MINISTERIO DE INDUSTRIA
Decreto 1664/2011
Dase por prorrogada la designación del
Director Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.
Bs. As., 17/10/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0089228/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2239 de fecha 30 de diciembre de 2010, se designó
con carácter transitorio al Contador Don Adolfo Osvaldo ESPOSITO (M.I.
Nº 23.252.817) en el cargo, Nivel A, Función Ejecutiva I, de Director
de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal
dependiente de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del funcionario mencionado.
Que el profesional citado se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo
1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
prorrogada la designación transitoria a partir del vencimiento del
término establecido en el Artículo 1º del Decreto Nº 2239 de fecha 30
de diciembre de 2010 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, en el
cargo de Director de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y
Capacitación Federal dependiente de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, al
Contador Don Adolfo Osvaldo ESPOSITO (M.I. Nº 23.252.817), Nivel A,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del referido
Sistema, homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el
Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las
partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción
51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A.
Giorgi.