MERCOSUR/GMC/RES. Nš 14/11

CRONOGRAMA PARA LA IMPLEMENTACION DE LA PATENTE MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nš 53/10 del Consejo el Mercado Común y las Resoluciones Nš 08/92, 87/94, 75/97, 88/97, 32/09 y 52/10 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Decisión CMC Nš 53/10 "Patente MERCOSUR" creó, en el ámbito del Grupo Mercado Común, el Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación de la Patente MERCOSUR.

Que es preciso adoptar las medidas necesarias para la consolidación progresiva del proceso de integración, en el cual sea garantizada la libre circulación de los vehículos, facilitando las actividades productivas.

Que el Grupo Ad Hoc deberá promover, en el ámbito del MERCOSUR, y acompañar, a nivel nacional, las numerosas actividades necesarias para la implementación de la mencionada Patente.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la primera etapa del "Cronograma para la Implementación de la Patente MERCOSUR en vehículos de carga y pasajeros habilitados para el transporte terrestre internacional en el MERCOSUR", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Instruir al Grupo Ad Hoc para la elaboración e implementación de la Patente MERCOSUR a elevar al Grupo Mercado Común, antes de su última Reunión Ordinaria de 2011, un Proyecto conteniendo las demás etapas del Cronograma.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XXXVIII GMC EXT. - Asunción 27/VI/11.