CONTRATOS
Decreto 1632/2011
Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Bs. As., 12/10/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0085876/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Contrato de Préstamo BID Nº 2491/OC-AR, el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha resuelto financiar a la Provincia
de RIO NEGRO, por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA
MILLONES (U$S 30.000.000) destinado a la ejecución del “Programa de
Infraestructura Productiva y Turística para la Provincia de Río Negro”,
cuyo objetivo general es apoyar a la mencionada provincia “en el
fortalecimiento y consolidación de los clusters frutihortícola y
turístico, para que mantengan y mejoren su competitividad en los
mercados nacional e internacional y su potencial exportador”.
Que, asimismo, el programa incluye objetivos específicos, tales como:
“(i) mejorar los servicios portuarios a las naves y los transportistas
terrestres en San Antonio Este; (ii) ampliar la oferta de servicios
médicos necesarios para atender la demanda de un centro turístico de
riesgo medio como Bariloche; (iii) mejorar la oferta turística urbana,
tanto de Bariloche como de Viedma (capital provincial); y (iv) preparar
el plan de inversiones asociadas a nuevas infraestructuras,
principalmente aquéllas vinculadas a la ampliación de la oferta
turística en la costa atlántica y la mejora de la movilidad de
Bariloche”.
Que de conformidad con las normas y políticas del BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID) y a efectos de suscribir el Contrato de Préstamo
BID Nº 2491/OC-AR denominado “Programa de Infraestructura Productiva y
Turística para la Provincia de Río Negro”, resulta indispensable que la
REPUBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras asumidas por
dicha provincia emergentes de la operación crediticia.
Que en tal sentido, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha
propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de
Garantía con la finalidad de que la REPUBLICA ARGENTINA afiance las
obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO
contraiga como consecuencia de la suscripción del Contrato de Préstamo
BID Nº 2491/OC-AR.
Que las obligaciones garantizadas por la REPUBLICA ARGENTINA no
incluyen el compromiso de contribuir con recursos adicionales para la
ejecución del mencionado proyecto.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos
emergentes del Contrato de Préstamo BID Nº 2491/OC-AR y preservar el
crédito público de la REPUBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha
propuesto al Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO la suscripción de un
Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a
la atención de los compromisos de pago asumidos con CINCO (5) días
hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el
respectivo contrato.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el
Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO autorizará al MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a efectuar el débito automático de los
fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del
régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato
de Garantía a ser suscripto entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPUBLICA ARGENTINA, y el Modelo de Contrato de
Contragarantía a ser suscripto entre ésta última y el Gobierno de la
Provincia de RIO NEGRO.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el
Artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2005), los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el
Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPUBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), con el objeto
de afianzar las obligaciones financieras a ser asumidas por el Gobierno
de la Provincia de RIO NEGRO emergentes del Contrato de Préstamo BID Nº
2491/OC-AR a suscribirse entre la Provincia de RIO NEGRO y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y destinado a financiar el “Programa
de Infraestructura Productiva y Turística para la Provincia de Río
Negro” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES
(U$S 30.000.000) que consta de NUEVE (9) cláusulas y se adjunta al
presente como Anexo I. Asimismo como Anexo II, se adjuntan las
versiones en idioma español de las “Políticas para la Adquisición de
Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y
las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”, ambas
correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.
Art. 2º — Apruébase el Modelo
de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPUBLICA
ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de RIO NEGRO, que consta de
SEIS (6) artículos, cuya copia autenticada forma parte integrante de la
presente medida como Anexo III.
Art. 3º — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a suscribir los contratos cuyos
modelos se aprueban por medio de los Artículos 1º y 2º del presente
decreto.
Art. 4º — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe, a convenir y/o suscribir
modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los
Artículos 1º y 2º del presente decreto, siempre que las mismas no
constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, destino de
los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el
procedimiento arbitral pactado.
Art. 5º — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas a ejercer, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a
la implementación del Contrato de Garantía y aquéllos requeridos a la
REPUBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo
BID Nº 2491/OC-AR, a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de
RIO NEGRO y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Art. 6º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado
Boudou.
NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede
ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar