MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 424/2011

Registro Nº 704/2011

Bs. As., 8/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.330.891/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 67/68 del Expediente Nº 1.330.891/09, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (AMAP), por la parte sindical, y CONSOLIDAR SALUD SOCIEDAD ANONIMA y SAN TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, ratificado a fojas 69, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores pactan incrementos salariales con vigencia a partir del 1º de enero de 2011.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad del sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (AMAP), por la parte sindical, y CONSOLIDAR SALUD SOCIEDAD ANONIMA y SAN TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA por la parte empresarial, que luce a fojas 67/68 del Expediente de referencia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 67/68 del Expediente Nº 1.330.891/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.330.891/09

Buenos Aires. 13 de junio de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 424/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 67/68 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 704/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Enero 2011 Aumento 10%

PISONuevo Valor}Igual valor para las horas de guardia de traumatólogos, emergencias y demanda espontánea.
HORA SEMANA 50,05

HORA FIN DE SEMANA 60,06

GUARDIA 24 SEMANA 1201,2

GUARDIA 12 SEMANA 600,6

GUARDIA 24 FIN DE SEMANA 1441,44

GUARDIA 12 FIN DE SEMANA 720,72

UTI/UCO (Terapia)
HORA SEMANA 56,1
HORA FIN DE SEMANA 67,32
GUARDIA 24 SEMANA 1346,4
GUARDIA 12 SEMANA 673,2
GUARDIA 24 FIN DE SEMANA 1615,68
GUARDIA 12 FIN DE SEMANA 807,84



horas mensuales
Guardia mínima 6 hs semanales
Ceof. Jornada Mensual 26,1
Guardia máxima 42 hs semanales
Ceof. Jornada Mensual 182,7
Dedicación estándar 12 hs. semanales
Valor hora feriado hora normal + 20%
No se paga plus nocturno

EXPEDIENTE Nº 1.330.891/10.

En la ciudad de Buenos Aires, a los once días del mes de enero de dos mil once, siendo las 11.30 horas, comparecen espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí, Ricardo D’OTTAVIO, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento Nº 3, los Dres. Antonio DI NANNO, D.N.I. Nº 10.550.833 y Eduardo ROCHA, D.N.I. Nº 7.044.482, en representación de la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, por una parle y por la otra lo hace el Dr. Luciano Luis BRUNO, D.N.I. Nº 29.332.703, apoderado de la firma reclamada, conforme surge de la sustitución de poder que le efectuara el Dr. Luis Angel DISCENZA que en copia acompaña por este acto declarando bajo juramento su autenticidad y vigencia, juntamente con el señor Carlos FERRARIO, D.N.I. Nº 21.497.432, en representación de la firma CS SALUD S.A. y SAN TIMOTEO S.A., quienes concurren a la audiencia fijada para el día de la fecha.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que le fue la palabra a la representación empresaria, expresa: Que viene por este acto a acompañar una planilla —debidamente suscripta— conteniendo los incrementos salariales previstos por la Empresa a partir del 1º de enero de 2011, conforme compromiso asumido en acta de audiencia anterior.

En uso de la palabra la representación sindical, dice: Que toma conocimiento del ofrecimiento empresario, suscribiendo la planilla adjunta en señal de aceptación y aprobación, por lo solicita la elevación de las actuaciones a la Superioridad a los efectos de su homologación.

Con lo que terminó el acto, siendo las 12,00 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.