MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 363/2011

Registro Nº 630/2011

Bs. As., 30/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.182.866/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TABACOS NORTE SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 261/262, 264 y ratificado a fojas 263 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el acuerdo traído a estudio incrementa los sueldos básicos mensuales del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1065/09 "E".

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO UNICO DE EMPLEADOS DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa TABACOS NORTE SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 261/262 y 264 del Expediente Nº 1.182.866/06, y su acta de ratificación de fojas 263, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presenté Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 261/262 y 264 del Expediente Nº 1.182.866/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y/o de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.182.866/06

Buenos Aires, 2 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 363/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 261/262 y 264 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 630/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EMPLEADOS PERMANENTES NOMINA GENERAL DESDE AGOSTO DE 2010

EMPLEADOS PERMANENTES NOMINA GENERAL DESDE ENERO DE 2011.

EMPLEADOS PERMANENTES NOMINA GENERAL DESDE FEBRERO DE 2011

EMPLEADOS PERMANENTES NOMINA GENERAL DESDE MARZO DE 2011

VALOR DE ANTIGÜEDAD

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 18 días del mes de mayo de dos mil once, se reúnen Raúl Quiñones Secretario General, Eduardo Varela Secretario Gremial, José Luis Tulumaris Prosecretario Gremial, Oscar Barahona Secretario General Seccional Salta, Antonio Makarchuk, Secretario del Interior, Daniel Azcurra Secretario General Seccional Jujuy y Paula Maciel Delegada del Personal por el Sindicato Unico de Empleados del Tabaco de la Republica Argentina y Horacio Barroumères, y Carlos Suárez por Tabacos Norte S.A. y convienen:

1.- Dentro de las negociaciones paritarias que mantienen las partes, el Sindicato Unico de Empleados del Tabaco de la República Argentina y Tabacos Norte S.A. han acordado un incremento salarial remunerativo del 12% sobre los salarios básicos del mes de diciembre de 2009 a pagar a partir del mes de agosto de 2010.

Este incremento se suma a los otorgados previamente a lo largo de 2010 que terminan sumando un 27%.

De esta manera, un salario de $ 100 a diciembre de 2009 se transformó en $ 110 en mayo de 2010 y $ 127 en agosto de 2010.

2.- Con respecto a las negociaciones correspondientes al año 2011, ambas partes convienen un incremento del 20% sobre los salarios a diciembre de 2010, de acuerdo al siguiente esquema:

10% a partir del 1 de enero de 2011

5% a partir del 1 de febrero de 2011

5% a partir del 1 de marzo de 2011.

De esta manera, un salario de $ 100 a diciembre de 2010 se transforma en $ 110 en enero de 2011, $ 115 en febrero de 2011 y $ 120 en marzo de 2011.

3.- Ambas partes convienen que se reunirán nuevamente para establecer las pautas de negociación para el cierre del año.

4.- Cualquiera de las partes podrá presentar la presente acta, así como las escalas que la acompañan y que reflejan los incrementos alcanzados, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.

De conformidad entre las partes y para su fiel cumplimiento se firma el presente acuerdo en ellugar y la fecha arriba indicados.