Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
AZUCAR
Resolución 660/2011
Distribución de la cuota de exportación de azúcar crudo con destino a los Estados Unidos de América.
Bs. As., 17/10/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0362696/2011 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 512 de fecha 1 de
agosto de 1997 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, modificada por la Resolución Nº 94 de fecha 23 de septiembre
de 2002 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que anualmente el Gobierno de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA adjudica a
la REPUBLICA ARGENTINA una cuota de exportación de azúcar crudo.
Que para el período 2011/2012 dicha cuota ha sido fijada en CUARENTA Y
SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO TONELADAS (46.154 t), que deducido
el margen de polarización, comprende la cantidad de CUARENTA Y CUATRO
MIL SETENTA Y SIETE CON CERO SIETE TONELADAS (44.077,07 t).
Que las condiciones para efectivizar dicha exportación indican la
necesidad de distribuir, en una primera etapa, la cantidad de VEINTIDOS
MIL TREINTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CUATRO TONELADAS (22.038,54 t) cuyo
ingreso a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA deberá concretarse a partir del
1 de septiembre de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012, inclusive.
Que a los efectos de dicha distribución se tienen en cuenta las
exportaciones al mercado mundial durante el año 2010, sin computar la
cuota americana.
Que asimismo, y teniendo en cuenta que por las Resoluciones Nros. 142
de fecha 15 de marzo de 2011, 243 de fecha 12 de mayo de 2011 y 395 de
fecha 4 de julio 2011 todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA
Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se incurrió en
un error material al asignarse a la firma COMPAÑIA AZUCARERA LOS
BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA) una cantidad total en menos de
TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y NUEVE TONELADAS (39,89 t), corresponde en
esta instancia rectificar dicha circunstancia adicionándose la citada
suma a la cuota a otorgar a la referida empresa.
Que dicho error provino de tomar como base de cálculo de las
exportaciones realizadas al mercado mundial la cantidad de OCHO MIL
NOVECIENTAS SIETE CON VEINTIUNA TONELADAS (8.907,21 t), en vez de NUEVE
MIL CIENTO ONCE CON SETENTA Y UNA TONELADAS (9.111,71 t) de azúcar,
valor crudo que efectivamente exportó la COMPAÑIA AZUCARERA LOS
BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA) durante el año 2010.
Que para acceder a la entrega del Certificado de Elegibilidad y/o de
cualquier certificado provisorio que ampare dicha cuota, los
beneficiarios deberán previamente tener regularizada su situación
fiscal y previsional, fijándose como fecha límite de tal exigencia, los
NOVENTA (90) días corridos anteriores al límite establecido por los
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA para el ingreso de los azúcares
correspondientes a la presente cuota.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los Decretos Nros. 1034 de fecha 7 de julio de 1995 y 357 de fecha 21
de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º — Distribúyese la
cantidad de VEINTIDOS MIL TREINTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CUATRO
TONELADAS (22.038,54 t) de azúcar crudo con polarización no menor de
NOVENTA Y SEIS GRADOS (96º) con destino a los ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA, amparada por Certificados de Elegibilidad para el período
2011/2012, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución.
Art. 2º — Rectifícase la
asignación efectuada por las Resoluciones Nros. 142 de fecha 15 de
marzo de 2011, 243 de fecha 12 de mayo de 2011 y 395 de fecha 4 de
julio 2011 todas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a la firma COMPAÑIA
AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA) en la cantidad que se
expresa en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3º — La cantidad a
exportar expresada en el Artículo 1º de la presente medida deberá
ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a partir del 1 de septiembre
de 2011 y hasta el 30 de septiembre de 2012, inclusive.
Art. 4º — El incumplimiento
total o parcial de la cuota asignada dará lugar automáticamente a la
eliminación de los infractores en la distribución de la próxima cuota.
Art. 5º — En caso de cesiones
de cuota únicamente entre los beneficiarios de la misma, los acuerdos
deberán ser comunicados a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la
conformidad del cedente y del cesionario antes de solicitar el
Certificado de Elegibilidad. Las cesiones contemplarán la cesión de la
cuota y del Certificado de Elegibilidad respectivo.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lorenzo R. Basso.
ANEXO
Distribución del primer tramo de la cuota americana 2011/2012
Razón Social | Azúcar Exportado al Mercado Mundial en 2010 (Toneladas a valor crudo) | Participación (%) | Distribución (Toneladas a valor crudo) |
ATANOR S.C.A. | 1.205,16 | 0,49% | 108,78 |
AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A. | 1.879,06 | 0,77% | 169,60 |
COMPAÑIA AZUCARERA CONCEPCION S.A. | 63.446,57 | 26,03% | 5.726,61 |
COMPAÑIA AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA) | 9.111,71 | 3,74% | 822,41 |
INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A. | 40.429,89 | 16,59% | 3.649,15 |
LEDESMA S.A.A.I. | 53.771,97 | 22,06% | 4.853,39 |
METRONEC S.A. (ARRENDATARIO INGENIO LA ESPERANZA) | 9.975,46 | 4,09% | 900,37 |
JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I. | 29.397,90 | 12,06% | 2.653,42 |
PROSAL S.A. | 18.280,43 | 7,50% | 1.649,97 |
S.A. SER | 16.230,57 | 6,66% | 1.464,95 |
SUB-TOTAL | 243.728,72 | 99,99% | 21.998,65 |
COMPAÑIA
AZUCARERA LOS BALCANES S.A. (INGENIO LA FLORIDA) corresponde a
rectificación de las Resoluciones Nros. 142/2011, 243/2011 y 395/2011 |
|
| 39,89 |
TOTAL |
|
| 22.038,54 |