PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 989/2011

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011.

Bs. As., 30/9/2011

VISTO el Expediente Nº 18.178/2011 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario atender obligaciones impostergables de la Administración Nacional correspondientes al corriente año.

Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION, de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION y de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL del CONGRESO DE LA NACION, con el objeto de permitir la atención de gastos de funcionamiento y de inversión.

Que corresponde adecuar los créditos vigentes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender diversos programas y actividades culturales relevantes.

Que es necesario modificar el Presupuesto del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de contemplar los gastos necesarios para la continuación de sus normales actividades y para la atención de los haberes del personal.

Que corresponde ampliar el presupuesto de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de prever los créditos necesarios para el pago de las remuneraciones del personal del Organismo.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para asegurar el cumplimiento de las actividades programadas y para el pago de remuneraciones al personal.

Que se deben modificar los créditos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para posibilitar el normal funcionamiento de la Jurisdicción.

Que debe incorporarse en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, créditos provenientes del Proyecto PNUD ARG 08G61, Fase V y VI - “Fortalecimiento Institucional de la Oficina Programa Ozono” y del Proyecto ARG/09/G46 - “Reducción y Prevención de la contaminación de origen terrestre en el Río de la Plata y su Frente Marítimo mediante la implementación del Programa de Acción Estratégico de FREPLATA”.

Que, por otra parte, la citada Secretaría debe cumplimentar políticas de aplicación nacional para la implementación de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) y para la cooperación en la misión y objetivos ambientales de municipios sustentables.

Que con fin de dar cumplimiento al Plan Operativo Anual de Seguridad Vial es necesario modificar el Presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que asimismo se deben incorporar al Presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, remanentes de fondos del Ejercicio 2010 correspondientes a la donación recibida en virtud del contrato de permuta de inmuebles celebrado por la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA con el Estado Alemán.

Que corresponde adecuar los créditos vigentes para atender gastos de funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que a fin de atender los gastos generados por la producción y venta de bienes de consumo en los talleres de laborterapia, es necesario adecuar los créditos vigentes del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que se deben prever los créditos necesarios para que el MINISTERIO DE SEGURIDAD adquiera un equipo de resonancia magnética destinado al Complejo Médico Policial “Churruca-Visca”.

Que resulta necesario modificar el presupuesto de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, Institución de Seguridad Social actuante en la órbita de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD con el objeto de dar cumplimiento a los reajustes de haberes del personal del Organismo.

Que, por otra parte, es necesario ajustar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de posibilitar la atención de gastos en personal, como así también para afrontar los objetivos del programa de “Desarrollo de Economías Regionales”.

Que asimismo se dispone la transferencia de VEINTICINCO (25) cargos al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, procedentes de la ex OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y los saldos de crédito correspondientes, en virtud de la sanción del Decreto Nº 192 de fecha 24 de febrero de 2011, que establece la disolución de la mencionada ex Oficina.

Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a efectos de atender gastos vinculados a las acciones derivadas del “Programa de Cambio Rural”.

Que asimismo, en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, se efectúan compensaciones de crédito con el objeto de atender mayores gastos en materia de personal.

Que es menester ajustar los créditos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los fines de atender gastos relacionados a la compra de vacunas, mantenimiento de laboratorio y realización de análisis de muestras, vinculados a la declaración del estado de alerta sanitario con la finalidad de adoptar y/o fortalecer todos los mecanismos y medidas destinadas a prevenir el ingreso de la fiebre aftosa.

Que resulta necesario adaptar los créditos vigentes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objeto de permitirle continuar con el normal desarrollo de sus actividades.

Que en el caso del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS resulta indispensable adecuar su presupuesto con el objeto de atender, entre otras necesidades, compromisos relacionados con las transferencias a empresas del transporte ferroviario, aerocomercial y automotor; gastos en inversión ferroviaria; y transferencias a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a los fines de permitir el normal abastecimiento del sector energético, y a la empresa HIDROVIA SOCIEDAD ANONIMA.

Que además es primordial continuar con la ejecución del “Proyecto Centro Cultural Bicentenario” y con las transferencias que permitan aumentar la capacidad instalada en materia de comunicaciones.

Que, por otro lado, en el ámbito de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se prevé incorporar mayores recursos respecto al cálculo vigente, los que devienen de la aplicación de la Ley Nº 17.319, correspondientes a las Regalías Hidrocarburíferas, los cuales serán destinados a la atención del “Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado (GLP)” y para el control de calidad de combustibles en estaciones de servicio.

Que a su vez se ajusta el presupuesto de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender gastos operativos.

Que corresponde ajustar los créditos del MINISTERIO DE EDUCACION con el objeto de atender los gastos correspondientes al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).

Que es menester prever en la órbita del MINISTERIO DE SALUD los créditos para atender, entre otros conceptos, la atención médica de los pensionados no contributivos, afrontar gastos de funcionamiento del HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. PROFESOR DOCTOR JUAN PEDRO GARRAHAN y del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DR. NESTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. y adquirir vacunas e insumos varios.

Que resulta pertinente reforzar los créditos destinados al pago de los haberes de las Pensiones no Contributivas a cargo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que resulta necesario modificar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, destinados a la empresa ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) con el objeto de atender compromisos relacionados con el suministro de energía. Adicionalmente, se ajustan los créditos destinados a la citada empresa para financiar gastos de capital.

Que asimismo corresponde adecuar las transferencias destinadas al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, a YACIMIENTOS CARBONIFEROS DE RIO TURBIO (YCRT), a la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT), al OPERADOR FERROVIARIO SOCIEDAD DEL ESTADO (OFSE) a la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA).

Que además se deben modificar los créditos de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO a fin de poder atender obligaciones asumidas con las generadoras estatales y binacionales de energía eléctrica.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, y el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2011 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar