Registro Nacional de las Personas

PASAPORTES

Resolución 2688/2011

Apruébase el diseño y características de la lámina de seguridad que incorporan los pasaportes.

Bs. As., 3/10/2011

VISTO, el Expediente N° S02:0002481/2011, la Ley N° 17.671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional, sus modificatorias y concordantes, y el Decreto N° 261 del 2 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 61 de la Ley N° 17.671 faculta a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a expedir en forma exclusiva los distintos tipos de pasaportes.

Que el Decreto N° 261/2011 en su artículo 1° dispone que, con excepción de los pasaportes diplomáticos y oficiales, los distintos tipos de pasaportes nacionales sean otorgados en todo el territorio de la nación por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que, en este mismo sentido, esta DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS está facultada para incorporar las modificaciones, ajustes y actualizaciones al diseño, las características y elementos de seguridad de los pasaportes que expide.

Que, tal como fuera establecido en la Resolución RNP N° 762/2011 las libretas, insumos y componentes utilizados hasta la fecha son aquellos que oportunamente se encontraban diseñados y adquiridos al momento de la transferencia de la emisión de pasaportes de la Policía Federal Argentina al Registro Nacional de las Personas.

Que, agotada la existencia de uno de los componentes del pasaporte, se procedió a incorporar un nuevo y actualizado diseño de lámina, que incorpora mayores medidas de seguridad.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Técnica Jurídica de este Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que otorgan los artículos 5° y 61 de la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, y en el artículo 6° del Decreto N° 261/2011.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el diseño y características de la lámina de seguridad que incorporan los pasaportes emitidos por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a partir del día 6 de octubre de 2011, cuya descripción y detalles de seguridad de carácter público, o primera línea, las que constituyen el Anexo I de la presente medida.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mora Arqueta.

ANEXO I

LAMINA SOBRE FONDO TRANSPARENTE

LAMINA APLICADA SOBRE PAGINA 3 – PASAPORTE