PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 989/2011
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.
Bs. As., 30/9/2011
VISTO el Expediente Nº 18.178/2011 del Registro del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº
2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario atender obligaciones impostergables de la Administración Nacional correspondientes al corriente año.
Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la HONORABLE CAMARA
DE SENADORES DE LA NACION, de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION y
de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL del CONGRESO DE LA
NACION, con el objeto de permitir la atención de gastos de
funcionamiento y de inversión.
Que corresponde adecuar los créditos vigentes de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender diversos
programas y actividades culturales relevantes.
Que es necesario modificar el Presupuesto del TEATRO NACIONAL
CERVANTES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de contemplar los gastos
necesarios para la continuación de sus normales actividades y para la
atención de los haberes del personal.
Que corresponde ampliar el presupuesto de la BIBLIOTECA NACIONAL,
organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de prever los créditos
necesarios para el pago de las remuneraciones del personal del
Organismo.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto del FONDO NACIONAL DE LAS
ARTES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para asegurar el cumplimiento
de las actividades programadas y para el pago de remuneraciones al
personal.
Que se deben modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACION para posibilitar el normal funcionamiento de
la Jurisdicción.
Que debe incorporarse en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
créditos provenientes del Proyecto PNUD ARG 08G61, Fase V y VI -
“Fortalecimiento Institucional de la Oficina Programa Ozono” y del
Proyecto ARG/09/G46 - “Reducción y Prevención de la contaminación de
origen terrestre en el Río de la Plata y su Frente Marítimo mediante la
implementación del Programa de Acción Estratégico de FREPLATA”.
Que, por otra parte, la citada Secretaría debe cumplimentar políticas
de aplicación nacional para la implementación de la Gestión Integral de
Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) y para la cooperación en la misión y
objetivos ambientales de municipios sustentables.
Que con fin de dar cumplimiento al Plan Operativo Anual de Seguridad
Vial es necesario modificar el Presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO
DEL INTERIOR.
Que asimismo se deben incorporar al Presupuesto del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, remanentes de
fondos del Ejercicio 2010 correspondientes a la donación recibida en
virtud del contrato de permuta de inmuebles celebrado por la Embajada
de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA con el
Estado Alemán.
Que corresponde adecuar los créditos vigentes para atender gastos de
funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en la
órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que a fin de atender los gastos generados por la producción y venta de
bienes de consumo en los talleres de laborterapia, es necesario adecuar
los créditos vigentes del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS.
Que se deben prever los créditos necesarios para que el MINISTERIO DE
SEGURIDAD adquiera un equipo de resonancia magnética destinado al
Complejo Médico Policial “Churruca-Visca”.
Que resulta necesario modificar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS,
JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, Institución de
Seguridad Social actuante en la órbita de la Jurisdicción 41 -
MINISTERIO DE SEGURIDAD con el objeto de dar cumplimiento a los
reajustes de haberes del personal del Organismo.
Que, por otra parte, es necesario ajustar el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de
posibilitar la atención de gastos en personal, como así también para
afrontar los objetivos del programa de “Desarrollo de Economías
Regionales”.
Que asimismo se dispone la transferencia de VEINTICINCO (25) cargos al
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, procedentes de la ex
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y los saldos de
crédito correspondientes, en virtud de la sanción del Decreto Nº 192 de
fecha 24 de febrero de 2011, que establece la disolución de la
mencionada ex Oficina.
Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado bajo la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a efectos de
atender gastos vinculados a las acciones derivadas del “Programa de
Cambio Rural”.
Que asimismo, en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, se
efectúan compensaciones de crédito con el objeto de atender mayores
gastos en materia de personal.
Que es menester ajustar los créditos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado bajo la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los fines de atender
gastos relacionados a la compra de vacunas, mantenimiento de
laboratorio y realización de análisis de muestras, vinculados a la
declaración del estado de alerta sanitario con la finalidad de adoptar
y/o fortalecer todos los mecanismos y medidas destinadas a prevenir el
ingreso de la fiebre aftosa.
Que resulta necesario adaptar los créditos vigentes del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de permitirle continuar con
el normal desarrollo de sus actividades.
Que en el caso del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS resulta indispensable adecuar su presupuesto con el
objeto de atender, entre otras necesidades, compromisos relacionados
con las transferencias a empresas del transporte ferroviario,
aerocomercial y automotor; gastos en inversión ferroviaria; y
transferencias a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a los fines de permitir el normal
abastecimiento del sector energético, y a la empresa HIDROVIA SOCIEDAD
ANONIMA.
Que además es primordial continuar con la ejecución del “Proyecto
Centro Cultural Bicentenario” y con las transferencias que permitan
aumentar la capacidad instalada en materia de comunicaciones.
Que, por otro lado, en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se
prevé incorporar mayores recursos respecto al cálculo vigente, los que
devienen de la aplicación de la Ley Nº 17.319, correspondientes a las
Regalías Hidrocarburíferas, los cuales serán destinados a la atención
del “Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de
Petróleo Envasado (GLP)” y para el control de calidad de combustibles
en estaciones de servicio.
Que a su vez se ajusta el presupuesto de la DIRECCION GENERAL DE
FABRICACIONES MILITARES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender gastos operativos.
Que corresponde ajustar los créditos del MINISTERIO DE EDUCACION con el
objeto de atender los gastos correspondientes al Fondo Nacional de
Incentivo Docente (FONID).
Que es menester prever en la órbita del MINISTERIO DE SALUD los
créditos para atender, entre otros conceptos, la atención médica de los
pensionados no contributivos, afrontar gastos de funcionamiento del
HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. PROFESOR DOCTOR JUAN PEDRO GARRAHAN y
del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DR. NESTOR CARLOS
KIRCHNER” S.A.M.I.C. y adquirir vacunas e insumos varios.
Que resulta pertinente reforzar los créditos destinados al pago de los
haberes de las Pensiones no Contributivas a cargo del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que resulta necesario modificar los créditos presupuestarios incluidos
en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados a la empresa ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) con
el objeto de atender compromisos relacionados con el suministro de
energía. Adicionalmente, se ajustan los créditos destinados a la citada
empresa para financiar gastos de capital.
Que asimismo corresponde adecuar las transferencias destinadas al
FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, a YACIMIENTOS
CARBONIFEROS DE RIO TURBIO (YCRT), a la empresa NUCLEOELECTRICA
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES (ARSAT), al OPERADOR FERROVIARIO SOCIEDAD DEL ESTADO (OFSE)
a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA).
Que además se deben modificar los créditos de la Jurisdicción 91 -
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a fin de poder atender obligaciones
asumidas con las generadoras estatales y binacionales de energía
eléctrica.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido
por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, y el Artículo 9º de la Ley Nº
26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y
complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2011 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las
Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del
mismo.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.
NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar