o
especialistas en temas culturales, sociales y/o científicos de la
región que se evalúa y DOS (2) especialistas de la orientación temática
estipulada en el presente Concurso. Los Jurados sesionarán con NUEVE
(9) miembros.
17.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.
VI - DE LA SELECCION
18.- El jurado interviniente preseleccionará SEIS (6) proyectos de
SERIES DE FICCIONES FEDERALES CON ORIENTACION TEMATICA para televisión
digital por cada una de las regiones del país a los efectos de
participar de una instancia de taller para el fortalecimiento de las
propuestas. Los mismos se realizarán en cada una de las regiones, en
sedes a confirmar. El INCAA designará un equipo capacitador integrado
por especialistas en las áreas de GUION, DIRECCION y PRODUCCION, que
representen una estructura federal, todo ello con el objeto de atender
las necesidades específicas de producción de las áreas geográficas
correspondientes.
19.- Deberán asistir a los talleres, sin excepción, los profesionales
asignados a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION de los proyectos
que resulten preseleccionados.
20.- Culminada la instancia de taller, cada equipo participante deberá
elaborar un informe debidamente desglosado en las tres áreas sobre las
que se realizaron las capacitaciones. Dicho informe se entregará
suscripto por todo el equipo en sobre cerrado a los Coordinadores del
INCAA quienes, a su vez, lo remitirán al Jurado que se reunirá
nuevamente, a los efectos de designar hasta TRES (3) proyectos
GANADORES por cada región del país, incluyendo por orden de mérito y en
carácter de SUPLENTES todos aquellos proyectos que consideren
pertinentes.
21.- Sin perjuicio de lo establecido en el punto Nº 20, de considerarlo
necesario, el jurado declarará desierto en forma total o parcial el
concurso. En el caso que no existan proyectos seleccionados en
cualquiera de las regiones establecidas en el punto Nº 15 el número
faltante podrá ser reasignado, por el Jurado respectivo, a alguna de
las restantes regiones o bien llamar, previa autorización conjunta del
CONSEJO ASESOR del SATVD-T e INCAA, a una nueva convocatoria en la
región en las que no hubieran resultado ganadores.
CAPITULO VII - DE LOS GANADORES Y DEL INSTRUMENTO DE OTORGAMIENTO DE PREMIO
22-. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores en cada
región firmarán un INSTRUMENTO DE OTORGAMIENTO DE PREMIO con la UNSAM
PARA LA REALIZACION DE UNA “SERIES DE FICCION FEDERAL CON ORIENTACION
TEMATICA PARA TELEVISON DIGITAL”.
23.- Aquellos que resulten seleccionados como ganadores deberán inscribirse en el Registro de Productores de TV del INCAA.
24.- El citado INSTRUMENTO implica la realización integral y entrega de
la SERIE en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos
contados a partir de la acreditación total de la primera cuota y con un
presupuesto total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($
856.000.-) el cual debe ser rendido bajo las condiciones que constan en
estas bases.
24.1.- Como parte integrante del premio, con el fin de aportar a la
difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los
PRESENTANTES que resulten ganadores la comercialización internacional
de la obra audiovisual por un período de VEINTICUATRO (24) meses,
contados a partir del séptimo mes de la exhibición del último capítulo
por la Televisión Digital Abierta de la República Argentina. Las ventas
que pudieran realizarse durante el período de comercialización en los
países que conforman Iberoamérica no podrán ceder los derechos de
exhibición y/o explotación de la obra en carácter de exclusividad.
24.2.- Luego del período establecido en el punto precedente tendrá
derecho y exclusividad el Estado Argentino para el intercambio del
material con otros canales del mundo y con todas aquellas señales
nacionales con las que el Banco Audiovisual de Contenidos Universales
Argentino (BACUA) celebre convenios.
24.3.- En el período de comercialización establecido precedentemente EL
PRESENTANTE será la responsable de los envíos, traducciones,
subtitulados y doblajes que puedan derivarse de las ventas
internacionales que realice.
24.4.- Extinguido el período por el que se otorgan los derechos de
comercialización internacional, los mismos recuperan el estado Jurídico
inicialmente establecido con los mismos efectos con los cuales fueron
reconocidos.
24.5.- El PRESENTANTE, durante el período de comercialización, deberá
notificar fehacientemente al INCAA de todas las ventas que realice. Los
contratos que pudiera celebrar como producto de las posibles ventas de
la Serie y las cesiones de exhibición y explotación de la misma por los
eventuales compradores no podrán afectar, bajo ninguna circunstancia,
la exclusividad que el Estado Nacional posee sobre el territorio
argentino.
24.6.- El incumplimiento del INSTRUMENTO a firmarse con los
PRESENTANTES de los ganadores del presente CONCURSO dará derecho al
INCAA y a la UNSAM, indistintamente, para que, previa intimación por
DIEZ (10) días corridos, declare la caducidad del proyecto y reclame la
devolución de las sumas que se hubieran entregado con más los intereses
correspondientes.
CAPITULO VIII - DEL SEGUIMIENTO
25.- La Presidenta del INCAA designará UN (1) TUTOR para los proyectos
que resulten ganadores, quien tendrá intervención en carácter de asesor
técnico y artístico, certificando mediante informes escritos las
diferentes etapas de la realización integral de la serie, los cuales
deberá remitir al CONSEJO ASESOR del SATVD-T y al INCAA.
26.- Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por
el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido
de la obra y su realización.
CAPITULO IX - DE LAS CUOTAS
27.- Los montos que resulten de la aplicación de los porcentajes
detallados a continuación se entregarán con cargo de rendición de
cuentas pormenorizadas en relación al presupuesto definitivo aprobado
por el Tutor, la que será condición previa a la percepción de la cuota
subsiguiente, sin perjuicio de los requisitos establecidos a los fines
de la acreditación de cada etapa. La rendición aludida deberá
efectuarse de forma debidamente documentada y de acuerdo a la
reglamentación vigente al respecto. El monto total estipulado del
Premio descripto en el punto Nº 24 se dividirá según el siguiente
detalle:
27.1.-
CUOTA 1 / VEINTE POR CIENTO (20%);
a partir de la suscripción del INSTRUMENTO respectivo. A los efectos
del pago de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá
disponer de:
27.1.a.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y/o Estatuto
Social, debidamente certificado, de donde surja la distribución de
cargos para el caso de personas jurídicas. Para este último caso deberá
presentarse el último balance registrado ante el órgano de control
respectivo y nota debidamente certificada autorizando al PRESENTANTE a
actuar como responsable del proyecto cuando éste no sea la máxima
autoridad de la entidad jurídica.
27.1.b.- Datos Bancarios del PRESENTANTE. Entidad Bancaria; Sucursal;
Tipo y Número de Cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada) expedido por
autoridad bancaria.
27.1.c.- Constancia de Inscripción en alta ante la AFIP.
27.1.d.- Constancia de Inscripción en el Padrón de Productores de Televisión del INCAA de donde surja el Código respectivo.
27.2.-
CUOTA 2 / CUARENTA POR CIENTO (40%)
una vez acreditado el inicio del rodaje de la SERIE. A los efectos del
pago de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer
de:
27.2.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la primera cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
27.2.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde se consigne la fecha de inicio de rodaje.
27.2.c.- Un DVD que contenga al menos TREINTA (30) minutos del material registrado en bruto.
27.2.d.- Un tape MINIDV o DVCAM que contenga QUINCE (15) minutos de
imágenes en bruto, en sistema PAL, a 25 cuadros por segundo y en una
calidad no inferior al estándar estipulado para DV, seleccionadas
especialmente para que el CONSEJO ASESOR del SATVD-T y el INCAA generen
materiales de difusión durante la producción de la Serie.
27.2.e.- Cronograma de Rodaje de donde surja el plan de realización
indicando expresamente las locaciones y fechas de ejecución de las
distintas etapas.
27.2.f.- Desglose Presupuestario definitivo pormenorizado por rubros.
27.2.g.- Informe del Tutor donde se apruebe la etapa preparatoria, el
cronograma de rodaje y el desglose presupuestario definitivo
pormenorizado por rubros.
27.2.h.- Rendición total o parcial de gastos de la primera cuota
suscripta por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por el Tutor. En caso de
presentarse una Rendición parcial la misma no podrá ser inferior al
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total recibido.
27.3.-
CUOTA 3 / VEINTE POR CIENTO (20%)
finalizado el rodaje e iniciando postproducción. A los efectos del pago
de la presente Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer de:
27.3.a.- Recibo X, como constancia de recepción de la segunda cuota y
extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el depósito respectivo.
27.3.b.- Nota del PRESENTANTE con carácter de Declaración Jurada donde se consigne la fecha de inicio de la postproducción.
27.3.c.- Un DVD que contenga al menos DIEZ (10) minutos de material editado.
27.3.d.- Un tape MINIDV o DVCAM que contenga QUINCE (15) minutos de
imágenes en bruto —distintas a las presentadas para liberación de la
Cuota 2—, en sistema PAL, a 25 cuadros por segundo y en una calidad no
inferior al estándar estipulado para DV, seleccionadas especialmente
para que el CONSEJO ASESOR del SATVD-T y el INCAA generen materiales de
difusión durante la producción de la Serie.
27.3.e.- Informe del Tutor donde se apruebe la finalización del rodaje y el comienzo de la postproducción.
27.3.f.- Rendición total o parcial de gastos de la segunda cuota
suscripta por Contador Público matriculado y certificado por el Consejo
Profesional Nacional o Provincial correspondiente presentado según los
rubros del presupuesto definitivo aprobado por el Tutor. En caso de
presentarse una Rendición parcial la misma no podrá ser inferior al
CINCUENTA POR CIENTO (50%) del total acumulado como recepción de las
cuotas 1 y 2. A tales fines en esta instancia el PRESENTANTE podrá
rendir —en caso de corresponder— gastos pendientes de la Cuota 1.
27.4.- CUOTA 4 / VEINTE POR CIENTO (20%) luego de la aprobación técnica
de cada uno de los masters de los capítulos y de la aprobación total de
la Rendición General de Gastos. A los efectos del pago de la presente
Cuota la Coordinación del Concurso deberá disponer de:
27.4.a.- DOCUMENTACION - Recibo X, como constancia de recepción de la
tercera cuota y extracto bancario del PRESENTANTE que acredite el
depósito respectivo.
27.4.b.- Rendición General de Gastos suscripta por Contador Público
matriculado y certificado por el Consejo Profesional Nacional o
Provincial correspondiente y presentado según los rubros del
presupuesto definitivo aprobado por el Tutor.
27.4.c.- Declaración de Responsabilidad sobre uso de obras de terceros,
uso de imagen, uso de archivo gráfico o sonoro, uso de música y
cualesquiera otras utilizadas en la producción de la Serie
conjuntamente con todas las copias de las autorizaciones respectivas de
cesión de derechos debidamente refrendadas y/o las constancias de pagos
emitidas por las entidades correspondientes.
27.4.d.-
MATERIAL DE DIVULGACION
- Un tape HDCAM (frame rate 25p, relación de aspecto 16:9, audio MIX),
conteniendo un spot de difusión de TRES (3) minutos de duración, cuyas
imágenes se desprendan mayoritariamente de la propia Serie, a los fines
de promoción de la misma y del Plan Operativo de Promoción y Fomento de
Contenidos Audiovisuales Digitales. El spot estará compuesto por CUATRO
(4) partes integrantes: 1) Entrevistas al director y/o actores y/o
guionista/s y/o técnicos, hablando de la experiencia de haber
participado del Concurso Series de Ficciones Federales con Orientación
Temática del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos
Audiovisuales Digitales y de haber tenido la posibilidad de realizar
una Serie Federal de Ficción con Orientación Temática; 2) Imágenes del
backstage de la realización de la Serie (en el que se observe el equipo
trabajando); 3) trailer reducido de la Serie integrado al spot; 4) una
invitación final del Director a compartir el material por TDA
(Televisión Digital Abierta); Un trailer de difusión de la Serie (frame
rate 25p, relación de aspecto 16:9, Audio MIX), de UN (1) minuto de
duración y una versión reducida del mismo de TREINTA (30) segundos de
duración. El mismo debe ser realizado con las imágenes generadas en la
realización de la Serie y utilizando la información, la investigación
ya existentes, no debe ser necesario (excepto que EL PRESENTANTE así lo
desee) un trabajo adicional de investigación ni de rodaje.
27.4.e.- DOS (2) DVD’s conteniendo los materiales de divulgación descriptos en el punto precedente con audio MIX.
27.4.f.- UN (1) DVD conteniendo CINCO (5) fotos de divulgación del
PROGRAMA de TV en archivo JPEG, con definición de 300 DPI, tamaño 13 X
18 cm., escala CMYK; y archivo Word con release para la prensa (máximo
3200 caracteres), resumen para carpeta de divulgación (máximo 120
caracteres), ficha técnica completa del PROGRAMA DE TV y currículum
resumido del Director, Productor y Guionista (máx. 3200 caracteres cada
Currículum Vitae)
27.4.g.-
TAPES / MASTERS / MATERIAL DE RESGUARDO
- DOS (2) Masters HDCAM (frame rate 25P, relación de aspecto 16:9),
conteniendo los OCHO (8) capítulos (a razón de CUATRO (4) capítulos por
tape) sin placas de canje o agradecimiento con audio estéreo
Internacional (diálogos y voces Canal I y II; narración Canal III y IV;
música Canal V y VI, ambientes y efectos Canal VII y VIII). Los
capítulos tendrán una duración de VEINTISEIS (26) minutos, dividido en
DOS (2) bloques de TRECE (13) minutos cada uno de ellos, separados por
un chart con artística institucional de LA OBRA de VEINTE (20”)
segundos y sin negros de por medio. Los capítulos no deberán contener
el Pack Gráfico, permitiendo la aplicación posterior en idioma
extranjero.
27.4.h.- DOS (2) Masters Betacam SP (frame rate 25 cuadros por segundo,
relación de aspecto 16:9 con adaptación letterbox 4:3), conteniendo los
OCHO (8) capítulos (a razón de CUATRO (4) capítulos por tape) sin
placas de canje o agradecimiento con audio estéreo internacional
(diálogos y voces Canal I; narración Canal II; música Canal III,
ambientes y efectos Canal IV). Los capítulos tendrán una duración de
VEINTISEIS (26) minutos, dividido en DOS (2) bloques de TRECE (13)
minutos cada uno de ellos, separados por un chart con artística
institucional de LA OBRA de VEINTE (20”) segundos y sin negros de por
medio. Los capítulos no deberán contener el Pack Gráfico, permitiendo
la aplicación posterior del mismo en idioma extranjero.
27.4.i.- DOS (2) Masters HDCAM (frame rate 25p, relación de aspecto
16:9), con audio MIX, conteniendo los OCHO (8) capítulos (a razón de
CUATRO (4) capítulos por tape) con sus respectivas placas de
agradecimiento o canje. Los capítulos tendrán una duración de
VEINTISEIS (26) minutos, dividido en DOS (2) bloques de TRECE (13)
minutos cada uno de ellos, separados por un chart con artística
institucional de LA OBRA de VEINTE (20”) segundos y sin negros de por
medio.
27.4.j.- DOS (3) Masters HDCAM (frame rate 25p, relación de aspecto
16:9), con audio MIX, conteniendo los OCHO (8) capítulos (a razón de
CUATRO (4) capítulos por tape) corridos (sin subdivisión en bloques)
con sus respectivas placas de agradecimiento o canje.
27.4.k.- DOS (2) DVD’s de cada uno de los capítulos terminados con audio MIX.
27.4.l.- DOS (2) Discos DVD o Blue-Ray con el proyecto grabado como dato, en extensión .mov, sin compresión y con Alpha Channel.
27.4.m.- Los Masters y los Submasters descriptos en el presente
artículo deberán cumplir, sin excepción, con todas las especificaciones
técnicas requeridas en el Anexo VIII. Asimismo los tapes y los DVD´s
deberán entregarse con el diseño de Stamping Institucional que
oportunamente será entregado por los organizadores del Concurso a
través de los respectivos Tutores.
27.4.n.-
MATERIAL ADICIONAL -
UN (1) DVD conteniendo la trascripción de los diálogos, locución y Pack
Gráfico de la serie, con indicación de los time codes, en archivo de
Word para futuras versiones en otros idiomas.
27.4.ñ.-
DOCUMENTACION INSTITUCIONAL - Informe del Tutor donde se apruebe la finalización de la postproducción y de los Masters.
27.4.o.- Informe de aprobación técnica emitido por el personal visualizador del INCAA-BACUA.
27.4.p.- Informe del Area Rendición de Costos aprobando la Rendición General de Gastos.
27.4.q.- El PRESENTANTE tendrá un plazo máximo de TREINTA (30) días a
partir del depósito total de la CUOTA 4, para presentar los
comprobantes y/o recibos que acrediten los pagos de las facturas
devengadas que haya presentado en la última Rendición de Gastos.
Asimismo, deberá presentar el Recibo X, como constancia de recepción de
la cuarta cuota y el extracto bancario que acredite el depósito
respectivo. Este requerimiento —sin perjuicio de los requisitos
establecidos a los fines de la acreditación de cada etapa— será
condición necesaria para cancelar las obligaciones derivadas del
compromiso contractual y por consiguiente para participar de cualquier
otra convocatoria futura a realizarse en el marco del presente Plan.
CAPITULO X - DE LOS TITULOS, CREDITOS Y PUBLICIDAD
28.- En los créditos de las realizaciones ganadoras del concurso y en
toda publicidad que de las mismas se realice deberán incluirse los
logos de MARCA PAIS, PRESIDENCIA DE LA NACION, MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, CONSEJO ASESOR del SATVD-T, TDA, INCAA
y UNSAM, y cuando corresponda el roll con la nómina de autoridades y
funcionarios responsables de la ejecución del presente Concurso, todo
ello de acuerdo a sus modos y/o formatos vigentes. Asimismo, la señal
de referencia (barras, charter de inicio, countdown), las logomarcas y
el chart con la artística Institucional serán entregados por los
organizadores del Concurso a través de los Tutores, no pudiéndose
utilizar otros que no sean los diseñados por el INCAA y el CONSEJO
ASESOR del SATVD-T. Asimismo en los créditos de las Series ganadoras
del presente Concurso y en toda publicidad que de las mismas se
realicen deberá darse cumplimiento a lo previsto en el Capítulo VIII de
la Ley 26.522 en aquello que fuera pertinente, en materia de publicidad.
29. Las SERIES no podrán contener publicidad comercial durante la
artística, permitiéndose hasta CUATRO (4) placas de agradecimiento o
canje en los créditos finales de cada capítulo, a razón de DIECISEIS
(16) placas por Serie, previa aprobación de los mencionados créditos
por los Tutores y por los organizadores de la convocatoria.
CAPITULO XI - DE LOS DERECHOS
30.- La titularidad de todos los derechos patrimoniales o de
explotación de la obra sin limitación temporal alguna para el
territorio argentino, corresponderá al ESTADO NACIONAL, pudiendo
disponer, bajo cualquier modalidad, su exhibición, reproducción (total
o parcial), comunicación pública, y distribución en cuantas
oportunidades conviniere a su exclusivo criterio, a través de cualquier
formato existente o por crearse —VHS. DVD, Betacam. u otros—, así como
por sistemas de televisión existentes o futuros y/o a autorizar o
disponer su reproducción en cualquier formato existente o futuro para
fijar audio e imágenes (incluido Webcasting, VOD, IPTV y streaming),
incluyéndose asimismo la facultad de reducir y/o desgrabar de los
guiones, diálogos, entrevistas e imágenes de la Obra para distribución,
reproducción y/o duplicación en formatos y medios gráficos (libros,
revistas, etc.) o digitales, ya sea existentes o futuros, destinados
exclusivamente a fines de promoción. Ello sin prejuicio del
reconocimiento de paternidad y de integridad de la obra del/los
Autor/es a partir del cual se deberá consignar en todo momento el
nombre del/los mismos, acorde a lo establecido en los arts. 51 y 52 de
la ley 11.723.
30.1.- No obstante lo establecido precedentemente, con respecto a los
derechos patrimoniales derivados de la creación del autor del
argumento, el PRESENTANTE tendrá la licencia de uso de la obra
exclusivamente para la realización del audiovisual concursado.
30.2.- El ESTADO NACIONAL tendrá la titularidad de la obra creada por
el autor del argumento por el término de TRES (3) años contados a
partir del momento de la adjudicación del premio de la obra
audiovisual. Vencido el plazo nombrado el autor del argumento recupera
sobre su obra todos los derechos que la ley le confiere, conservando el
ESTADO NACIONAL la titularidad sobre la obra audiovisual fijada sobre
el soporte y por ende, la potestad de comercializarla sin límite de
tiempos ni territorio.
30.3.- En todo momento el PRESENTANTE debe respetar el derecho de
paternidad y a la integridad en cabeza del autor del argumento, del
director, y del compositor, para los casos de que la obra sea musical,
no pudiendo reducir, desgrabar o modificar el argumento de la misma ni
hacer un uso distinto para el cual fue cedido. Igual restricción debe
seguirse con relación a la obra creada por el director y a la creada
por el compositor.
30.4.- Es responsabilidad y función de las entidades de gestión
colectiva de derechos de propiedad intelectual, la de gestionar las
sumas que se devenguen de la utilización de las obras audiovisuales
(art. 1, Ley 20.115), no siendo ocupación del ESTADO NACIONAL, la de
exigir dicho accionar. Por ello, acorde a la ley citada y su decreto
reglamentario 461/73, los contratos de licencia de uso de obra para
plasmación audiovisual, que el productor celebre con el autor, deberán
hacerse a través de ARGENTORES.
30.5.- Durante el período de comercialización establecido en el punto
24 inciso 1, quien ejerza la potestad de explotar la Serie, en el caso
de la venta al exterior de la obra resultante fijada sobre un soporte
capaz de mantenerla grabada y reproducirla deberá considerar al autor
del argumento, el director y el compositor como coautores del
audiovisual mencionado, y el derecho que tienen a percibir, como
mínimo, del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total de la venta por
cada uno de los países en los que se comercialice.
30.6.- Tanto el autor del argumento, el director y el compositor son
coautores de la obra y por esa razón no declinarán su derecho a
percibir los derechos económicos de autor que perciban las entidades de
gestión del país o del exterior y reservarse un porcentaje del precio
de venta del audiovisual, cuando el mismo sea vendido a países que no
poseen sociedad de gestión recaudatoria. Este porcentaje, no está
incluido en el porcentaje que le corresponda como coautor del
audiovisual mencionado en el párrafo anterior.
30.7.- Independientemente de lo expuesto en las presentes Bases y
Pliegos las obras ganadoras no podrán violar ninguna disposición y/o
convenio/s internacionales vigente/s que puedan existir entre los
países interesados en adquirir la obra durante el período de
comercialización.
CAPITULO XII - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
31.- Es a cargo del productor el registro de la propiedad intelectual
de la obra audiovisual así como la contratación de los artistas,
intérpretes o ejecutantes y con los productores de fonogramas y el pago
de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente concurso. En consecuencia, quien figure como PRESENTANTE
será el único responsable de los efectos resultantes de la
planificación, ejecución y puesta en marcha de la obra audiovisual, y
se compromete a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, con relación a
cualquier reclamo o acción de terceros hacia su parte o contraparte,
cualquiera sea su naturaleza, hasta la finalización del presente,
debiendo hacerse cargo en forma exclusiva y excluyente de la posible
indemnización, daños, costos, costas y honorarios.
32.- Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la
publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los
ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido
seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los
mismos.
33.- Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes
Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los
Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.
ANEXO II
PRESENTACION DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma
personal de 10 a 17 hs. por ante la Mesa de Entradas del Instituto
Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo
postal a Lima 319, Piso 1º, Código Postal C1073AAG, desde el 19 de
Septiembre hasta el 11 de Noviembre de 2011 inclusive, tomándose para
este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos
respectiva.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 2720/2011
del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 02/11/2011 se
prorroga hasta el 12 de diciembre de 2011 inclusive, hasta las 17:00hs,
la fecha de cierre para la convocatoria del Concurso aprobado por la
presente Resolución)
El sobre o caja deberá estar dirigido a:
Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales - Segunda Edición -
Asimismo deberá consignarse en su exterior:
1 - Nombre del Concurso al que se presenta.
2 - Título del Proyecto.
3 - Región por la que participa.
4.- Nombre del presentante.
En su interior el sobre o caja deberá contener:
UNA (1) carpeta impresa y anillada, que conste de TRES (3) partes bien diferenciadas:
A - DOCUMENTACION
B - PROYECTO
C - COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA
A.- DOCUMENTACION
A.1.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LOS TRES (3) profesionales asignados
a los roles de PRODUCCION, DIRECCION y GUION, respetando el orden aquí
establecido:
A.1.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del
Proyecto; Región por la que participa y nombre del PRESENTANTE.
A.1.2.- Anexo III o Anexo IV, —sea persona física o jurídica— y
Declaración Jurada del Anexo VII (los que se adjuntan a la presente y
que también se podrán descargar de www.incaa.gov.ar). Estos Anexos solo
deben ser completados por el PRESENTANTE del Proyecto.
A.1.3.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda
hoja y cambio de domicilio) de los TRES (3) participantes.
A.1.4.- Acreditación de domicilio de los TRES (3) participantes
comprobando una residencia no menor a los DOS (2) años en la región por
la que participan. Dicha acreditación puede realizarse mediante
facturas de servicios a nombre de los participantes (una
correspondiente al último mes y una segunda de VEINTICUATRO (24) meses
anteriores), contrato de alquiler y/o certificado de domicilio emitido
por la policía correspondiente de donde surja la residencia por el
período requerido.
A.1.5.- Currículum Vitae (antecedentes no excluyentes) de los participantes.
A.2.- DOCUMENTACION RELATIVA AL PROYECTO, respetando el orden aquí establecido:
A.2.1.- Copia simple de la inscripción de la obra en la Dirección
Nacional de Derecho de Autor o Declaración Jurada firmada ante
Escribano Público o certificada ante Entidad Bancaria o Juez que
acredite la autoría de la obra para aquellas provincias donde no exista
sucursal o filial de la DNDA. En este último caso la misma funcionará
en carácter de provisoria y deberá ser reemplazada por la inscripción
correspondiente en caso de que el Proyecto resulte ganador.
A.2.2.- Autorización y/o cesión de los derechos de uso del guión cuando
el autor del argumento sea distinto al PRESENTANTE. La autorización
deberá realizarse exclusivamente del autor del argumento al
PRESENTANTE, mediante nota debidamente certificada y en la que deberá
coincidir el título de la obra con el registrado en el punto A.2.1., La
certificación deberá realizarse ante Escribano Público, Juez o mediante
certificación de firma bancaria.
B.- PROYECTO, el que deberá contener el material que se detalla a continuación respetando el orden establecido:
B.1.- CARATULA indicando: Concurso al que se inscribe; Título del
Proyecto; Región por la que participa y nombre del PRESENTANTE.
B.1.1.- Sinopsis de General de la Serie (DOS (2) carillas máximo).
B.1.2.- Guión televisivo de cada uno de los OCHO (8) Capítulos (VEINTISEIS (26) carillas máximo por capítulo).
B.1.3.- Propuesta Estética de la Serie, Concepción de los elementos visuales y sonoros.
B.1.4.- Listado de equipo técnico tentativo.
B.1.5.- Cronograma de rodaje, consideraciones técnicas y de producción
B.1.6.- Presupuesto de Producción (ANEXO V, el que se adjunta a la
presente y que también se podrá descargar de www.incaa.gov.ar).
C.- COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA. Se deberán presentar DOS (2)
copias digitales idénticas de la Carpeta Impresa grabadas en soporte
DVD, siguiendo las especificaciones aquí descriptas:
C.1.- Los DVD deben contener UNA (1) Carpeta identificada con el nombre
del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los siguientes
títulos:
C.1.1.- DOCUMENTACION; PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta última optativa).
C.1.2.- Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deben contener, cada
una, un solo archivo en formato PDF (portable document format) el que
no deberá exceder los 20 MB (Megabytes), sin excepción. Dichos Archivos
deberán ser una copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los
apartados DOCUMENTACION Y PROYECTO de la Carpeta impresa.
C.2.- MATERIAL ADICIONAL. Los PRESENTANTES podrán optar, si así lo
desean o creen conveniente por incluir fotografías, tipografías,
audios, un demo reel, etc. que sirvan para ilustrar aspectos generales
del tratamiento visual y/o sonoro, como material complementario del
proyecto.
C.2.1.- La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL podrá constar de hasta TRES (3) Sub-carpetas según el siguiente detalle:
C.2.2.- A la primer Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta
podrá contener: a) Hasta DIEZ (10) fotografías en formato (Joint
Pictures Experts Group - .JPEG) como máximo; y/o b) UN (1) demo reel,
de hasta TRES (3) minutos de duración, en formato (Audio Video
Interleave. AVI).
C.2.3.- A la segunda Sub-carpeta deberá denominársela AUDIO, y podrá
contener: a) Hasta DOS (2) archivos de audio, de hasta TRES (3) minutos
de duración como máximo, en formato (Waveform Audio File Format - .WAV).
C.2.4.- La tercer Sub-carpeta deberá denominarse DOCUMENTOS, y
contendrá: Cartas de apoyo, recomendaciones, Declaraciones de Interés,
Cartas de Intención, etc. Estas deberán adjuntarse en Formato PDF o
JPEG.
C.2.5. Cada una de las Sub-carpetas (IMAGENES, AUDIO Y DOCUMENTOS) no podrán exceder, en su conjunto los 4 GB (Gigabytes).
D.- Dado que las carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO, no pueden exceder
los 40 MB (Megabytes), y la Carpeta MATERIAL ADICIONAL, con sus
subcarpetas, no pueden exceder los 4 GB (Gigabytes), el peso total del
material grabado en el DVD no podrá ser superior a los 4.5 GB
(Gigabytes) que es el máximo promedio de capacidad de un DVD estándar.
Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será
entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta
cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí
especificado.
ANEXO III
PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES
PERSONA FISICA
A.4.1- FASE DE AUDIO. Cuando los
canales izquierdo y derecho son sumados y convertidos a monofónico, no
debe haber inversión de fase (o cancelación) o algún cambio en la
calidad del sonido. El uso de programas o hardware que ayude a mejorar
la mezcla estéreo debe ser empleado también para asegurar una
reproducción monofónica con igual calidad.
A.4.2.- NIVELES DE AUDIO. Niveles de Peak Program (Medida Digital). En
la mezcla Audio MIX, los niveles pico y el audio en general no debe
pasar de -10 dB. Y el mínimo, en -20 dB.
A.5.- VALORES DEL SUBTITULADO.
Para el caso que la Serie presente subtitulados parciales o totales se
deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones: