MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 545/2011
Registro Nº 1014/2011
Bs. As., 29/7/2011
VISTO el Expediente Nº 1.391.746/10 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el acuerdo
celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS
PRIVADO (F.A.S.P. y G.P.) por el sector sindical y la empresa
ENAP-SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el
que luce a fojas 15/16 del Expediente Nº 1.391.746/10 y ha sido
alcanzado por ante esta Cartera de Estado.
Que la empresa BRINGS AUSTRAL SOCIEDAD ANONIMA ratifica en todos sus
términos el mentado acuerdo conforme surge de las constancias obrantes
a fojas 92 del expediente citado en el Visto.
Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo de marras.
Que resultando de diversa naturaleza las materias reguladas en el
mismo, no todas resultan susceptibles de homologación por parte de esta
Autoridad de Aplicación en los términos de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en definitiva lo que hace susceptible de homologación a un acuerdo
en el marco de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) no es sólo el carácter que
necesariamente deben revestir sus celebrantes y la legitimidad conjunta
de las mismas para negociar colectivamente, sino que también resulta
determinante la naturaleza de la materia regulada mediante el mismo.
Que teniéndose en consideración el marco en el cual se llega al acuerdo
en cuestión corresponde proceder a su registración en lo que resulta
materia de su competencia, como acuerdo marco de naturaleza colectiva y
sin perjuicio de los derechos individuales de cada uno de los
trabajadores que pudieran verse alcanzados por el mismo, quienes
deberán, de entenderse pertinente, prestar su expreso consentimiento lo
que deberá efectuarse encauzando tal procedimiento por ante el
Organismo Provincial con competencias para ello.
Que en consecuencia corresponde proceder al registro del acuerdo de marras.
Que corresponde señalar que las partes han acreditado fehacientemente la representación invocada.
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º — Regístrese el acuerdo marco alcanzado entre la FEDERACION
ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO (F.A.S.P. y G.P.) por el
sector sindical y la empresa ENAP-SIPETROL ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA
por la parte empleadora, el que luce a fojas 15/16 del Expediente Nº
1.391.746/10 y acta de ratificación de la empresa BRINGS AUSTRAL
SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 92 de las mismas actuaciones.
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 15/16 y acta de
ratificación de fojas 92 del Expediente Nº 1.391.746/10.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo registrado, acta de ratificación y de esta Disposición, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO,
Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.391.746/10
Buenos Aires, 2 de agosto de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 545/11, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 15/16 y 92 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo los números 1014/11. — JORGE
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nº 1.391.746/10
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 29 días del mes de junio de
dos mil diez, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL
TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de
Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el
Sr. ALBERTO ROBERTI, Secretario General, y el Sr. CARLOS FLAQUIER en su
carácter de Prosecretario Gremial, respectivamente de la FEDERACION
ARGENTINA SINDICAL DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO, por una parte y por la
otra lo hace el Sr. ALFREDO MALLEA GIL, en su carácter de apoderado de
la firma ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A., constituyendo domicilio en
Tucumán 11º piso de C.A.B.A., quien asiste al presente acto.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un
intercambio de opiniones, las partes en conjunto y de común acuerdo
MANIFIESTAN: Que luego de las tratativas que han mantenido expresan lo
siguiente:
1) Que en el marco del reclamo originado por la falta de actualización
de las planillas salariales correspondientes a los trabajos efectuados
costa afuera (PROYECTO HELIX) ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A. manifiesta
que instruirá a sus contratistas a abonar los siguientes montos al
personal representado por la FASIPEGYBIO, en concepto de gratificación
extraordinaria por única vez surgida del ajuste antes mencionado. Los
trabajadores involucrados pertenecen a las pcias. de Santa Cruz y
Tierra del Fuego.
- personal de Brings, $ 3.000.- no remunerativos pagaderos en una cuota, a abonarse el 15 de julio de 2010.
2) La FASIPEGYBIO manifiesta que una vez abonados esos montos, nada más
tendrá que reclamar a ENAP-SIPETROL ARGENTINA S.A. y a sus contratistas
vinculados a la operación de la plataforma por cualquier concepto
remunerativo o no remunerativo surgido del nacimiento, duración y
extinción de la relación laboral por el tiempo en que la plataforma
estuvo operativa para ENAP - SIPETROL ARGENTINA S.A.
3) Una vez ratificado el presente por la empresa BRINGS AUSTRAL S.A.
con domicilio en 25 de mayo 555 piso 20 de la C.A.B.A., solicitan se la
convoque a esos efectos, cumplido se proceda a su homologación de
conformidad con la normativa vigente.
A continuación a los efectos de la homologación pretendida el sector
gremial manifiesta que no cuenta con delegados de personal en el ámbito
de aplicación del presente en la empresa BRINGS AUSTRAL S.A.
Siendo las 15:30 horas, se da por finalizado el acto firmando los
comparecientes, de conformidad previa lectura y ratificación ante mí
que CERTIFICO.
Expediente Nº 1.391.746/10
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 17 días del mes de junio de
dos mil once, siendo las 14:15 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL
TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de
Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el
Sr. SERGIO GABRIEL JUSTINIJANOVIC, en su carácter de apoderado de la
firma BRINGS AUSTRAL S.A., quien asiste al presente acto.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, la
representación compareciente MANIFIESTA: Que conforme dictamen Nº 1805
de fs. 63/65, viene en este acto a ratificar en todo su contenido y
firmas el acuerdo de fs. 15/16 solicitando su homologación.
Siendo las 14:30 horas, se da por finalizado el acto firmando el
compareciente de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que
CERTIFICO.