MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 874/2011

Registro Nº 1025/2011

Bs. As., 29/7/2011

VISTO el Expediente Nº 155.668/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 155.668/08, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SANTA FE y la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, por el sector de los trabajadores y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE SANTA FE por el sector empleador, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 519/07, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo, se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria y de las asociaciones sindicales firmantes, emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 155.668/08, celebrado por el SINDICATO DE OBREROS PANADEROS DE SANTA FE y la FEDERACION ARGENTINA UNION PERSONAL PANADERIAS Y AFINES, por el sector de los trabajadores y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS DE SANTA FE por el sector empleador, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 155.668/08.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245° de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 519/07.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 155.668/08

Buenos Ares, 2 de agosto de 2011

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 874/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1025/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

REF. EXPEDIENTE Nº 0231

Santa Fe

Comparecen ante la Delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación de la ciudad de Santa Fe. Por un lado los INDUSTRIALES PANADEROS de la primera circunscripción los Sres. Luis Piccinino Cleime Pedro Manasseri; DNI 2.448.890, Jorge Alberto Spasitch, LE 6.259.546 y su Asesor Legal Dr. Jorge Alberto González, todos Miembros paritarios por la parte empresaria y por el Sindicato de Obreros Panaderos de Santa Fe, 1° Circunscripción los Sres. Durán Enrique Valentín DNI 6.260.360, Vicente Angel Licitra LE 6.260.669 y Román Emilio Espinoza DNI. 8.467.210. Y su Asesor Legal Dr. Santiago Juan Domingo. Haciéndolo el Sr. Enrique Valentín Durán por la Federación Argentina Unión Personal de Panaderías y Afines (FAUPPA) en su carácter de Miembro Titular de la Comisión Paritaria Nacional comparecen su carácter de Miembros paritarios del C.C.T. Nº 519/07 a los fines de acordar una nueva Escala Salarial a saber:

ESCALA SALARIAL NUEVA PARA LOS MESES DE MARZO A JULIO DE 2008

CategoríaBASICO Desde 3/2008Presentismo 8%BASICO C/Present.Valor HoraValor Changa
Maestro Amasador1.300,00104.001 404.007,0267,39
Maestro o Amasador1.165,0093,201.258.206,2960,39
Cajeros1.140,0091,201.231,206,16
Ayudante y/o estibador1.140,0091.201.231,206,1659,10
Dependientes/Depend. con Tareas Adm.1.120,0089,601.209,606,05
Peón de patio1.105,0088,401.193,405,97
Repartidores1.140,0091,201.231,206,16

ESCALA SALARIAL NUEVA PARA LOS MESES DE AGOSTO A NOVIEMBRE DE 2008 CON UN INCREMENTO DE $ 40,00.- A SABER

CategoríaBASICO Desde 08/2008Presentismo 8%BASICO C/Present.Valor HoraValor Changa
Maestro Amasador1.340,00107,201.447,207,2469,47
Maestro o Amasador1.205,0096,401.301,406,5162,47
Cajeros1.180,0094,401.274,406,37
Ayudante y/o estibador1.180,0094,401.274,406,3761,17
Dependientes/Depend. con Tareas Adm.1.160,0092,801.252,806,26
Peón de patio1.145,0091,601.236,606,18
Repartidores1.180,0094,401.274.406,37

ESCALA SALARIAL NUEVA PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 2008 CON UNA SUMA FIJA NO REMUNERATIVA DE $ 35,50.- PARA TODAS LAS CATEGORIAS

CategoríaBASICO Desde 12/2008Presentismo 8%BASICO C/Present.Suma No Remun.Valor HoraValor Changa
Maestro Amasador1.340,00107,201.447,2035,007.4170,87
Maestro o Amasador1.205,0096,401.301,4035,006,6863.87
Cajeros1.180,0094,401.274,4035,006,55
Ayudante y/o estibador1.180,0094,401.274,4035,006,5562,57
Dependientes/Depend. con Tareas Adm.1.160,0092,801.252,8035,006,44
Peón de palio1.145,0091,601.236,8035,006,36
Repartidores1.800,0094,401.274,4035,006,55

ESCALA SALARIAL NUEVA PARA LOS MESES DE ENERO A FEBRERO DE 2009 SE INCORPORA AL BASICO $ 35,00.- NO REMUNERATIVOS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2008

CategoríaBASICO Desde 01/2006Presentismo 8%BASICO C/Present.Valor HoraValor Changa
Maestro Amasador1.375,00110.001.485,007,4371,28
Maestro o Amasador1.210,0099,201.339,206,7064,28
Cajeros1.215,0097.201.312,206,56
Ayudante y/o estibador1.215,0097,201.312,206,5662,99
Dependientes/Depend. con Tareas Adm.1.195,0095,601.290,606,45
Peón de patio1.130 0094,401.274,406,37
Repartidores1.215,0097,201.312.206,56