Ministerio de Salud
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO
Resolución 1487/2011
Reglamento General para la Rendición
de Cuentas de fondos presupuestarios transferidos a gobiernos
provinciales o municipales. Modifícase la Resolución Nº 979/11.
Bs. As., 14/9/2011
VISTO el Expediente Nº 2002-14114/07-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones recayó la Resolución Ministerial Nº 979 de
fecha 30 de junio de 2011, mediante la cual por su Artículo 1º se
aprobó el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos
Presupuestarios transferidos a gobiernos provinciales o municipales.
Que a efectos de lograr mayores niveles de eficiencia, resulta
necesario extender la aplicación del citado reglamento a otras
entidades de Derecho Público y/o Privado beneficiarios de
subsidios/transferencias otorgados por este Ministerio.
Que corresponde proceder al dictado del acto administrativo de
sustitución del Artículo 1º a efectos de ampliar el alcance del citado
Reglamento.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el
artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 979 de fecha 30 de junio de
2011, por el siguiente: “ARTICULO 1º.- Apruébase el Reglamento General
para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios transferidos a
gobiernos provinciales o municipales y a personas físicas y/o jurídicas
de Derecho Público y/o Privado, que como ANEXO I forma parte integrante
de la presente, y que será de aplicación para aquellas áreas de este
Ministerio que sean Unidades Ejecutoras de Programas Presupuestarios
con créditos asignados en el Inciso 5 —Transferencias—, que se ejecuten
en virtud de convenios a suscribirse, en adelante CONTRAPARTES.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Juan L. Manzur.
ANEXO I
REGLAMENTO GENERAL PARA LA RENDICION
DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A GOBIERNOS
PROVINCIALES O MUNICIPALES Y A PERSONAS FISICAS Y/O JURIDICAS DE
DERECHO PUBLICO Y/O PRIVADO
Este reglamento deberá ser observado por la totalidad de las
dependencias del MINISTERIO DE SALUD que ejecuten créditos asignados en
el Inciso 5-Transferencias.
Los responsables de las Unidades Ejecutoras de Programas y/o áreas
otorgantes de subsidios están obligados a hacer cumplir las
disposiciones del presente Reglamento.
En oportunidad de suscribir un convenio y contratos con los Entes de
Derecho Público o Privado, que establezca la transferencia de fondos
imputables presupuestariamente al Inciso 5 —Transferencias—, deberán
preverse el procedimiento que se observará en cada caso, a fin que la
CONTRAPARTE proceda a efectuar la rendición de cuentas, la que tendrá
por objeto demostrar el uso que se ha dado a los fondos recibidos de
esta Jurisdicción, el que deberá coincidir con los fines establecidos
por las Partes signatarias. Dicha previsión deberá indicar
particularmente:
a) La individualización del organismo receptor de los fondos y de la
cuenta receptora de los fondos, la cual deberá ser una cuenta bancaria
que tengan habilitada en una de las instituciones financieras que
operan como agente de pago de la Cuenta Unica del Tesoro Nacional y
estén dadas de alta en la Tabla de Beneficiarios del “SIDIF”.
b) El monto total de la transferencia que deberá rendirse.
c) Los conceptos de los gastos que se atenderán con cargo a dicha transferencia;
d) El plazo de ejecución de las acciones estipulado;
e) La fijación de un plazo razonable a fin de cumplir con la obligación de rendir cuenta de los fondos transferidos;
f) La especificación de que “en caso de incumplimiento a la obligación
de rendir cuentas en tiempo y forma, los montos no rendidos deberán ser
reintegrados al ESTADO NACIONAL;
g) La metodología de rendición de cuentas que deberá reunir como mínimo la siguiente documentación:
1) Nota de remisión de la documentación rubricada por la máxima
Autoridad competente, con la identificación del Responsable Legal de la
CONTRAPARTE; de los responsables de la rendición de cuentas y los
responsables de la custodia y resguardo de la documentación
respaldatoria;
2) La relación de comprobantes que respaldan la rendición de cuentas,
indicando mínimamente: número de factura o recibo; nombre, denominación
o razón social del emisor; Clave Unica de Identificaciones Tributaria
(CUIT.) del emisor; concepto y fecha de cancelación de la factura,
adjuntando copia debidamente certificada de las facturas y/o
comprobantes de los gastos, extractos bancarios y copias certificadas.
La totalidad de los comprobantes deben reunir las condiciones, formas y
requisitos vigentes que establezca la AFIP.
3) Elaboración del informe final que, con carácter de declaración
jurada, deberá presentar la CONTRAPARTE interviniente respecto de la
ejecución de las acciones comprometidas;
4) El compromiso de “cumplir con la obligación de preservar por el
término de DIEZ (10) años, como respaldo documental de la rendición de
cuentas, los comprobantes originales completados de manera indeleble y
que cumplan con las exigencias establecidas por las normas impositivas
y previsionales vigentes y, en su caso, en función del tipo de
inversión efectuada, la presentación de la totalidad de los
antecedentes que justifiquen la inversión de los fondos remesados.
5) El compromiso de la CONTRAPARTE de “cumplir con la obligación de
poner a disposición de las jurisdicciones y entidades nacionales
competentes, así como de los distintos Organos de Control, la totalidad
de la documentación respaldatoria incluyendo los extractos de las
cuentas especiales donde se refleje la ejecución de los montos
transferidos, cuando éstos así lo requieran”.
Con relación a cada convenio y contrato cualquiera fuere su modalidad
de ejecución, donde se incumpla el proceso de rendición de cuentas
dentro de los NOVENTA (90) días hábiles administrativos de vencidos los
plazos previstos de rendición, corresponderá que:
a) La Unidad Ejecutora del Programa Presupuestario proceda a informar
dicha situación a la Secretaría o Subsecretaría de la cual depende;
b) Las Secretarías o Subsecretarías que integran la Jurisdicción deberán, sobre la base de la
información suministrada, proceder a gestionar el reintegro de los fondos y a tomar las medidas de su competencia;
c) Cada una de las Secretarías o Subsecretarías deberán comunicar a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION —SIGEN—, la existencia de tal
situación y sus antecedentes para que tome la intervención que le
compete.
En caso de incumplimiento en la presentación de la rendición de
cuentas, se faculta a las Secretarías o Subsecretarías a disponer de
las siguientes acciones:
a) Interrumpir y/o retener en forma automática la transferencia de fondos en la medida en que se constate:
1) incumplimiento en tiempo y forma de las rendiciones en cuenta acordadas en convenios suscriptos y a suscribirse;
2) objeciones formuladas por la SIGEN o impedimentos para el control de la asignación de los recursos transferidos;
3) la utilización de los fondos transferibles en destinos distintos al comprometido, cualquiera fuera la causa que lo origine.
b) Interrumpir la suscripción de nuevos convenios;
c) Adoptar las acciones que jurídicamente corresponda.
FORMULARIO:
“DECLARACION JURADA SOBRE APLICACION DE FONDOS TRANSFERIDOS”
(Lugar y Fecha de emisión)
SEÑOR
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION
RENDICION DE CUENTAS
MINISTERIO DE SALUD
El (los) que suscribe (n)…………………(Nombre/s y Apellido/s)…………………en mi
(nuestro) carácter de……………………………………...(Cargo que ocupa en la
Institución)…………….de…………………………………..(Entidad u Organismo)……………………..con
domicilio real/legal en la calle …………………….Nº……………………..de la
Ciudad/Localidad de………………………….. Provincia de…………………….., manifiesto con
carácter de declaración jurada, que he/hemos aplicado los fondos
transferidos oportunamente otorgados por el MINISTERIO DE SALUD
mediante Resolución Nº……………………………./20....., tramitado bajo Expediente
Nº…………………….,
conforme el detalle que se expone seguidamente:
Suma Otorgada……………………………………………………....$.............................-
Inversión Documentada rendida en la presente…………………..$ ……….………….-
Saldo a Invertir……………………………………………… …..….. $ ……….……..….. -
Asimismo, cumplimos en adjuntar un detalle de los respectivos
comprobantes respaldatorios de la inversión documentada al detalle de
fecha, tipo y Nº de comprobante, proveedor, concepto, e importe total y
copia de la documentación (facturas, extractos bancarios y/o otros
comprobantes), debidamente conformado por la Autoridad Competente.
Adicionalmente, también con carácter de declaración jurada, manifiesto/manifestamos que:
Los fondos recibidos, en concepto de subsidio, fueron empleados para el
objeto solicitado y/o tenido en cuenta para su otorgamiento.
La totalidad de la documentación original, respaldatoria del empleo de
los fondos de subsidio, cumple con las formalidades y requisitos
establecidos por la Resolución Nº 1415/03 y complementarias y
modificatorias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
(AFIP), salvo los casos de excepción que expresadamente se detallan. La
documentación ORIGINAL se encuentra debidamente archivada, en el
domicilio de……………………………………………………..(sede de la institución u organismo
privado), a disposición de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION -
DEPTO. RENDICION DE CUENTAS del MINISTERIO DE SALUD, para su análisis y
verificación en el momento que se considere oportuno y sometidas a las
competencias de control previstas en la Ley Nº 24.156.