Ministerio del Interior
POLICIA FEDERAL
LEY ORGANICA.- Modifícase el Art. 685 de la Reglamentación de la Ley Orgánica.
DECRETO Nº 2.460
Bs. As. 3/10/66
VISTO el Expediente letra I, Nº 10.006/1966, por el que Policía Federal propone la modificación del artículo 685º de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal aprobada por Decreto 6.580/58, y
CONSIDERANDO:
Que entre las misiones que compete a la Dirección Obra Social y Sanidad Policial de dicha Institución, está la de propender al bienestar moral y material del personal y de sus respectivos familiares;El Presidente de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º – Modifícase la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobada por Decreto Nº 6.580/58, en su artículo 685, el que quedará redactado en la siguiente forma:
"Artículo 685.- En ninguno de los casos previstos en los dos artículos anteriores, la ayuda para gastos de sepelio podrá ser inferior, ni exceder, los topes mínimo y máximo que respectivamente determine el Jefe de la Policía Federal, quien podrá aumentarlos conforme lo reclamen las necesidades y lo posibiliten los medios."
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento del Interior.