MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición N° 424/2011
Registro Nº 704/2011
Bs. As., 8/6/2011
VISTO el Expediente Nº 1.330.891/09 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 67/68 del Expediente Nº 1.330.891/09, obra el Acuerdo
celebrado por la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (AMAP),
por la parte sindical, y CONSOLIDAR SALUD SOCIEDAD ANONIMA y SAN
TIMOTEO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, ratificado a fojas
69, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores pactan incrementos
salariales con vigencia a partir del 1º de enero de 2011.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad del sector empresario
firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería
gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que se han cumplimentado los recaudos prescriptos por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán estas actuaciones a la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia
de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (AMAP), por la parte
sindical, y CONSOLIDAR SALUD SOCIEDAD ANONIMA y SAN TIMOTEO SOCIEDAD
ANONIMA por la parte empresarial, que luce a fojas 67/68 del Expediente
de referencia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 67/68 del
Expediente Nº 1.330.891/09.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.330.891/09
Buenos Aires. 13 de junio de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 424/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 67/68 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 704/11. — VALERIA ANDREA
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Enero 2011 Aumento 10%
PISO | Nuevo Valor | } | Igual valor para las horas de guardia de traumatólogos, emergencias y demanda espontánea. |
HORA SEMANA | 50,05 |
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HORA FIN DE SEMANA | 60,06 |
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GUARDIA 24 SEMANA | 1201,2 |
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GUARDIA 12 SEMANA | 600,6 |
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GUARDIA 24 FIN DE SEMANA | 1441,44 |
|
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GUARDIA 12 FIN DE SEMANA | 720,72 |
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UTI/UCO (Terapia) |
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HORA SEMANA | 56,1 |
HORA FIN DE SEMANA | 67,32 |
GUARDIA 24 SEMANA | 1346,4 |
GUARDIA 12 SEMANA | 673,2 |
GUARDIA 24 FIN DE SEMANA | 1615,68 |
GUARDIA 12 FIN DE SEMANA | 807,84 |
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| horas mensuales |
Guardia mínima 6 hs semanales |
| Ceof. Jornada Mensual | 26,1 |
Guardia máxima 42 hs semanales |
| Ceof. Jornada Mensual | 182,7 |
Dedicación estándar | 12 hs. semanales |
Valor hora feriado | hora normal + 20% |
No se paga plus nocturno |
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EXPEDIENTE Nº 1.330.891/10.
En la ciudad de Buenos Aires, a los once días del mes de enero de dos
mil once, siendo las 11.30 horas, comparecen espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de
Relaciones del Trabajo, ante mí, Ricardo D’OTTAVIO, Secretario de
Relaciones Laborales del Departamento Nº 3, los Dres. Antonio DI NANNO,
D.N.I. Nº 10.550.833 y Eduardo ROCHA, D.N.I. Nº 7.044.482, en
representación de la ASOCIACION DE MEDICOS DE LA ACTIVIDAD PRIVADA, por
una parle y por la otra lo hace el Dr. Luciano Luis BRUNO, D.N.I. Nº
29.332.703, apoderado de la firma reclamada, conforme surge de la
sustitución de poder que le efectuara el Dr. Luis Angel DISCENZA que en
copia acompaña por este acto declarando bajo juramento su autenticidad
y vigencia, juntamente con el señor Carlos FERRARIO, D.N.I. Nº
21.497.432, en representación de la firma CS SALUD S.A. y SAN TIMOTEO
S.A., quienes concurren a la audiencia fijada para el día de la fecha.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que
le fue la palabra a la representación empresaria, expresa: Que viene
por este acto a acompañar una planilla —debidamente suscripta—
conteniendo los incrementos salariales previstos por la Empresa a
partir del 1º de enero de 2011, conforme compromiso asumido en acta de
audiencia anterior.
En uso de la palabra la representación sindical, dice: Que toma
conocimiento del ofrecimiento empresario, suscribiendo la planilla
adjunta en señal de aceptación y aprobación, por lo solicita la
elevación de las actuaciones a la Superioridad a los efectos de su
homologación.
Con lo que terminó el acto, siendo las 12,00 horas, firmando los
comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.