MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 1381/2011

Bs. As., 13/9/2011

VISTO el Expediente Nº S04:0037445/2011 del registro de este Ministerio y los Decretos Nros. 1545 del 31 de agosto de 1994, sus modificatorios y complementarios y 1755 del 23 de octubre de 2008 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1755/08 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por la citada norma se aprobó, entre otras, la DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Que corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma citada precedentemente.

Que se han tenido en cuenta, para la elaboración de la propuesta, los lineamientos fijados por el Decreto Nº 1545/94, sus normas complementarias y modificatorias, como así también la Resolución Nº 422 del 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94.

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de departamento de la DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA de este Ministerio, de conformidad con el organigrama, acciones y dotación, que como ANEXOS I, II y III respectivamente, forman parte integrante de esta resolución.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

ANEXO II

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES

DEPARTAMENTO DE NORMATIVA INTERNACIONAL

ACCIONES

1. Asistir al Director Nacional para la participación en los eventos que se desarrollen en el marco de las Reuniones de Ministros de Justicia del Mercosur, en las de Ministros de Justicia y Procuradores Generales de la OEA. (REMJA), de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB) y en otros foros internacionales (UNASUR, ONU, UNCITRAL, CIDIP-OEA, la Conferencia de La Haya, GAFI, GAFISUD, etc.).

2. Colaborar en la organización de los Encuentros Técnicos y la Reunión de Ministros de Justicia del MERCOSUR, cuando nuestro país sea sede de la Reunión.

3. Analizar, evaluar y proponer dictámenes sobre los temas de la agenda de las distintas Reuniones y Encuentros en materia de Justicia y respecto de los que se desarrollan en ámbitos nacionales y bilaterales de incidencia internacional y en otros foros internacionales que se realicen en el marco de sus competencias.

4. Proponer normas convencionales y participar en los debates que surjan a partir de las propuestas.

5. Efectuar el seguimiento de los proyectos originados en el marco de las Reuniones de Ministros de Justicia y los que se proponen en otros foros bilaterales, regionales e internacionales, en materia de su incumbencia.

6. Asistir al Director Nacional en su vinculación con la DIRECCION DE COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en el marco de los Convenios Bilaterales de Cooperación y los celebrados en el marco del FONDO ARGENTINO DE COOPERACION HORIZONTAL (FO-AR).

DIRECCION NACIONAL DE COOPERACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES

DEPARTAMENTO DE COOPERACION INTERNACIONAL

ACCIONES

1. Tramitar rogatorias de asistencia jurídica mutua en materia penal, tanto en el ámbito de los Convenios Bilaterales con el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA —Ley Nº 24.034— (MLAT), con el Gobierno de la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY —Ley Nº 22.410— y en el de otros convenios que resulten de su incumbencia, como respecto de los pedidos de asistencia derivados en el marco de la Ley Nº 24.767, de Cooperación Penal.

2. Supervisar y controlar los requisitos de las rogatorias, relevando las dificultades de la tramitación.

3. Asistir al Director Nacional en el asesoramiento a jueces, fiscales y operadores de la justicia respecto a la confección de rogatorias en el marco de los Tratados mencionados.

4. Diligenciar los pedidos de traslado de condenados desde y hacia la REPUBLICA ARGENTINA en cumplimiento de la normativa interna y convencional en la materia.

5. Supervisar y efectuar el seguimiento de los pedidos de traslados de condenados que se recepten, preparando las comunicaciones a los Jueces de Ejecución y Fiscales respecto de las solicitudes de traslado.

6. Elaborar propuestas de nuevos convenios internacionales de cooperación en materia penal y en materia de traslado de condenados.

ANEXO III

e. 20/09/2011 Nº 118861/11 v. 20/09/2011