ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 347/2011
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS. División Fiscalización de Devoluciones de la Subdirección
General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes
Nacionales. Su modificación.
Bs. As., 23/9/2011
VISTO la Actuación SIGEA Nº 13331-1537-2011 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO la Subdirección General de
Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales propone
introducir modificaciones en la estructura organizativa de la Dirección
de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales.
Que, según lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 1º del Decreto Nº
959/01, esta Administración Federal posee la facultad de impugnar los
créditos que fueran otorgados como consecuencia de las solicitudes de
acreditación, devolución y/o transferencia de gravámenes ante la
ilegitimidad o improcedencia del impuesto facturado.
Que en tal sentido y con el objeto de fortalecer las acciones de
fiscalización de dichas solicitudes interpuestas por los contribuyentes
y/o responsables surge la conveniencia de adecuar el accionar de la
División Fiscalización de Devoluciones, dependiente del Departamento
Devoluciones y Trámites de la mencionada Dirección.
Que dicha propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de
Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus
competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del
Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1º — Reemplazar en la estructura organizativa el Anexo B05, en
la parte pertinente, por el que se aprueba por la presente.
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Abog. RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ANEXO B05
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
DIRECCION DE OPERACIONES GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
DEPARTAMENTO DEVOLUCIONES Y TRAMITES
DIVISION FISCALIZACION DE DEVOLUCIONES
ACCION
Entender en la fiscalización de los reintegros efectuados por el
Organismo, como consecuencia de las solicitudes de acreditación,
devolución y/o transferencia de gravámenes presentadas por los
contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Efectuar las tareas de fiscalización necesarias para determinar la procedencia de los reintegros efectuados por el Organismo.
2. Ejercer las funciones de Juez Administrativo, con los alcances y facultades que se establecen en materia de su competencia.
3. Entender en la emisión de los actos impugnatorios de créditos fiscales improcedentes y efectuar los ajustes que correspondan.
4. Entender en el análisis de las informaciones suministradas por
terceros vinculadas con la situación fiscal de los contribuyentes y/o
responsables.
5. Participar en la elaboración de informes de gestión en el ámbito de su competencia.
6. Entender en la atención del debido suministro, mantenimiento, conservación y control de los bienes a su cargo.
e. 05/10/2011 N°127240/11 v. 05/10/2011