MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición N° 385/2011
Registro Nº 661/2011
Bs. As., 3/6/2011
VISTO el Expediente Nº 1.169.050/06 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 620/621 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo
celebrado entre la ASOCIACION SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (ASFA),
por la parte sindical y la empresa TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD
ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley
Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes firmantes del mentado Acuerdo coinciden con las
signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1121/10 “E”.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas
insertas en el acuerdo de marras, acreditando la personería y
facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias
obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar a
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS (ASFA) y la empresa TRENES
DE BUENOS AIRES SOCIEDAD, que luce a foja 620/621 del Expediente Nº
1.169.050/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 620/621
del Expediente Nº 1.169.050/06.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1121/10 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.169.050/09
Buenos Aires, 7 de junio de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 385/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 620/621 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 661/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos de Trabajo,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
EXPEDIENTE 1.169.050/06
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 12:00 horas del día
20 de mayo de 2011, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, ante el Subdirector Nacional de Relaciones del
Trabajo Lic. Adrián CANETO, por el sindicato ASOCIACION DE SEÑALEROS
FERROVIARIOS ARGENTINOS, Sr. Enrique MAIGUA, Raúl EPELBAUM, y Ramón
MALDONADO, miembros de la Comisión Directiva; asistidos por el Dr.
Domingo ARCOMANO, Tº 1, Fº 287, CSJN, y en representación de la empresa
TRENES DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, Andrea FERNANDEZ asistido por
la Dra. Adriana ANDROWICZ, Tº 86, Fº 2, CPACF, quienes asisten a la
audiencia fijada para el día de la fecha. Asimismo, se encuentra
presenta el Dr. Juan Martín CAVALIERE, en representación de la
SUB-SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA NACION.
CLAUSULA PRIMERA: Las partes han acordado la nueva escala salarial de
todos los trabajadores comprendidos en el CCT Nº 1121/10 “E” que se
acompañan como ANEXO 1 que regirán desde el 1/3/2011 hasta el 28/2/2012.
CLAUSULA SEGUNDA: La diferencia salarial entre los nuevos valores
consignados y la escala salarial anterior, correspondiente a los meses
de marzo, abril y mayo de 2011 se abonará en un pago como suma no
remunerativa a todos sus fines y efectos, no más allá del día 20/6/2011.
CLAUSULA TERCERA: La asignación no remunerativa, identificada bajo la
voz “SNRAC. SAL/2010”, que venían percibiendo los trabajadores se le
suma el 20% en concepto de grossing - up y a su resultado, se le
incrementa el 23% conforme el porcentaje pactado; quedando incorporado
a los salarios básicos consignados en el ANEXO I, por lo que dicho
rubro se suprime como tal a todos sus fines y efectos.
CLAUSULA CUARTA: Las partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social, la homologación del presente acuerdo y anexo.
Leída y RATIFICADA la presente acta acuerdo, los comparecientes firman
al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.
TRENES DE BUENOS AIRES