MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 1539/2011

Dase por prorrogada la designación del Director Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Provincias.

Bs. As., 28/9/2011

VISTO el Expediente Nº S02:0003648/2011 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y Nº 1834 del 30 de noviembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1834/10 se ha designado transitoriamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Lic. D. Emiliano Carlos RESPIGHI en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION CIVIL (Nivel A, F.E. I) dependiente de la SECRETARIA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que resulta necesario prorrogar la mencionada designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Dase por prorrogada, a partir del 30 de enero de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del Lic. D. Emiliano Carlos RESPIGHI (D.N.I. Nº 24.805.547), oportunamente dispuesta por el Decreto Nº 1834 del 30 de noviembre de 2010 en el cargo de la planta permanente de DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCION CIVIL dependiente de la SECRETARIA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR, Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva I, autorizándose el correspondiente pago de la función ejecutiva y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP—, homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO —SINEP—, homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el artículo 1º.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.