Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 248/2011
Adjudícanse, en el marco del Programa
de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
cupos de financiamiento cuya convocatoria se efectuó mediante la
Resolución Nº 232/11.
Bs. As., 16/9/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0357122/2011 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 748 de
fecha 29 de agosto de 2000, 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 159 de
fecha 24 de febrero de 2005, 919 de fecha 28 de junio de 2010, 964 y
967 ambos de fecha 1 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que con el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010 fue
sustituida la denominación del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por
las de MINISTERIO DE INDUSTRIA y MINISTERIO DE TURISMO, con las
competencias respectivas, allí asignadas.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010
se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia para entender en
la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de
las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en
consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de
fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y
parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de
2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.
Que mediante la Resolución Nº 232 de fecha 6 de septiembre de 2011 de
la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA se procedió a convocar a una licitación de
cupos de crédito con tasa bonificada por un monto total de PESOS
CUATROCIENTOS MILLONES ($ 400.000.000.-), los cuales fueron para
aplicar en operaciones de financiamiento para los destinos previstos en
los incisos a), b), c), d) y g) del Artículo 8º del Decreto Nº 871/03,
por un monto máximo de hasta PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-), sin
superar el OCHENTA POR CIENTO (80%) del precio de compra del bien de
capital o proyecto de inversión, según sea el caso, sin incluir el
Impuesto al Valor Agregado, ni superar el plazo máximo de CUARENTA Y
OCHO (48) meses, admitiéndose, cuando el retorno de la inversión lo
justifique, hasta SEIS (6) meses de gracia para capital y/o intereses.
Que para el caso de capital de trabajo se establece un monto de hasta
la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), sin superar el
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de las ventas anuales, hasta un plazo
máximo de TREINTA Y SEIS (36) meses.
Que ante la convocatoria efectuada, diversas Entidades Financieras
presentaron distintas ofertas de cupos de financiamiento por un total
de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS SIETE MILLONES ($ 3.607.000.000.-).
Que atento que dicho monto superó el cupo licitado, la Dirección
Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, procedió a adjudicar los cupos de
crédito de manera proporcional al monto ofrecido, conforme lo
establecido en el Artículo 7º de la Resolución Nº 232/11 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que corresponde entonces, proceder a la emisión del Acto Administrativo
mediante el cual se adjudiquen los cupos de financiamiento sometidos a
licitación, con el objeto de posibilitar la ejecución efectiva del
Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00,
871/03, 159/05, 919/10, 964/10 y 967 de fecha 1 de julio de 2010.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Adjudícanse en el
marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, los cupos de financiamiento para Entidades
Financieras, cuya convocatoria a licitación se efectuó mediante la
Resolución Nº 232 de fecha 6 de septiembre de 2011 de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA según se detalla en el Anexo que con UNA (1) hoja, forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio Roura.
ANEXO