MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 1009/2011
Danse por aprobadas coberturas de cargos en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
Bs. As. 4/10/2011
VISTO el Expediente Nº 2221/10 del registro del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº
26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada
por el Decreto Nº 2054, ambos de fecha 22 de diciembre de 2010, los
Decretos Nros. 310 de fecha 29 de marzo de 2007 y 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero
de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos
del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 se
dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes
a la fecha de sanción de la citada ley, en las Jurisdicciones y
Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden
vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete
de Ministros.
Que por el Decreto Nº 310 de fecha 29 de marzo de 2007 se aprobó la
estructura organizativa del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), organismo descentralizado actuante en
la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA, facultando a través del artículo 3º del mencionado Decreto
al Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y
TECNICAS a aprobar la cantidad de DOCE (12) Coordinaciones de Unidad de
Administración Territorial (UAT).
Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra
inserto el Estado Nacional, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), ha reestructurado sus unidades
organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al
accionar del Estado Nacional.
Que se han creado a la fecha ONCE (11) cargos de Coordinador de Unidad
de Administración Territorial pertenecientes a distintos Centros
Científicos Tecnológicos dependientes del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS de acuerdo al detalle obrante en
el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que en relación al reordenamiento que se está llevando a cabo en el
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, se hace
necesario, por el presente acto, proceder al descongelamiento de los
cargos mencionados.
Que atento la importancia de las funciones asignadas a los cargos solicitados, resulta imperiosa la cobertura de los mismos.
Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.
Que la cobertura de los cargos que se propicia descongelar se hará
conforme los Sistemas de Selección vigentes y requisitos según lo
establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Exceptúase al
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) de
la prohibición contenida en el artículo 7º de la Ley Nº 26.546
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por
el Decreto Nº 2054/10 a los efectos de posibilitar la cobertura de los
cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan
en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente
medida.
Art. 2º — Los cargos
involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Art. 3º — El gasto que demande
la aplicación de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del Inciso 1 - Gastos en Personal, del presupuesto
para el Ejercicio vigente del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET).
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — José L. S. Barañao.
ANEXO
DENOMINACION DEL CARGO | AGRUPAMIENTO | NIVEL | FUNCION EJECUTIVA |
Coordinador UAT CCT CONICET SANTA FE | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET ROSARIO | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET BAHIA BLANCA | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET SAN LUIS | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET MENDOZA | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET CORDOBA | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET TUCUMAN | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET MAR DEL PLATA | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET NORDESTE | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET LA PLATA | Profesional | B | IV |
Coordinador UAT CCT CONICET COMAHUE | Profesional | B | IV |