MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 545/2011

Registro Nº 1014/2011

Bs. As., 29/7/2011

VISTO el Expediente Nº 1.391.746/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO (F.A.S.P. y G.P.) por el sector sindical y la empresa ENAP-SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 15/16 del Expediente Nº 1.391.746/10 y ha sido alcanzado por ante esta Cartera de Estado.

Que la empresa BRINGS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA ratifica en todos sus términos el mentado acuerdo conforme surge de las constancias obrantes a fojas 92 del expediente citado en el Visto.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo de marras.

Que resultando de diversa naturaleza las materias reguladas en el mismo, no todas resultan susceptibles de homologación por parte de esta Autoridad de Aplicación en los términos de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en definitiva lo que hace susceptible de homologación a un acuerdo en el marco de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) no es sólo el carácter que necesariamente deben revestir sus celebrantes y la legitimidad conjunta de las mismas para negociar colectivamente, sino que también resulta determinante la naturaleza de la materia regulada mediante el mismo.

Que teniéndose en consideración el marco en el cual se llega al acuerdo en cuestión corresponde proceder a su registración en lo que resulta materia de su competencia, como acuerdo marco de naturaleza colectiva y sin perjuicio de los derechos individuales de cada uno de los trabajadores que pudieran verse alcanzados por el mismo, quienes deberán, de entenderse pertinente, prestar su expreso consentimiento lo que deberá efectuarse encauzando tal procedimiento por ante el Organismo Provincial con competencias para ello.

Que en consecuencia corresponde proceder al registro del acuerdo de marras.

Que corresponde señalar que las partes han acreditado fehacientemente la representación invocada.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1º — Regístrese el acuerdo marco alcanzado entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO (F.A.S.P. y G.P.) por el sector sindical y la empresa ENAP-SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 15/16 del Expediente Nº 1.391.746/10 y acta de ratificación de la empresa BRINGS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 92 de las mismas actuaciones.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 15/16 y acta de ratificación de fojas 92 del Expediente Nº 1.391.746/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo registrado, acta de ratificación y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.391.746/10

Buenos Aires, 2 de agosto de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 545/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 15/16 y 92 del expediente de referencia, quedando registrado bajo los números 1014/11. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.391.746/10

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 29 días del mes de junio de dos mil diez, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el Sr. ALBERTO ROBERTI, Secretario General, y el Sr. CARLOS FLAQUIER en su carácter de Prosecretario Gremial, respectivamente de la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO, por una parte y por la otra lo hace el Sr. ALFREDO MALLEA GIL, en su carácter de apoderado de la firma ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A., constituyendo domicilio en Tucumán 11º piso de C.A.B.A., quien asiste al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un intercambio de opiniones, las partes en conjunto y de común acuerdo MANIFIESTAN: Que luego de las tratativas que han mantenido expresan lo siguiente:

1) Que en el marco del reclamo originado por la falta de actualización de las planillas salariales correspondientes a los trabajos efectuados costa afuera (PROYECTO HELIX) ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A. manifiesta que instruirá a sus contratistas a abonar los siguientes montos al personal representado por la FASIPEGYBIO, en concepto de gratificación extraordinaria por única vez surgida del ajuste antes mencionado. Los trabajadores involucrados pertenecen a las pcias. de Santa Cruz y Tierra del Fuego.

- personal de Brings, $ 3.000.- no remunerativos pagaderos en una cuota, a abonarse el 15 de julio de 2010.

2) La FASIPEGYBIO manifiesta que una vez abonados esos montos, nada más tendrá que reclamar a ENAP-SIPETROL ARGENTINA S.A. y a sus contratistas vinculados a la operación de la plataforma por cualquier concepto remunerativo o no remunerativo surgido del nacimiento, duración y extinción de la relación laboral por el tiempo en que la plataforma estuvo operativa para ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A.

3) Una vez ratificado el presente por la empresa BRINGS AUSTRAL S.A. con domicilio en 25 de mayo 555 piso 20 de la C.A.B.A., solicitan se la convoque a esos efectos, cumplido se proceda a su homologación de conformidad con la normativa vigente.

A continuación a los efectos de la homologación pretendida el sector gremial manifiesta que no cuenta con delegados de personal en el ámbito de aplicación del presente en la empresa BRINGS AUSTRAL S.A.

Siendo las 15:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes, de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.

Expediente Nº 1.391.746/10

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 17 días del mes de junio de dos mil once, siendo las 14:15 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el Sr. SERGIO GABRIEL JUSTINIJANOVIC, en su carácter de apoderado de la firma BRINGS AUSTRAL S.A., quien asiste al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, la representación compareciente MANIFIESTA: Que conforme dictamen Nº 1805 de fs. 63/65, viene en este acto a ratificar en todo su contenido y firmas el acuerdo de fs. 15/16 solicitando su homologación.

Siendo las 14:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.